MINISTERIO DE SEGURIDAD

Resolución 628/2024

RESOL-2024-628-APN-MSG

Ciudad de Buenos Aires, 12/07/2024

VISTO el Expediente EX-2024-69474261- -APN-DNNYRPJYMP#MSG del Registro del MINISTERIO DE SEGURIDAD, la Ley N° 26.538, la Resolución Conjunta M.J. y D.H. Nº 445 y M.S. Nº 271 del 24 de junio de 2016 y sus modificatorias, y las Resoluciones del MINISTERIO DE SEGURIDAD N° 828 del 27 de septiembre de 2019, y

CONSIDERANDO:

Que ante la UNIDAD FUNCIONAL DE INSTRUCCIÓN Y JUICIO EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL N° 1, Departamento Judicial de Lomas de Zamora, Provincia de Buenos Aires, a cargo de la Doctora Carla Irene FURINGO, tramita la I.P.P Nº PP 07-00-013614-24/00, caratulada “HOMICIDIO” hecho del cual fuera víctima el señor Rafael Carlos LOIRA, Argentino titular del DNI N° 24.222.432, nacido el 28 de noviembre de 1974, quien en vida prestara servicio en la Prefectura Naval Argentina.

Que la mencionada UNIDAD FUNCIONAL, solicitó a este Ministerio, mediante oficio de fecha 31 de mayo de 2024, se ofrezca recompensa para aquellas personas que, sin haber intervenido en los hechos delictuales, brinden datos útiles que permitan lograr dar con el o los autores del homicidio del prefecto Rafael Carlos LOIRA.

Que el mencionado LOIRA, el día martes 25 de marzo de 2024, a las 21:00 horas aproximadamente en inmediaciones de la intersección de la calle Mario Bravo y Ginebra de la localidad de Villa Fiorito, partido de Lomas de Zamora, Provincia de Buenos Aires, arribó a bordo de su vehículo marca Renault Duster, la cual conducía, junto al señor IBAÑEZ, quien ocupaba el lugar del acompañante, a fines de realizar la entrega de mercadería del rubro verdulería, actividad comercial de su esposa, descendió del vehículo y se acercó a la puerta del domicilio de la clienta, momentos en que un vehículo marca Chevrolet, modelo Corsa, color gris, llegó por detrás de donde quedara el rodado de la víctima deteniendo su marcha y descendiendo del mismo al menos 3 individuos masculinos, siendo que uno de ellos forcejeó con la víctima, la cual intentó extraer su arma reglamentaria e identificarse al tiempo que retrocedía a los efectos de tomar distancia de disparo, ocasionándose un intercambio entre él y los atacantes recibiendo Loira varias heridas que determinaron su fatal destino.

Que al día de la fecha no se pudo individualizar a los responsables del hecho ocurrido.

Que el artículo 3º de la Ley Nº 26.538 establece que la autoridad de aplicación, por sí o a requerimiento del MINISTERIO PÚBLICO FISCAL, hará el ofrecimiento de recompensa y tendrá a su cargo el pago.

Que el artículo 1° del Anexo II de la RESOL-2019-828-APN-MSG establece los montos sobre los cuales se determinarán los ofrecimientos de recompensa; por su parte, el artículo 2º indica que los montos podrán modificarse de acuerdo a la complejidad y gravedad del delito cometido, según lo estime la titular de esta Cartera.

Que han tomado la intervención de su competencia la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA y la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de este Ministerio.

Que la presente se dicta en el marco de las atribuciones conferidas en el artículo 4°, inciso b), apartado 9, de la Ley de Ministerios (t.o. 1992) y sus modificatorias, y en los artículos 1° y 3° de la Ley N° 26.538; y de conformidad con lo dispuesto en la Resolución Conjunta M.J. y D.H. Nº 445/16 y M.S. Nº 271/16 y sus modificatorias, y la RESOL-2019-828-APN-MSG.

Por ello,

LA MINISTRA DE SEGURIDAD

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Ofrécese como recompensa, dentro del territorio de la REPÚBLICA ARGENTINA, la suma de PESOS CUATRO MILLONES ($4.000.000), destinada a aquellas personas que, sin haber intervenido en los hechos delictuales, brinden datos útiles que permitan lograr la detención del autor o los autores del homicidio de Rafael Carlos LOIRA, Argentino titular del DNI N° 24.222.432, nacido el 28 de noviembre de 1974, quien en vida prestara servicio en la Prefectura Naval Argentina, hecho ocurrido el día martes 25 de marzo de 2024 a las 21:00 horas aproximadamente en inmediaciones de la intersección de la calle Mario Bravo y Ginebra de la localidad de Villa Fiorito, partido de Lomas de Zamora, Provincia de Buenos Aires.

ARTÍCULO 2°.- Quienes cuenten con información podrán comunicarse telefónicamente con el PROGRAMA NACIONAL DE RECOMPENSAS, dependiente de la DIRECCIÓN NACIONAL DE NORMATIVA Y RELACIONES CON LOS PODERES JUDICIALES Y LOS MINISTERIOS PÚBLICOS de este Ministerio, llamando a la línea gratuita 134.

ARTÍCULO 3°.- El pago de la recompensa será realizado en este Ministerio o en el lugar que designe la representante de esta Cartera de Estado, previo informe del representante de la autoridad interviniente sobre el mérito de la información brindada, preservando la identidad del aportante.

ARTÍCULO 4º.- Encomiéndase a la DIRECCIÓN DE COMUNICACIÓN INSTITUCIONAL de este Ministerio la difusión de la parte dispositiva y el Afiche de la presente en medios de comunicación escritos, radiales o televisivos de circulación nacional.

ARTÍCULO 5°.- Instrúyese a las Fuerzas Federales de Seguridad para que procedan a la difusión y publicación, en todas sus formas, del afiche que obra como (IF-2024-69836023-APN-DNNYRPJYMP#MSG) correspondiente a la recompensa ofrecida, formando parte integrante de la presente Resolución.

ARTÍCULO 6º.- La presente medida entrará en vigor el día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA.

ARTÍCULO 7º.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Patricia Bullrich

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 16/07/2024 N° 45881/24 v. 16/07/2024

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el siguiente link: Anexos)