MINISTERIO DE DEFENSA
Decisión Administrativa 721/2024
DA-2024-721-APN-JGM - Convalídase gasto.
Ciudad de Buenos Aires, 25/07/2024
VISTO el Expediente N° EX-2022-109580150-APN-DAM#FAA, y
CONSIDERANDO:
Que la Dirección de Abastecimiento de Material de la FUERZA AÉREA
ARGENTINA solicitó que se lleve a cabo la implementación del contrato
LOA (“Letter of Offer and Acceptance”) AR-D-QAV entre el Gobierno de
los ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA y el Gobierno de la REPÚBLICA ARGENTINA
para la actualización de aviónica de aeronaves C-130/L-100, a través
del programa “Foreign Military Sales” (FMS).
Que mediante el mencionado instrumento se expresa que sobre la base de
la Carta de Solicitud de la Agregaduría Aeronáutica a la EMBAJADA de la
REPÚBLICA ARGENTINA en los ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, en conformidad
con la Ley de Control de Exportación de Armas de los ESTADOS UNIDOS DE
AMÉRICA, el Gobierno de dicho país ofrece vender al Gobierno de la
REPÚBLICA ARGENTINA (Agregaduría Aeronáutica, sita en la ciudad de
WASHINGTON de los ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA) la provisión de
componentes, piezas y artículos para aeronaves, establecidos en el
documento, con sujeción a las disposiciones de los términos y las
condiciones de la citada LOA del caso AR-D-QAV.
Que la citada operación, iniciada mediante el sistema de ventas
militares para el extranjero Programa FMS (Foreign Military Sales) se
fundamenta en que el Gobierno de la REPÚBLICA ARGENTINA considera que
hace a la defensa de la República el mantenimiento de la capacidad
operacional de la FUERZA AÉREA ARGENTINA (FAA) con el fin de garantizar
la protección del espacio aéreo nacional, por lo que, en dicho marco,
la FUERZA AÉREA ARGENTINA (FAA) y el Gobierno de los ESTADOS UNIDOS DE
AMÉRICA acordaron un plan para llevar adelante la actualización de
aviónica de aeronaves C-130/L-100.
Que en el marco de la citada LOA se suscribieron CINCO (5) enmiendas,
las cuales, al igual que el contrato original, fueron agregadas al
expediente citado en el VISTO.
Que por la Enmienda N° 5 se agregan y reasignan fondos, y se prorrogan
los meses de servicio para el apoyo continuo de actualización de
aeronaves L-100, cuyo monto se encuentra especificado en el documento,
por la suma total de DÓLARES ESTADOUNIDENSES NOVENTA Y NUEVE MILLONES
DOSCIENTOS SESENTA Y DOS MIL DOSCIENTOS OCHENTA (USD 99.262.280).
Que la FUERZA AÉREA ARGENTINA (FAA) ha informado que, respecto de la
LOA en cuestión, se ha abonado la suma de DÓLARES ESTADOUNIDENSES
OCHENTA Y CINCO MILLONES CUATROCIENTOS SESENTA Y DOS MIL SEISCIENTOS
SESENTA Y NUEVE CON 67/100 (USD 85.462.669,67), quedando un saldo
restante de DÓLARES ESTADOUNIDENSES TRECE MILLONES SETECIENTOS NOVENTA
Y NUEVE MIL SEISCIENTOS DIEZ CON 33/100 (USD 13.799.610,33).
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE PLANES, PROGRAMAS Y PRESUPUESTO de la
FUERZA AÉREA ARGENTINA ha tomado la intervención de su competencia.
Que los servicios jurídicos permanentes pertinentes han tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en virtud de lo dispuesto por el
artículo 100, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y por el
artículo 35, inciso b) y su Anexo del Reglamento de la Ley de
Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector
Público Nacional N° 24.156 y sus modificatorias, aprobado por el
Decreto N° 1344/07 y sus modificatorios.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
ARTÍCULO 1º.- Convalídase el gasto derivado del pago efectuado de la
LOA (“Letter of Offer and Acceptance”) denominada AR-D-QAV y sus
respectivas enmiendas, acordada entre el Gobierno de los ESTADOS UNIDOS
DE AMÉRICA y el Gobierno de la REPÚBLICA ARGENTINA para la
actualización de aviónica de aeronaves C-130/L-100, a través del
sistema de ventas militares para el extranjero Programa “Foreign
Military Sales” (FMS); por la suma de DÓLARES ESTADOUNIDENSES OCHENTA Y
CINCO MILLONES CUATROCIENTOS SESENTA Y DOS MIL SEISCIENTOS SESENTA Y
NUEVE CON 67/100 (USD 85.462.669,67).
ARTÍCULO 2º.- Apruébase el gasto derivado de la LOA (“Letter of Offer
and Acceptance”) denominada AR-D-QAV por el saldo de DÓLARES
ESTADOUNIDENSES TRECE MILLONES SETECIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL
SEISCIENTOS DIEZ CON 33/100 (USD 13.799.610,33), en virtud de ser la
diferencia entre el monto total de DÓLARES ESTADOUNIDENSES NOVENTA Y
NUEVE MILLONES DOSCIENTOS SESENTA Y DOS MIL DOSCIENTOS OCHENTA (USD
99.262.280) a la que asciende dicha LOA y sus respectivas enmiendas y
el monto convalidado por el artículo 1° de la presente medida.
ARTÍCULO 3º.- El gasto que se aprueba por el artículo 2° de la presente
medida será imputado a la Jurisdicción 45 – MINISTERIO DE DEFENSA,
Subjurisdicción 23 – ESTADO MAYOR GENERAL DE LA FUERZA AÉREA ARGENTINA.
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
E/E Diana Mondino - Luis Petri
e. 26/07/2024 N° 48467/24 v. 26/07/2024