MINISTERIO DE DEFENSA

Decisión Administrativa 722/2024

DA-2024-722-APN-JGM - Convalídase gasto.

Ciudad de Buenos Aires, 25/07/2024

VISTO el Expediente N° EX-2021-121523247-APN-DAM#FAA, y

CONSIDERANDO:

Que la Dirección de Abastecimiento de Material de la FUERZA AÉREA ARGENTINA solicitó que se lleve a cabo la implementación del contrato LOA (“Letter of Offer and Acceptance”) AR-D-KCM entre el Gobierno de los ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA y el Gobierno de la REPÚBLICA ARGENTINA para brindar, a través del programa “Foreign Military Sales” (FMS), reaprovisionamiento de stock de repuestos estándares no clasificados y Reparación/Cambio de dichos repuestos para el C-130 y otras aeronaves o sistemas/subsistemas de origen estadounidense en virtud del Convenio Cooperativo de Apoyo de Abastecimiento Logístico (CLSSA).

Que mediante el mencionado instrumento se expresa que sobre la base de la Carta de Solicitud de la AGREGADURÍA AERONÁUTICA a la EMBAJADA de la REPÚBLICA ARGENTINA en los ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, en conformidad con la Ley de Control de Exportación de Armas de los ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, el Gobierno de dicho país ofrece vender al Gobierno de la REPÚBLICA ARGENTINA (Agregaduría Aeronáutica, sita en la Ciudad de WASHINGTON de los ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA) los artículos de defensa o servicios de defensa establecidos en el documento, con sujeción a las disposiciones de los términos y las condiciones de la citada LOA del caso AR-D-KCM.

Que la citada operación, iniciada mediante el sistema de ventas militares para el extranjero Programa FMS (Foreign Military Sales), se fundamenta en que el Gobierno de la REPÚBLICA ARGENTINA considera que hace a la defensa de la República el mantenimiento de la capacidad operacional de la FUERZA AÉREA ARGENTINA (FAA) con el fin de garantizar la protección del espacio aéreo nacional, por lo que, en dicho marco, la FUERZA AÉREA ARGENTINA (FAA) y el Gobierno de los ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA acordaron un plan para llevar adelante el reaprovisionamiento de stock de repuestos estándares no clasificados y Reparación/Cambio de dichos repuestos para el C-130 y otras aeronaves o sistemas/subsistemas de origen estadounidense en virtud del Convenio Cooperativo de Apoyo de Abastecimiento Logístico (CLSSA).

Que el monto estimado original del contrato asciende a la suma de DÓLARES ESTADOUNIDENSES DOCE MILLONES (USD 12.000.000), previéndose un depósito inicial de DÓLARES ESTADOUNIDENSES NOVECIENTOS OCHENTA MIL QUINIENTOS TRECE (USD 980.513).

Que la FUERZA AÉREA ARGENTINA ha informado que del monto original se ha abonado la suma de DÓLARES ESTADOUNIDENSES SIETE MILLONES OCHOCIENTOS VEINTIÚN MIL DOSCIENTOS VEINTIOCHO CON VEINTICINCO CENTAVOS (USD 7.821.228,25), quedado un saldo restante de DÓLARES ESTADOUNIDENSES CUATRO MILLONES CIENTO SETENTA Y OCHO MIL SETECIENTOS SETENTA Y UNO CON SETENTA Y CINCO CENTAVOS (USD 4.178.771,75).

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE PLANES, PROGRAMAS Y PRESUPUESTO de la FUERZA AÉREA ARGENTINA ha tomado la intervención de su competencia.

Que los servicios jurídicos permanentes pertinentes han tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en virtud de lo dispuesto por el artículo 100, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y por el artículo 35, inciso b) y su Anexo del Reglamento de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156 y sus modificatorias, aprobado por el Decreto N° 1344/07 y sus modificatorios.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

ARTÍCULO 1º.- Convalídase el gasto derivado del pago efectuado correspondiente al Contrato LOA (“Letter of Offer and Acceptance”), denominada AR-D-KCM, acordado entre el Gobierno de los ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA y el Gobierno de la REPÚBLICA ARGENTINA para el reaprovisionamiento de stock de repuestos estándares no clasificados y Reparación/Cambio de dichos repuestos para el C-130 y otras aeronaves o sistemas/subsistemas de origen estadounidense en virtud del Convenio Cooperativo de Apoyo de Abastecimiento Logístico (CLSSA), a través del sistema de ventas militares para el extranjero Programa “Foreign Military Sales” (FMS), por la suma de DÓLARES ESTADOUNIDENSES SIETE MILLONES OCHOCIENTOS VEINTIÚN MIL DOSCIENTOS VEINTIOCHO CON VEINTICINCO CENTAVOS (USD 7.821.228,25).

ARTÍCULO 2°.- Apruébase el gasto derivado de la LOA (“Letter of Offer and Acceptance”) denominada AR-D-KCM por la suma de DÓLARES ESTADOUNIDENSES CUATRO MILLONES CIENTO SETENTA Y OCHO MIL SETECIENTOS SETENTA Y UNO CON SETENTA Y CINCO CENTAVOS (USD 4.178.771,75), en virtud de ser la diferencia entre el monto total de DÓLARES ESTADOUNIDENSES DOCE MILLONES (USD 12.000.000) a la que asciende dicha LOA y el monto convalidado por el artículo 1° de la presente medida.

ARTÍCULO 3º.- El gasto que se aprueba por el artículo 2° de la presente medida será imputado a la Jurisdicción 45 – MINISTERIO DE DEFENSA, Subjurisdicción 23 –ESTADO MAYOR GENERAL DE LA FUERZA AÉREA ARGENTINA.

ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

E/E Diana Mondino - Luis Petri

e. 26/07/2024 N° 48468/24 v. 26/07/2024