MINISTERIO DE DEFENSA
Decisión Administrativa 722/2024
DA-2024-722-APN-JGM - Convalídase gasto.
Ciudad de Buenos Aires, 25/07/2024
VISTO el Expediente N° EX-2021-121523247-APN-DAM#FAA, y
CONSIDERANDO:
Que la Dirección de Abastecimiento de Material de la FUERZA AÉREA
ARGENTINA solicitó que se lleve a cabo la implementación del contrato
LOA (“Letter of Offer and Acceptance”) AR-D-KCM entre el Gobierno de
los ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA y el Gobierno de la REPÚBLICA ARGENTINA
para brindar, a través del programa “Foreign Military Sales” (FMS),
reaprovisionamiento de stock de repuestos estándares no clasificados y
Reparación/Cambio de dichos repuestos para el C-130 y otras aeronaves o
sistemas/subsistemas de origen estadounidense en virtud del Convenio
Cooperativo de Apoyo de Abastecimiento Logístico (CLSSA).
Que mediante el mencionado instrumento se expresa que sobre la base de
la Carta de Solicitud de la AGREGADURÍA AERONÁUTICA a la EMBAJADA de la
REPÚBLICA ARGENTINA en los ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, en conformidad
con la Ley de Control de Exportación de Armas de los ESTADOS UNIDOS DE
AMÉRICA, el Gobierno de dicho país ofrece vender al Gobierno de la
REPÚBLICA ARGENTINA (Agregaduría Aeronáutica, sita en la Ciudad de
WASHINGTON de los ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA) los artículos de defensa o
servicios de defensa establecidos en el documento, con sujeción a las
disposiciones de los términos y las condiciones de la citada LOA del
caso AR-D-KCM.
Que la citada operación, iniciada mediante el sistema de ventas
militares para el extranjero Programa FMS (Foreign Military Sales), se
fundamenta en que el Gobierno de la REPÚBLICA ARGENTINA considera que
hace a la defensa de la República el mantenimiento de la capacidad
operacional de la FUERZA AÉREA ARGENTINA (FAA) con el fin de garantizar
la protección del espacio aéreo nacional, por lo que, en dicho marco,
la FUERZA AÉREA ARGENTINA (FAA) y el Gobierno de los ESTADOS UNIDOS DE
AMÉRICA acordaron un plan para llevar adelante el reaprovisionamiento
de stock de repuestos estándares no clasificados y Reparación/Cambio de
dichos repuestos para el C-130 y otras aeronaves o sistemas/subsistemas
de origen estadounidense en virtud del Convenio Cooperativo de Apoyo de
Abastecimiento Logístico (CLSSA).
Que el monto estimado original del contrato asciende a la suma de
DÓLARES ESTADOUNIDENSES DOCE MILLONES (USD 12.000.000), previéndose un
depósito inicial de DÓLARES ESTADOUNIDENSES NOVECIENTOS OCHENTA MIL
QUINIENTOS TRECE (USD 980.513).
Que la FUERZA AÉREA ARGENTINA ha informado que del monto original se ha
abonado la suma de DÓLARES ESTADOUNIDENSES SIETE MILLONES OCHOCIENTOS
VEINTIÚN MIL DOSCIENTOS VEINTIOCHO CON VEINTICINCO CENTAVOS (USD
7.821.228,25), quedado un saldo restante de DÓLARES ESTADOUNIDENSES
CUATRO MILLONES CIENTO SETENTA Y OCHO MIL SETECIENTOS SETENTA Y UNO CON
SETENTA Y CINCO CENTAVOS (USD 4.178.771,75).
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE PLANES, PROGRAMAS Y PRESUPUESTO de la
FUERZA AÉREA ARGENTINA ha tomado la intervención de su competencia.
Que los servicios jurídicos permanentes pertinentes han tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en virtud de lo dispuesto por el
artículo 100, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y por el
artículo 35, inciso b) y su Anexo del Reglamento de la Ley de
Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector
Público Nacional N° 24.156 y sus modificatorias, aprobado por el
Decreto N° 1344/07 y sus modificatorios.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
ARTÍCULO 1º.- Convalídase el gasto derivado del pago efectuado
correspondiente al Contrato LOA (“Letter of Offer and Acceptance”),
denominada AR-D-KCM, acordado entre el Gobierno de los ESTADOS UNIDOS
DE AMÉRICA y el Gobierno de la REPÚBLICA ARGENTINA para el
reaprovisionamiento de stock de repuestos estándares no clasificados y
Reparación/Cambio de dichos repuestos para el C-130 y otras aeronaves o
sistemas/subsistemas de origen estadounidense en virtud del Convenio
Cooperativo de Apoyo de Abastecimiento Logístico (CLSSA), a través del
sistema de ventas militares para el extranjero Programa “Foreign
Military Sales” (FMS), por la suma de DÓLARES ESTADOUNIDENSES SIETE
MILLONES OCHOCIENTOS VEINTIÚN MIL DOSCIENTOS VEINTIOCHO CON VEINTICINCO
CENTAVOS (USD 7.821.228,25).
ARTÍCULO 2°.- Apruébase el gasto derivado de la LOA (“Letter of Offer
and Acceptance”) denominada AR-D-KCM por la suma de DÓLARES
ESTADOUNIDENSES CUATRO MILLONES CIENTO SETENTA Y OCHO MIL SETECIENTOS
SETENTA Y UNO CON SETENTA Y CINCO CENTAVOS (USD 4.178.771,75), en
virtud de ser la diferencia entre el monto total de DÓLARES
ESTADOUNIDENSES DOCE MILLONES (USD 12.000.000) a la que asciende dicha
LOA y el monto convalidado por el artículo 1° de la presente medida.
ARTÍCULO 3º.- El gasto que se aprueba por el artículo 2° de la presente
medida será imputado a la Jurisdicción 45 – MINISTERIO DE DEFENSA,
Subjurisdicción 23 –ESTADO MAYOR GENERAL DE LA FUERZA AÉREA ARGENTINA.
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
E/E Diana Mondino - Luis Petri
e. 26/07/2024 N° 48468/24 v. 26/07/2024