SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
Resolución 980/2024
RESOL-2024-980-APN-PRES#SENASA
Ciudad de Buenos Aires, 16/08/2024
VISTO el Expediente N° EX-2024-86199732- -APN-DGTYA#SENASA; la
Resolución N° RESOL-2019-1698-APN-PRES#SENASA del 9 de diciembre de
2019, modificada por su similar N° RESOL-2024-965-APN-PRES#SENASA del
15 de agosto de 2024, ambas del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD
AGROALIMENTARIA, y
CONSIDERANDO:
Que por la Resolución N° RESOL-2019-1698-APN-PRES#SENASA del 9 de
diciembre de 2019 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD
AGROALIMENTARIA se crea el Sistema Nacional de Identificación
Electrónica de Animales en el ámbito de la Dirección Nacional de
Sanidad Animal del citado Servicio Nacional.
Que, asimismo, en la referida Resolución N°
RESOL-2019-1698-APN-PRES#SENASA se establecen las características de
los dispositivos de identificación electrónica animal.
Que, por su parte, mediante la Resolución N°
RESOL-2024-965-APN-PRES#SENASA del 15 de agosto de 2024 del mentado
Servicio Nacional se sustituyen los Artículos 18 y 19 de la citada
Resolución N° RESOL-2019-1698-APN-PRES#SENASA.
Que atento el deslizamiento de un error involuntario en la mencionada
Resolución N° RESOL-2024-965-APN-PRES#SENASA, corresponde rectificar su
Artículo 1° en lo que respecta a las certificaciones.
Que, por lo expuesto, procede dictar el acto administrativo pertinente
de conformidad con lo establecido en el Artículo 101 del Reglamento de
Procedimientos Administrativos aprobado por el Decreto N° 1.759/72 T.O.
2017.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.
Que el suscripto es competente para resolver en esta instancia en
virtud de las facultades conferidas por el Artículo 8°, inciso f), del
Decreto N° 1.585 del 19 de diciembre de 1996 y sus modificatorios y
atento lo establecido en el Artículo 101 del Reglamento de
Procedimientos Administrativos aprobado por el Decreto N° 1.759/72 T.O.
2017.
Por ello,
EL PRESIDENTE DEL SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Rectificación. Rectifícase el Apartado I del Inciso a)
del Artículo 18 de la Resolución N° RESOL-2019-1698-APN-PRES#SENASA del
9 de diciembre de 2019 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD
AGROALIMENTARIA, sustituido por su similar N°
RESOL-2024-965-APN-PRES#SENASA del 15 de agosto de 2024, el que quedará
redactado de la siguiente manera:
“Apartado I) Dispositivos RFID: deben contar con la certificación de ICAR denominada “Full Certification”.”
ARTÍCULO 2°.- Vigencia. La presente resolución entra en vigencia a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Pablo Cortese
e. 19/08/2024 N° 55133/24 v. 19/08/2024