JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

VICEJEFATURA DE GABINETE DEL INTERIOR

Resolución 31/2024

RESOL-2024-31-APN-VGI#JGM

Ciudad de Buenos Aires, 14/08/2024

VISTO el Expediente N° EX-2024-37956494- -APN-DGDYL#MI, la Ley de Ministerios N° 22.520 (texto ordenado por Decreto N° 438/92) y sus modificatorias, la Ley N° 19.945 (t.o. por el Decreto Nº 2135 del 18 de agosto de 1983) y sus modificatorias, la Decisión Administrativa N° 471 de fecha 6 de junio de 2024 y la Disposición N° 5 de fecha 30 de abril de 2024 de la Dirección Nacional Electoral, y

CONSIDERANDO:

Que por el documento OJ-2024-37959579-APN-DEYCE#MI se importó al sistema de Gestión Documental Electrónica el Oficio Judicial que contiene el Expediente “S” 77/2022 caratulado “Registro Nacional de Divisiones Electorales s/distrito BUENOS AIRES s/subdivisión y creación de circuitos (sección electoral 99 - Saladillo-)”, remitido al entonces Ministerio del Interior por la CÁMARA NACIONAL ELECTORAL.

Que se ha puesto en conocimiento de la propuesta en trámite a todos los partidos políticos reconocidos en el distrito pertinente.

Que a través de la Resolución N° 77 de fecha 20 de octubre de 2022, la CÁMARA NACIONAL ELECTORAL resolvió aprobar el proyecto de subdivisión y modificación del circuito 846, y la consecuente creación del circuito 846A, correspondientes a la sección electoral 99 (Saladillo), distrito BUENOS AIRES.

Que mediante la Disposición N° 5/24 de la Dirección Nacional Electoral se ordenó la publicación en el Boletín Oficial de la REPÚBLICA ARGENTINA por el plazo de DOS (2) días del extracto del Informe Técnico N° IF-2024-38049648-APN-DEYCE#MI, elaborado por la Dirección de Estadística y Cartografía Electoral, dependiente de dicha Dirección Nacional, encontrándose cumplido lo ordenado en el inciso 2 del artículo 40 del Código Electoral Nacional, aprobado por la Ley Nº 19.945 (t.o. por el Decreto Nº 2135 del 18 de agosto de 1983) y sus modificatorias, en cuanto se refiere a la publicación del respectivo informe técnico.

Que conforme lo dispone el artículo 40 del Código Nacional Electoral, una vez agotado el plazo dispuesto por dicha norma y no habiéndose verificado observaciones a la propuesta en trámite, corresponde aprobar el proyecto de demarcación de circuitos electorales elaborado por el Juzgado Federal con Competencia Electoral de la Provincia de BUENOS AIRES y remitido al entonces MINISTERIO DEL INTERIOR por la CÁMARA NACIONAL ELECTORAL en el marco del Expediente “S” 77/2022 caratulado “Registro Nacional de Divisiones Electorales s/distrito BUENOS AIRES s/subdivisión y creación de circuitos (sección electoral 99 – Saladillo)”.

Que la Ley de Ministerios N° 22.520 (texto ordenado por Decreto N° 438/92), modificada en última instancia por el Decreto N° 484/24, establece que los compromisos y obligaciones asumidos por el entonces MINISTERIO DEL INTERIOR estarán a cargo de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, considerándose transferidos los créditos presupuestarios, unidades organizativas, bienes, personal con sus respectivos cargos y dotaciones vigentes a la fecha, hasta tanto se aprueben las estructuras correspondientes.

Que por la Decisión Administrativa N° 471/24, se delegaron en el Vicejefe de Gabinete del Interior las facultades relacionadas con las materias previstas en los incisos 17, 18, 26, 40, 45, 46 y 47 al 107 del artículo 16 de la Ley de Ministerios N° 22.520 (texto ordenado por Decreto N° 438/92) y sus modificatorias.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos ha intervenido en el ámbito de sus competencias.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas la Ley de Ministerios N° 22.520 (texto ordenado por Decreto N° 438/92) y sus modificatorias, el artículo 40 del Código Electoral Nacional, aprobado por la Ley Nº 19.945 (t.o. por el Decreto Nº 2135 del 18 de agosto de 1983) y sus modificatorias, y la Decisión Administrativa N° 471 de fecha 6 de junio de 2024.

Por ello,

EL VICEJEFE DE GABINETE DEL INTERIOR

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Apruébase la subdivisión y modificación del circuito 846, y la consecuente creación del circuito 846A, correspondientes a la sección electoral 99 (Saladillo), distrito BUENOS AIRES, elaborado por el Juzgado Federal con Competencia Electoral de la Provincia de BUENOS AIRES y remitido al entonces MINISTERIO DEL INTERIOR por la CÁMARA NACIONAL ELECTORAL en el marco del Expediente “S” 77/2022 caratulado “Registro Nacional de Divisiones Electorales s/distrito BUENOS AIRES s/subdivisión y creación de circuitos (sección electoral 99 – Saladillo)”.

ARTÍCULO 2º.- Procédase a la actualización de la información cartográfica pertinente por medio de la Dirección de Estadística y Cartografía Electoral, dependiente de la Dirección Nacional Electoral.

ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Lisandro Catalán

e. 20/08/2024 N° 55212/24 v. 20/08/2024