MINISTERIO DE SALUD

Decisión Administrativa 832/2024

DA-2024-832-APN-JGM - Contratación Directa por Exclusividad N° 80-0092-CDI23.

Ciudad de Buenos Aires, 23/08/2024

VISTO el Expediente Nº EX-2023-119245625-APN-DCYC#MS, los Decretos Nros. 1023 del 13 de agosto de 2001 y 1030 del 15 de septiembre de 2016, ambos con sus respectivas normas modificatorias y complementarias, y la Resolución del MINISTERIO DE SALUD N° 1814 del 18 de junio de 2024, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución del MINISTERIO DE SALUD N° 1814/24 se autorizó la convocatoria de la Contratación Directa por Exclusividad N° 80-0092-CDI23, llevada a cabo para la adquisición de CUARENTA Y SEIS MIL (46.000) comprimidos de Sirolimus de 0,5 mg, CIENTO TREINTA MIL NOVECIENTOS VEINTE (130.920) comprimidos de Sirolimus de 1 mg, TREINTA Y TRES MIL SEISCIENTOS SESENTA (33.660) comprimidos de Sirolimus de 2 mg y SESENTA (60) envases de Sirolimus solución oral 1 mg/ml, solicitada por el INSTITUTO NACIONAL CENTRAL ÚNICO COORDINADOR DE ABLACIÓN E IMPLANTE (INCUCAI), organismo descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARÍA DE CALIDAD EN SALUD de la citada Cartera Ministerial, y se aprobó el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y el procedimiento de selección llevado a cabo en la mencionada Contratación Directa.

Que el citado Instituto informó que la finalidad de la contratación es cooperar con las jurisdicciones para la cobertura del tratamiento de inmunosupresores que requieran los pacientes trasplantados de todo el territorio argentino con cobertura pública exclusiva y beneficiarios de INCLUIR SALUD.

Que ha tomado intervención la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA (ANMAT), organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE SALUD.

Que la mencionada contratación se encuentra excluida del Control de Precios Testigo conforme lo establecido en el artículo 3°, inciso c) del Anexo I de la Resolución de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN N° 36/17 y sus modificatorias.

Que se difundió el Proceso de Compra en el Sistema Electrónico de Contrataciones de la Administración Nacional denominado COMPR.AR.

Que conforme surge del Acta de Apertura de fecha 27 de noviembre de 2023 se recibió la oferta correspondiente a la firma PFIZER S.R.L. para los renglones 1, 2 y 3, por un monto total de PESOS SETECIENTOS CUARENTA Y SIETE MILLONES TRESCIENTOS TREINTA MIL NOVECIENTOS SESENTA Y CINCO CON 10/100 ($747.330.965,10).

Que el INSTITUTO NACIONAL CENTRAL ÚNICO COORDINADOR DE ABLACIÓN E IMPLANTE (INCUCAI) elaboró el correspondiente informe técnico, del cual surge que la oferta de la firma PFIZER S.R.L. para los renglones 1, 2 y 3 se ajusta técnicamente a las especificaciones del Pliego de Bases y Condiciones Particulares que rigió el llamado.

Que en atención a la diferencia existente entre el precio ofertado y el precio de referencia estimado por la Comisión Asesora de Precios de Compras de Medicamentos e Insumos Sanitarios del MINISTERIO DE SALUD, la DIRECCIÓN DE COMPRAS Y CONTRATACIONES de la citada Cartera Ministerial propulsó en dos instancias el mecanismo de mejora de precios con la firma PFIZER S.R.L. para los renglones 1, 2 y 3, recibiendo respuesta favorable de parte de esta en la segunda oportunidad.

Que, en este sentido, el INSTITUTO NACIONAL CENTRAL ÚNICO COORDINADOR DE ABLACIÓN E IMPLANTE (INCUCAI) realizó un informe de precios en el que determinó que los precios mejorados se encuentran por debajo del precio unitario de referencia actualizado a mayo de 2024, por lo que estimó conveniente continuar con el referido trámite, contando para ello con la conformidad de la SECRETARÍA DE CALIDAD EN SALUD del MINISTERIO DE SALUD.

Que, por lo expuesto, la DIRECCIÓN DE COMPRAS Y CONTRATACIONES del MINISTERIO DE SALUD, en función de los análisis administrativos y técnicos preliminares y la documentación obrante en el expediente respectivo, recomendó la adjudicación parcial de los renglones 1, 2 y 3 de la mencionada Contratación Directa por Exclusividad a la firma PFIZER S.R.L., por ser su oferta válida y económicamente conveniente por el monto de PESOS SETECIENTOS TREINTA Y DOS MILLONES TRESCIENTOS OCHENTA Y CUATRO MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y DOS CON 16/100 ($732.384.242,16).

Que, por lo expuesto, corresponde proceder a la adjudicación de la referida Contratación Directa por Exclusividad N° 80-0092-CDI23 del MINISTERIO DE SALUD de acuerdo a la mencionada recomendación.

Que, asimismo, corresponde declarar desierto el renglón 4 y parcialmente desiertos los renglones 1, 2 y 3, por no haberse recibido ofertas.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE PROGRAMACIÓN Y CONTROL PRESUPUESTARIO y la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS, ambas del MINISTERIO DE SALUD, han tomado la intervención de sus competencias.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 100, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, por el artículo 35, inciso b) y su Anexo del Reglamento de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156 y sus modificatorias, aprobado por el Decreto N° 1344/07 y sus modificatorios y por el artículo 9°, incisos e) y f) y su Anexo del Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional, aprobado por el Decreto N° 1030/16, sus modificatorios y normas complementarias.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

ARTÍCULO 1º.- Adjudícase la Contratación Directa por Exclusividad N° 80-0092-CDI23 del MINISTERIO DE SALUD a favor de la firma PFIZER S.R.L. (CUIT N° 30-50351851-8) por la cantidad de TRECE MIL OCHOCIENTOS (13.800) comprimidos de Sirolimus de 0,5 mg para el renglón 1, por la cantidad de TREINTA Y NUEVE MIL DOSCIENTOS SETENTA Y SEIS (39.276) comprimidos de Sirolimus de 1 mg para el renglón 2 y por la cantidad de DIEZ MIL NOVENTA Y OCHO (10.098) comprimidos de Sirolimus de 2 mg para el renglón 3, por un monto total de PESOS SETECIENTOS TREINTA Y DOS MILLONES TRESCIENTOS OCHENTA Y CUATRO MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y DOS CON 16/100 ($732.384.242,16).

ARTÍCULO 2º.- Declárase desierto el renglón 4 y parcialmente desiertos los renglones 1 por la cantidad de TREINTA Y DOS MIL DOSCIENTOS (32.200) comprimidos, 2 por la cantidad de NOVENTA Y UN MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y CUATRO (91.644) comprimidos y 3 por la cantidad de VEINTITRÉS MIL QUINIENTOS SESENTA Y DOS (23.562) comprimidos, de la Contratación Directa por Exclusividad N° 80-0092-CDI23, por no haberse recibido ofertas.

ARTÍCULO 3º.- La suma total de PESOS SETECIENTOS TREINTA Y DOS MILLONES TRESCIENTOS OCHENTA Y CUATRO MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y DOS CON 16/100 ($732.384.242,16) a la que asciende la referida contratación se imputará con cargo a las partidas presupuestarias del MINISTERIO DE SALUD, correspondientes al presente Ejercicio.

ARTÍCULO 4º.- Autorízase al MINISTRO DE SALUD a aprobar la ampliación, disminución, resolución, rescisión, declaración de caducidad y aplicación de penalidades al adjudicatario y/o cocontratante respecto de la Contratación Directa por Exclusividad que por este acto se adjudica, como así también a renegociar y suscribir cualquier otro acto relacionado con la ejecución del contrato.

ARTÍCULO 5°.- Autorízase a la DIRECCIÓN DE COMPRAS Y CONTRATACIONES y/o a la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN, ambas del MINISTERIO DE SALUD, a emitir la pertinente Orden de Compra.

ARTÍCULO 6°.- Hágase saber que contra la presente se podrá interponer, a su opción, recurso de reconsideración dentro del plazo de DIEZ (10) días hábiles a partir de su notificación o recurso jerárquico directo dentro del plazo de QUINCE (15) días hábiles a partir de su notificación, en ambos casos ante la autoridad que dictó el acto impugnado, conforme lo dispuesto por los artículos 84 y 90 del Reglamento de Procedimientos Administrativos Decreto 1759/72 - T.O. 2017.

ARTÍCULO 7°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Guillermo Francos - Mario Antonio Russo

e. 26/08/2024 N° 57294/24 v. 26/08/2024