VETO

DECRETO N° 3.127

Vétanse los proyectos de ley registrados bajo los Nros. 21.220 y 21.226.

Bs. As., 23/10/75

VISTO el proyecto de Ley N° 21.226, comunicado por el Honorable Congreso de la Nación a los efectos de artículo N° 69 de la Constitución Nacional, y

CONSIDERANDO:

Que los fundamentos que da cuenta el Mensaje que se remite en la fecha al Honorable Congreso de la Nación y en ejercicio de las facultades conferidas al Poder Ejecutivo por el artículo 72 de la Constitución Nacional.

LA PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1°.- Vétase el adjunto proyecto de Ley N° 21.226.

Art. 2°.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

M.E. de PERON

Antonio F. Cafiero