VETO
DECRETO N° 3.127
Vétanse los proyectos de ley registrados bajo los Nros. 21.220 y 21.226.
Bs. As., 23/10/75
VISTO el proyecto de Ley N° 21.226, comunicado por el Honorable
Congreso de la Nación a los efectos de artículo N° 69 de la
Constitución Nacional, y
CONSIDERANDO:
Que los fundamentos que da cuenta el Mensaje que se remite en la fecha
al Honorable Congreso de la Nación y en ejercicio de las facultades
conferidas al Poder Ejecutivo por el artículo 72 de la Constitución
Nacional.
LA PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1°.- Vétase el adjunto proyecto de Ley N° 21.226.
Art. 2°.- Comuníquese,
publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y
archívese.
M.E.
de PERON
Antonio F. Cafiero