ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL
Resolución 277/2024
RESOL-2024-277-APN-ANAC#MEC
Ciudad de Buenos Aires, 28/08/2024
VISTO el Expediente Nº EX-2024-86190749- -APN-ANAC#MEC, los Decretos N°
1.172 de fecha 3 de diciembre de 2003,N° 1.770 de fecha 29 de noviembre
de 2007, Decreto N° 599 de fecha 8 de julio de 2024 y el Decreto N° 606
de fecha 11 de julio de 2024, la Resolución de la ADMINISTRACIÓN
NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL (ANAC) N° 506-E de fecha 25 de agosto de
2023, y la Disposición N° 96 de fecha 13 de septiembre de 2013 de la
DIRECCIÓN NACIONAL DE SEGURIDAD OPERACIONAL (DNSO) dependiente de la
ANAC, y
CONSIDERANDO:
Que por medio de la Disposición N° 96 de fecha 13 de septiembre de 2013
de la DIRECCIÓN NACIONAL DE SEGURIDAD OPERACIONAL (DNSO) dependiente de
la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL (ANAC) se aprobó el
“Manual de Procedimientos para la Aprobación de Operaciones en Espacios
Aéreos Designados con Separación Vertical Mínima Reducida por sus
siglas en inglés “RVSM”
Que el “Manual de Procedimientos para la Aprobación de Operaciones en
RVSM” se encuentra dirigido tanto a los usuarios como a los
inspectores, por lo que, a los efectos de adaptar dicho sistema a la
previsiones de los Anexos Técnicos del Convenio sobre Aviación Civil
Internacional (Chicago, 1944), correspondería derogar el referido
Manual, aprobar una Circular de Asesoramiento dirigida a los
explotadores aéreos y, posteriormente, incorporar un Capítulo al Manual
de Inspectores de Operaciones, en donde se establezcan los
procedimientos internos para los inspectores de esta Autoridad
Aeronáutica.
Que la Circular de Asesoramiento a aprobar en materia del RVSM sigue
los lineamientos de la Circular OPS 91-30 del SISTEMA REGIONAL DE
COOPERACIÓN PARA LA VIGILANCIA DE LA SEGURIDAD OPERACIONAL (SRVSOP).
Que, por otro lado, corresponde emitir una Circular de Asesoramiento
sobre la Aprobación para operar en el Espacio aéreo del Atlántico Norte
de alto nivel por sus siglas en inglés “NAT HLA” en tanto actualmente
no se cuenta con una normativa de referencia para este tipo de
operaciones.
Que el SRVSOP no cuenta con una Circular de Asesoramiento equivalente
para este tipo de operaciones, por lo tanto el área técnica competente
elaboró la respectiva Circular de Asesoramiento utilizando como
referencia el Documento de la ORGANIZACIÓN DE AVIACIÓN CIVIL
INTERNACIONAL (OACI) NAT 007 y las respectivas Circulares de
Asesoramiento y Órdenes Técnicas Estándares de la ADMINISTRACIÓN
FEDERAL DE AVIACIÓN CIVIL por sus siglas en inglés “FAA”
Que las referidas Circulares de Asesoramiento se encuentran en
consonancia en el ordenamiento normativo surgido del SRVSOP y con los
principios rectores de las políticas aerocomerciales establecidos en el
Decreto N° 599 de fecha 8 de julio de 2024 como lo son el resguardo de
la Seguridad Operacional y la vigilancia continua de los servicios
autorizados (v. art. 2°, incs. d) y e) del Anexo I al Decreto N°
599/2024.
Que las áreas competentes de la DIRECCIÓN NACIONAL DE SEGURIDAD
OPERACIONAL (DNSO) dependiente de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE
AVIACIÓN CIVIL (ANAC) han tomado la intervención de su competencia
prestando conformidad en las actuaciones.
Que se ha cumplimentado con el procedimiento establecido en la Resolución ANAC N° 506-E de fecha 25 de agosto de 2023.
Que en el caso particular no corresponde implementar el proceso de
Elaboración Participativa de Normas establecido por el Decreto N° 1.172
de fecha 3 de diciembre de 2003.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos (DAJ), dependiente de la
DIRECCIÓN GENERAL LEGAL, TÉCNICA Y ADMINISTRATIVA (DGLTYA) de la
ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL (ANAC), ha tomado la
intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas en
el Decreto N° 1.770 de fecha 29 de noviembre de 2007 y en el Decreto N°
606 de fecha 11 de julio de 2024.
Por ello,
LA INTERVENTORA DE LA ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Derogase la Disposición N° 96 de fecha 13 de septiembre
de 2013 de la DIRECCIÓN NACIONAL DE SEGURIDAD OPERACIONAL (DNSO) de la
ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL (ANAC) que dio aprobación al
“Manual de Procedimientos para la Aprobación de Operaciones en Espacios
Aéreos Designados con Separación Vertical Mínima Reducida por sus
siglas en inglés “RVSM”.
ARTÍCULO 2º.- Apruébese la Circular de Asesoramiento OPS 91-030, en
donde se determinan los procedimientos para la Aprobación de
Operaciones en Espacios Aéreos Designados con RVSM, que como Anexo
IF-2024-89557080-APN-DNSO#ANAC, forma parte de la presente Resolución.
ARTÍCULO 3º.- Apruébese la Circular de Asesoramiento OPS 91-070, en
donde se determinan los procedimientos para la Aprobación de
Operaciones en el Espacio Aéreo del Atlántico Norte de alto nivel por
sus siglas en inglés “NAT HLA”, que como Anexo
IF-2024-89558219-APN-DNSO#ANAC, forma parte de la presente Resolución.
ARTÍCULO 4°.- Gírese las actuaciones al Departamento Normativa
Aeronáutica Normas y Procedimientos Internos dependiente de la UNIDAD
DE PLANIFICACIÓN Y CONTROL DE GESTIÓN (UPYCG) de la ANAC, para su
inclusión en el Sitio “Web” Institucional, publicación en la Biblioteca
de Normas y Reglamentos y difusión interna; posteriormente, pase al
Departamento de Secretaria General (DSG) dependiente de la DIRECCIÓN
GENERAL, LEGAL, TÉCNICA Y ADMINISTRATIVA (DGTLYA) de la ANAC a efectos
de incorporar la presente medida en el Archivo Central Reglamentario
(ACR)
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL y cumplido
archívese.
María Julia Cordero
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución no se publica/n.
El/los mismo/s podrá/n ser consultado/s en:
https://www.argentina.gob.ar/anac/normativa/resoluciones-y-disposiciones
e. 30/08/2024 N° 58815/24 v. 30/08/2024