MINISTERIO DE SEGURIDAD

Resolución 897/2024

RESOL-2024-897-APN-MSG

Ciudad de Buenos Aires, 06/09/2024

VISTO el Expediente Nro. EX-2024-88389055- -APN-DSED#MSG del Registro del MINISTERIO DE SEGURIDAD, la Ley de Ministerios Nro 22.520 (t.o. 1992) y sus modificatorias, la Ley N° 24.059 de Seguridad Interior, la Ley N° 20.655, la RESOL-2023-567-APN-MSG y,

CONSIDERANDO:

Que la Asociación del Fútbol Argentino (AFA) y la Confederación Sudamericana de Fútbol (CONMEBOL) comunicaron oficialmente que la final de la Copa Libertadores edición 2024 a disputarse el día 30 de noviembre de 2024, se llevará a cabo en la República Argentina.

Que dada la magnitud del acontecimiento referido que excede el plano futbolístico y cobra ribetes culturales y sociales, es menester desplegar una logística especial a efectos de preservar la seguridad de las personas que intervengan directa e indirectamente en el evento y proteger los bienes materiales comprometidos.

Que, en ocasión de las últimas finales la concurrencia de público aumentó los niveles de tránsito aéreo de carácter comercial, particular, y servicios aéreos chárter, por lo cual es menester convocar a los organismos especializados.

Que la concurrencia en las fronteras y aeropuertos hace necesaria la convocatoria a los organismos especializados.

Que, en ocasión del desarrollo de la final del torneo continental referido, la ciudad anfitriona del acontecimiento que finalmente sea designada, las localidades aledañas, las zonas fronterizas y las provincias de tránsito, recibirán un número considerable de simpatizantes y aficionados.

Que se hace necesario, por tanto, implementar un comando unificado con el objeto de garantizar las condiciones de seguridad adecuadas para el desarrollo de la “Final de la Copa Libertadores de América 2024” que se llevará a cabo en la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, en la CIUDAD DE LA PLATA o en la CIUDAD DE AVELLANEDA, PROVINCIA DE BUENOS AIRES el 30 de noviembre de 2024.

Que los estadios propuestos como posibles sedes para la disputa de la “Final de la Copa Libertadores de América 2024” son: el del Club Atlético River Plate, el del Club Atlético Independiente de Avellaneda y el Estadio Único de la Ciudad de La Plata.

Que, si bien no se ha definido el estadio donde se llevará a cabo la disputa “Final de la Copa Libertadores de América 2024”, la magnitud del evento hace necesario establecer con la debida anticipación un mecanismo de planificación y estrategia en seguridad.

Que en virtud del art. 22 bis de la Ley de Ministerios es competencia del MINISTERIO DE SEGURIDAD “… asistir al Presidente de la Nación y al Jefe de Gabinete de Ministros, en orden a sus competencias, en todo lo concerniente a la seguridad interior, a la preservación de la libertad, la vida y el patrimonio de los habitantes, sus derechos y garantías en un marco de plena vigencia de las instituciones del sistema democrático, y en particular: 14. Entender en la determinación de la política criminal y en la elaboración de planes y programas para su aplicación, así como para la prevención del delito…”.

Que por imperio de la norma que comunica el artículo 8 de la Ley Nro. 24.059, el MINISTERIO DE SEGURIDAD tiene a su cargo la dirección superior de los cuerpos policiales y de las fuerzas federales de seguridad del Estado Nacional.

Que, como antecedente, corresponde citar el estricto cumplimiento de las tareas preventivas oportunamente encomendadas al Comando Unificado de Seguridad creado mediante RESOL-2023-567-APN-MSG, que garantizó las condiciones necesarias para la realización de los Juegos Macabeos Panamericanos, Buenos Aires 2023.

Que, en previsión de una gran afluencia pública y que reviste envergadura y carácter interjurisdiccional, resulta oportuno exhortar a los cuerpos policiales de las jurisdicciones intervinientes, locales y provinciales, a fin de aunar esfuerzos en pos de garantizar las condiciones de seguridad que el caso requiere.

Que para dotar de mayor eficiencia al COMANDO UNIFICADO DE SEGURIDAD FINAL DE LA COPA LIBERTADORES DE AMÉRICA 2024 y también optimizar y agilizar el proceso de toma de decisiones resulta necesario designar un Coordinador General del Comando Unificado.

Que la adopción de tales medidas corresponde con una obligación asumida por el Estado Argentino frente a la Comunidad Internacional (cfr. Ley Nro. 26.023), dada la envergadura del evento referido y su trascendencia internacional.

Que ha tomado la intervención que le compete la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de este Ministerio.

Que la presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la norma que comunica el art. 22 bis de la Ley de Ministerios (t.o. 1992) y sus modificatorias.

Por ello,

LA MINISTRA DE SEGURIDAD

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Créase el COMANDO UNIFICADO DE SEGURIDAD FINAL DE LA COPA LIBERTADORES DE AMÉRICA 2024, para la gestión de la coordinación interfuerzas del operativo de seguridad a implementarse entre el 26 de noviembre y el 1º de diciembre de 2024 en ocasión de disputarse la “Final de la Copa Libertadores de América 2024”, que se desarrollará en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires o en la Ciudad de La Plata de la Provincia de Buenos Aires o en la Ciudad de Avellaneda de la Provincia de Buenos Aires.

ARTÍCULO 2°.- El COMANDO UNIFICADO DE SEGURIDAD FINAL DE LA COPA LIBERTADORES DE AMÉRICA 2024, estará integrado por el MINISTERIO DE SEGURIDAD DE LA NACIÓN, la POLICÍA FEDERAL ARGENTINA, la GENDARMERÍA NACIONAL, la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA y la POLICÍA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA y por los representantes de los cuerpos policiales de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y de la PROVINCIA DE BUENOS AIRES que, en su caso, designen las autoridades competentes.

Los funcionarios designados poseerán, en el marco de la ley, capacidad decisoria sobre el personal y los medios afectados al operativo de seguridad.

ARTÍCULO 3°.- El COMANDO UNIFICADO DE SEGURIDAD FINAL DE LA COPA LIBERTADORES DE AMÉRICA 2024 iniciará sus operaciones el 26 de noviembre de 2024 a las 00:00 hs. y se disolverá cumplido su objeto. Su sede operativa estará en la Avenida Gral. Gelly y Obes Nº 2289, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, sede central del MINISTERIO DE SEGURIDAD.

ARTÍCULO 4°.- La Coordinación General del COMANDO UNIFICADO FINAL DE LA COPA LIBERTADORES DE AMÉRICA 2024 estará a cargo de la máxima autoridad de la jurisdicción y podrá ser delegada en quien ella designe. La Coordinación General tendrá a su cargo la conducción de los cuerpos policiales y las fuerzas de seguridad afectadas al operativo, en coordinación con las autoridades jurisdiccionales correspondientes.

ARTÍCULO 5°. - A efectos de integrar el COMANDO UNIFICADO DE SEGURIDAD FINAL DE LA COPA LIBERTADORES DE AMÉRICA 2024 de acuerdo con las disposiciones anteriores, invítase a designar 1 (un) representante a:

a) El Señor Ministro de Seguridad de la PROVINCIA DE BUENOS AIRES, a fin de que designe un representante de los cuerpos policiales; otro de la Subsecretaría de Política y Seguridad Vial de la PROVINCIA DE BUENOS AIRES; y otro de la Dirección de Bomberos de la PROVINCIA DE BUENOS AIRES.

b) El Señor Ministro de Seguridad de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, a fin de que designe un representante de los cuerpos policiales; otro de la Dirección General de Tránsito y Transporte de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES; y otro del Cuerpo de Bomberos de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.

c) La secretaria de transporte.

d) La Comisión Nacional de Regulación de Transporte (CNRT).

e) La Dirección Nacional de Migraciones (DNM).

f) La Dirección General de Aduanas (DGA).

g) El Organismo Regulador del Sistema Nacional de Aeropuertos (ORSNA).

h) La Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC).

ARTÍCULO 6°.- La presente medida entrará en vigencia a partir de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA.

ARTÍCULO 7°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DE REGISTRO OFICIAL y archívese.

Patricia Bullrich

e. 09/09/2024 N° 61593/24 v. 09/09/2024