MINISTERIO DE SEGURIDAD
Resolución 897/2024
RESOL-2024-897-APN-MSG
Ciudad de Buenos Aires, 06/09/2024
VISTO el Expediente Nro. EX-2024-88389055- -APN-DSED#MSG del Registro
del MINISTERIO DE SEGURIDAD, la Ley de Ministerios Nro 22.520 (t.o.
1992) y sus modificatorias, la Ley N° 24.059 de Seguridad Interior, la
Ley N° 20.655, la RESOL-2023-567-APN-MSG y,
CONSIDERANDO:
Que la Asociación del Fútbol Argentino (AFA) y la Confederación
Sudamericana de Fútbol (CONMEBOL) comunicaron oficialmente que la final
de la Copa Libertadores edición 2024 a disputarse el día 30 de
noviembre de 2024, se llevará a cabo en la República Argentina.
Que dada la magnitud del acontecimiento referido que excede el plano
futbolístico y cobra ribetes culturales y sociales, es menester
desplegar una logística especial a efectos de preservar la seguridad de
las personas que intervengan directa e indirectamente en el evento y
proteger los bienes materiales comprometidos.
Que, en ocasión de las últimas finales la concurrencia de público
aumentó los niveles de tránsito aéreo de carácter comercial,
particular, y servicios aéreos chárter, por lo cual es menester
convocar a los organismos especializados.
Que la concurrencia en las fronteras y aeropuertos hace necesaria la convocatoria a los organismos especializados.
Que, en ocasión del desarrollo de la final del torneo continental
referido, la ciudad anfitriona del acontecimiento que finalmente sea
designada, las localidades aledañas, las zonas fronterizas y las
provincias de tránsito, recibirán un número considerable de
simpatizantes y aficionados.
Que se hace necesario, por tanto, implementar un comando unificado con
el objeto de garantizar las condiciones de seguridad adecuadas para el
desarrollo de la “Final de la Copa Libertadores de América 2024” que se
llevará a cabo en la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, en la CIUDAD DE
LA PLATA o en la CIUDAD DE AVELLANEDA, PROVINCIA DE BUENOS AIRES el 30
de noviembre de 2024.
Que los estadios propuestos como posibles sedes para la disputa de la
“Final de la Copa Libertadores de América 2024” son: el del Club
Atlético River Plate, el del Club Atlético Independiente de Avellaneda
y el Estadio Único de la Ciudad de La Plata.
Que, si bien no se ha definido el estadio donde se llevará a cabo la
disputa “Final de la Copa Libertadores de América 2024”, la magnitud
del evento hace necesario establecer con la debida anticipación un
mecanismo de planificación y estrategia en seguridad.
Que en virtud del art. 22 bis de la Ley de Ministerios es competencia
del MINISTERIO DE SEGURIDAD “… asistir al Presidente de la Nación y al
Jefe de Gabinete de Ministros, en orden a sus competencias, en todo lo
concerniente a la seguridad interior, a la preservación de la libertad,
la vida y el patrimonio de los habitantes, sus derechos y garantías en
un marco de plena vigencia de las instituciones del sistema
democrático, y en particular: 14. Entender en la determinación de la
política criminal y en la elaboración de planes y programas para su
aplicación, así como para la prevención del delito…”.
Que por imperio de la norma que comunica el artículo 8 de la Ley Nro.
24.059, el MINISTERIO DE SEGURIDAD tiene a su cargo la dirección
superior de los cuerpos policiales y de las fuerzas federales de
seguridad del Estado Nacional.
Que, como antecedente, corresponde citar el estricto cumplimiento de
las tareas preventivas oportunamente encomendadas al Comando Unificado
de Seguridad creado mediante RESOL-2023-567-APN-MSG, que garantizó las
condiciones necesarias para la realización de los Juegos Macabeos
Panamericanos, Buenos Aires 2023.
Que, en previsión de una gran afluencia pública y que reviste
envergadura y carácter interjurisdiccional, resulta oportuno exhortar a
los cuerpos policiales de las jurisdicciones intervinientes, locales y
provinciales, a fin de aunar esfuerzos en pos de garantizar las
condiciones de seguridad que el caso requiere.
Que para dotar de mayor eficiencia al COMANDO UNIFICADO DE SEGURIDAD
FINAL DE LA COPA LIBERTADORES DE AMÉRICA 2024 y también optimizar y
agilizar el proceso de toma de decisiones resulta necesario designar un
Coordinador General del Comando Unificado.
Que la adopción de tales medidas corresponde con una obligación asumida
por el Estado Argentino frente a la Comunidad Internacional (cfr. Ley
Nro. 26.023), dada la envergadura del evento referido y su
trascendencia internacional.
Que ha tomado la intervención que le compete la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de este Ministerio.
Que la presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la
norma que comunica el art. 22 bis de la Ley de Ministerios (t.o. 1992)
y sus modificatorias.
Por ello,
LA MINISTRA DE SEGURIDAD
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Créase el COMANDO UNIFICADO DE SEGURIDAD FINAL DE LA COPA
LIBERTADORES DE AMÉRICA 2024, para la gestión de la coordinación
interfuerzas del operativo de seguridad a implementarse entre el 26 de
noviembre y el 1º de diciembre de 2024 en ocasión de disputarse la
“Final de la Copa Libertadores de América 2024”, que se desarrollará en
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires o en la Ciudad de La Plata de la
Provincia de Buenos Aires o en la Ciudad de Avellaneda de la Provincia
de Buenos Aires.
ARTÍCULO 2°.- El COMANDO UNIFICADO DE SEGURIDAD FINAL DE LA COPA
LIBERTADORES DE AMÉRICA 2024, estará integrado por el MINISTERIO DE
SEGURIDAD DE LA NACIÓN, la POLICÍA FEDERAL ARGENTINA, la GENDARMERÍA
NACIONAL, la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA y la POLICÍA DE SEGURIDAD
AEROPORTUARIA y por los representantes de los cuerpos policiales de la
CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y de la PROVINCIA DE BUENOS AIRES que,
en su caso, designen las autoridades competentes.
Los funcionarios designados poseerán, en el marco de la ley, capacidad
decisoria sobre el personal y los medios afectados al operativo de
seguridad.
ARTÍCULO 3°.- El COMANDO UNIFICADO DE SEGURIDAD FINAL DE LA COPA
LIBERTADORES DE AMÉRICA 2024 iniciará sus operaciones el 26 de
noviembre de 2024 a las 00:00 hs. y se disolverá cumplido su objeto. Su
sede operativa estará en la Avenida Gral. Gelly y Obes Nº 2289, Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, sede central del MINISTERIO DE SEGURIDAD.
ARTÍCULO 4°.- La Coordinación General del COMANDO UNIFICADO FINAL DE LA
COPA LIBERTADORES DE AMÉRICA 2024 estará a cargo de la máxima autoridad
de la jurisdicción y podrá ser delegada en quien ella designe. La
Coordinación General tendrá a su cargo la conducción de los cuerpos
policiales y las fuerzas de seguridad afectadas al operativo, en
coordinación con las autoridades jurisdiccionales correspondientes.
ARTÍCULO 5°. - A efectos de integrar el COMANDO UNIFICADO DE SEGURIDAD
FINAL DE LA COPA LIBERTADORES DE AMÉRICA 2024 de acuerdo con las
disposiciones anteriores, invítase a designar 1 (un) representante a:
a) El Señor Ministro de Seguridad de la PROVINCIA DE BUENOS AIRES, a
fin de que designe un representante de los cuerpos policiales; otro de
la Subsecretaría de Política y Seguridad Vial de la PROVINCIA DE BUENOS
AIRES; y otro de la Dirección de Bomberos de la PROVINCIA DE BUENOS
AIRES.
b) El Señor Ministro de Seguridad de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS
AIRES, a fin de que designe un representante de los cuerpos policiales;
otro de la Dirección General de Tránsito y Transporte de la CIUDAD
AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES; y otro del Cuerpo de Bomberos de la CIUDAD
AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.
c) La secretaria de transporte.
d) La Comisión Nacional de Regulación de Transporte (CNRT).
e) La Dirección Nacional de Migraciones (DNM).
f) La Dirección General de Aduanas (DGA).
g) El Organismo Regulador del Sistema Nacional de Aeropuertos (ORSNA).
h) La Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC).
ARTÍCULO 6°.- La presente medida entrará en vigencia a partir de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA.
ARTÍCULO 7°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DE REGISTRO OFICIAL y archívese.
Patricia Bullrich
e. 09/09/2024 N° 61593/24 v. 09/09/2024