INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS
Resolución 432/2024
RESOL-2024-432-APN-INASE#MEC
Ciudad de Buenos Aires, 13/09/2024
VISTO el Expediente Nº EX-2023-94538750--APN-DRV#INASE, y
CONSIDERANDO:
Que el señor Don Craig Franklin MORRIS representado en la REPÚBLICA
ARGENTINA por la empresa MOLINOS JUAN SEMINO S.A. ha solicitado las
inscripciones de las creaciones fitogenéticas de trigo (Triticum
aestivum L.) de denominaciones MJS-1 y MJS-2, en el Registro Nacional
de la Propiedad de Cultivares, creado por el artículo 19 de la Ley de
Semillas y Creaciones Fitogenéticas Nº 20.247, siendo la titular de la
misma.
Que no se ha realizado el pago de arancel anual en el Registro Nacional
de la Propiedad de Cultivares de las creaciones fitogenéticas de
lechuga mencionadas en el párrafo precedente, conforme lo establecido
por el artículo 30 inciso e) de la Ley de Semillas y Creaciones
Fitogenéticas Nº 20.247 y el artículo 36 inciso e) del Decreto Nº 2.183
de fecha 21 de octubre de 1991, reglamentario de la Ley de Semillas y
Creaciones Fitogenéticas Nº 20.247.
Que habiéndose efectuado el reclamo fehaciente de pago y transcurrido
el plazo establecido, no se ha obtenido respuesta del titular.
Que en este sentido, la Dirección de Registro de Variedades de este
INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, organismo descentralizado de la órbita
de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE
ECONOMÍA, ha tomado la intervención de su competencia.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos de este INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, ha tomado la intervención de su competencia.
Que el suscripto es competente para dictar el presente acto, en virtud
de lo establecido en los artículos 8° y 9º del Decreto Nº 2.817 de
fecha 30 de diciembre de 1991, ratificado por la Ley Nº 25.845, y el
Decreto Nº 65 de fecha 19 de enero de 2024.
Por ello,
EL PRESIDENTE DEL DIRECTORIO DEL INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Declárese la caducidad del Título de Propiedad de las
creaciones fitogenéticas de trigo (Triticum aestivum L.) de
denominaciones MJS-1 y MJS-2, pasando a ser de uso público.
ARTÍCULO 2º.- Publíquese, notifíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Claudio Dunan
e. 17/09/2024 N° 63953/24 v. 17/09/2024