ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL

Resolución 320/2024

RESOL-2024-320-APN-ANAC#MEC

Ciudad de Buenos Aires, 16/09/2024

VISTO el Expediente Nº EX-2024-93002530- -APN-ANAC#MEC, los Decretos N° 1172 de fecha 3 de diciembre de 2003, N°1770 de fecha 29 de noviembre de 2007, N° 606 de fecha 11 de julio de 2024, la Resolución de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL (ANAC) N° 506-E de fecha 25 de agosto de 2023, la Parte 65 de las REGULACIONES ARGENTINAS DE AVIACIÓN CIVIL (RAAC), y

CONSIDERANDO:

Que, mediante el expediente de referencia, tramita la propuesta de la Dirección de Licencias al Personal de la DIRECCIÓN NACIONAL DE SEGURIDAD OPERACIONAL (DNSO) de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL (ANAC), referente a la aprobación del “Procedimiento de exámenes teóricos/ prácticos para el otorgamiento de las habilitaciones de Mecánico de Mantenimiento de Aeronaves (MMA)” y el “Procedimiento para la designación del examinador de mantenimiento de un Centro de Instrucción de Aeronáutica Civil (CIAC)”.

Que la Parte 65 “Personal Aeronáutico, excepto Miembros de las Tripulaciones de Vuelo” de las REGULACIONES ARGENTINAS DE AVIACIÓN CIVIL (RAAC) establece los requisitos para la obtención de la Licencias y certificado de competencia del personal aeronáutico, excepto pilotos, sus atribuciones y limitaciones.

Que la incorporación propuesta al Manual de Gestión de Licencias al Personal (MGLP) resultan de la necesidad de cumplir con los hallazgos de la Administración Federal de Aviación por sus siglas en inglés “FAA” 4.14, 4.15 y 4.16 (4602) y de contar con procedimientos internos estandarizados para que sean aplicados por el personal de la Dirección.

Que en la reciente asesoría técnica recibida del Sistema Regional de Vigilancia de la Seguridad Operacional por sus siglas en inglés “SRVSOP”, recomendó sobre el hallazgo señalado que la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL (ANAC) debe “elaborar un procedimiento incluyendo los requisitos de elegibilidad de los examinadores de mecánicos de mantenimiento, la aprobación y vigilancia de éstos, así como los procedimientos para los exámenes prácticos, incluyendo la capacitación tanto para los inspectores de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL (ANAC) como para los examinadores autorizados”.

Que a esos efectos, se elaboró el procedimiento para incorporar al Manual de Gestión de Licencias al Personal (MGLP), el cual describe los requisitos de elegibilidad de los examinadores de mecánicos de mantenimiento, la aprobación y vigilancia de estos, así como los procedimientos para la toma de exámenes, incluyendo la capacitación tanto para los inspectores de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL (ANAC) como para los examinadores autorizados.

Que por los fundamentos expuestos no resulta de aplicación el Decreto N° 1.172 de fecha 3 de diciembre de 2003.

Que han tomado intervención las áreas competentes de la Dirección de Licencias al Personal dependiente de la DIRECCIÓN NACIONAL DE SEGURIDAD OPERACIONAL (DNSO) de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL (ANAC).

Que, se ha dado cumplimiento a lo establecido en la Resolución de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL N° 506-E de fecha 25 de agosto de 2023.

Que, la Dirección de Asuntos Jurídicos dependiente de la DIRECCIÓN GENERAL LEGAL, TÉCNICA Y ADMINISTRATIVA (DGLTYA) de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL (ANAC), ha tomado la intervención que le compete.

Que, la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas en el Decreto Nº 606, de fecha 11 de julio de 2024.

Por ello,

LA INTERVENTORA DE LA ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Apruébese el “Procedimiento de exámenes teóricos/ prácticos para el otorgamiento de las habilitaciones de Mecánico de Mantenimiento de Aeronaves (MMA)”, a afectos de cumplir con la toma de los exámenes de pericia establecidos en las REGULACIONES ARGENTINAS DE AVIACIÓN CIVIL (RAAC)– Parte 65 Subparte D, el que como Anexo IF-2024-96042115-APN-DNSO#ANAC forma parte del Manual de Gestión de Licencias al Personal (MGLP).

ARTÍCULO 2º.- Apruébese “Procedimiento para la designación del examinador de mantenimiento de un CIAC RAAC PARTE 147”, a afectos de cumplir con lo establecido en la RAAC Parte 147, el que como Anexo IF-2024-96038136-APN-DNSO#ANAC forma parte del Manual de Gestión de Licencias al Personal (MGLP).

ARTÍCULO 3º.- Apruébese “Temario exámenes de pericia”, a afectos de cumplir con lo establecido en la RAAC Parte 65 y estandarizar la preparación de las pruebas prácticas, el que como Anexo IF-2024-95215947- APN-DNSO#ANAC forma parte del Manual de Gestión de Licencias al Personal (MGLP).

ARTÍCULO 4°.- Gírense las actuaciones a la UNIDAD DE PLANIFICACIÓN Y CONTROL DE GESTIÓN (UPYCG) de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL(ANAC) para su inclusión en el Sitio “Web” Institucional del Organismo, difusión y publicación en la Biblioteca Virtual; y posterior pase al Departamento de Secretaria General dependiente de la DIRECCIÓN GENERAL, LEGAL, TÉCNICA Y ADMINISTRATIVA (DGTLYA) de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL(ANAC) a efectos de incorporar la presente Resolución en el Archivo Central Reglamentario (ACR).

ARTICULO 5°.- La presente medida entrará en vigencia a partir de su firma.

ARTÍCULO 6°.- Comuníquese dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL y, cumplido archívese.

María Julia Cordero

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución no se publica/n. El/los mismo/s podrá/n ser consultado/s en: https://www.argentina.gob.ar/anac/normativa/resoluciones-y-disposiciones

e. 18/09/2024 N° 64280/24 v. 18/09/2024