ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL
Resolución 320/2024
RESOL-2024-320-APN-ANAC#MEC
Ciudad de Buenos Aires, 16/09/2024
VISTO el Expediente Nº EX-2024-93002530- -APN-ANAC#MEC, los Decretos N°
1172 de fecha 3 de diciembre de 2003, N°1770 de fecha 29 de noviembre
de 2007, N° 606 de fecha 11 de julio de 2024, la Resolución de la
ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL (ANAC) N° 506-E de fecha 25
de agosto de 2023, la Parte 65 de las REGULACIONES ARGENTINAS DE
AVIACIÓN CIVIL (RAAC), y
CONSIDERANDO:
Que, mediante el expediente de referencia, tramita la propuesta de la
Dirección de Licencias al Personal de la DIRECCIÓN NACIONAL DE
SEGURIDAD OPERACIONAL (DNSO) de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN
CIVIL (ANAC), referente a la aprobación del “Procedimiento de exámenes
teóricos/ prácticos para el otorgamiento de las habilitaciones de
Mecánico de Mantenimiento de Aeronaves (MMA)” y el “Procedimiento para
la designación del examinador de mantenimiento de un Centro de
Instrucción de Aeronáutica Civil (CIAC)”.
Que la Parte 65 “Personal Aeronáutico, excepto Miembros de las
Tripulaciones de Vuelo” de las REGULACIONES ARGENTINAS DE AVIACIÓN
CIVIL (RAAC) establece los requisitos para la obtención de la Licencias
y certificado de competencia del personal aeronáutico, excepto pilotos,
sus atribuciones y limitaciones.
Que la incorporación propuesta al Manual de Gestión de Licencias al
Personal (MGLP) resultan de la necesidad de cumplir con los hallazgos
de la Administración Federal de Aviación por sus siglas en inglés “FAA”
4.14, 4.15 y 4.16 (4602) y de contar con procedimientos internos
estandarizados para que sean aplicados por el personal de la Dirección.
Que en la reciente asesoría técnica recibida del Sistema Regional de
Vigilancia de la Seguridad Operacional por sus siglas en inglés
“SRVSOP”, recomendó sobre el hallazgo señalado que la ADMINISTRACIÓN
NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL (ANAC) debe “elaborar un procedimiento
incluyendo los requisitos de elegibilidad de los examinadores de
mecánicos de mantenimiento, la aprobación y vigilancia de éstos, así
como los procedimientos para los exámenes prácticos, incluyendo la
capacitación tanto para los inspectores de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL
DE AVIACIÓN CIVIL (ANAC) como para los examinadores autorizados”.
Que a esos efectos, se elaboró el procedimiento para incorporar al
Manual de Gestión de Licencias al Personal (MGLP), el cual describe los
requisitos de elegibilidad de los examinadores de mecánicos de
mantenimiento, la aprobación y vigilancia de estos, así como los
procedimientos para la toma de exámenes, incluyendo la capacitación
tanto para los inspectores de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN
CIVIL (ANAC) como para los examinadores autorizados.
Que por los fundamentos expuestos no resulta de aplicación el Decreto N° 1.172 de fecha 3 de diciembre de 2003.
Que han tomado intervención las áreas competentes de la Dirección de
Licencias al Personal dependiente de la DIRECCIÓN NACIONAL DE SEGURIDAD
OPERACIONAL (DNSO) de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL
(ANAC).
Que, se ha dado cumplimiento a lo establecido en la Resolución de la
ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL N° 506-E de fecha 25 de
agosto de 2023.
Que, la Dirección de Asuntos Jurídicos dependiente de la DIRECCIÓN
GENERAL LEGAL, TÉCNICA Y ADMINISTRATIVA (DGLTYA) de la ADMINISTRACIÓN
NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL (ANAC), ha tomado la intervención que le
compete.
Que, la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas en el Decreto Nº 606, de fecha 11 de julio de 2024.
Por ello,
LA INTERVENTORA DE LA ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Apruébese el “Procedimiento de exámenes teóricos/
prácticos para el otorgamiento de las habilitaciones de Mecánico de
Mantenimiento de Aeronaves (MMA)”, a afectos de cumplir con la toma de
los exámenes de pericia establecidos en las REGULACIONES ARGENTINAS DE
AVIACIÓN CIVIL (RAAC)– Parte 65 Subparte D, el que como Anexo
IF-2024-96042115-APN-DNSO#ANAC forma parte del Manual de Gestión de
Licencias al Personal (MGLP).
ARTÍCULO 2º.- Apruébese “Procedimiento para la designación del
examinador de mantenimiento de un CIAC RAAC PARTE 147”, a afectos de
cumplir con lo establecido en la RAAC Parte 147, el que como Anexo
IF-2024-96038136-APN-DNSO#ANAC forma parte del Manual de Gestión de
Licencias al Personal (MGLP).
ARTÍCULO 3º.- Apruébese “Temario exámenes de pericia”, a afectos de
cumplir con lo establecido en la RAAC Parte 65 y estandarizar la
preparación de las pruebas prácticas, el que como Anexo
IF-2024-95215947- APN-DNSO#ANAC forma parte del Manual de Gestión de
Licencias al Personal (MGLP).
ARTÍCULO 4°.- Gírense las actuaciones a la UNIDAD DE PLANIFICACIÓN Y
CONTROL DE GESTIÓN (UPYCG) de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN
CIVIL(ANAC) para su inclusión en el Sitio “Web” Institucional del
Organismo, difusión y publicación en la Biblioteca Virtual; y posterior
pase al Departamento de Secretaria General dependiente de la DIRECCIÓN
GENERAL, LEGAL, TÉCNICA Y ADMINISTRATIVA (DGTLYA) de la ADMINISTRACIÓN
NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL(ANAC) a efectos de incorporar la presente
Resolución en el Archivo Central Reglamentario (ACR).
ARTICULO 5°.- La presente medida entrará en vigencia a partir de su firma.
ARTÍCULO 6°.- Comuníquese dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO
OFICIAL para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL y, cumplido archívese.
María Julia Cordero
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución no se publica/n.
El/los mismo/s podrá/n ser consultado/s en:
https://www.argentina.gob.ar/anac/normativa/resoluciones-y-disposiciones
e. 18/09/2024 N° 64280/24 v. 18/09/2024