INSTITUTO NACIONAL DE LA YERBA MATE
Resolución 204/2024
Posadas, Misiones, 19/09/2024
VISTO: las actuaciones “Expte. INYM Nº 2185/2024 – Convocatoria a
Entidades para Elección de Miembros del Sector Privado del Directorio”,
y;
CONSIDERANDO:
QUE, el INYM como Ente de Derecho Público No Estatal creado por Ley
25.564, se encuentra dirigido y administrado por un Directorio
conformado por doce Directores que representan a los sectores públicos
y privados propios de la actividad, y constituye su máximo órgano de
decisión.
QUE, por resolución 144/2024 se convocó a las a las Entidades y
Asociaciones que integran los sectores de la actividad yerbatera
indicados en el Artículo 6° de la Ley 25.564, a inscribirse en el
Registro de Entidades y Asociaciones Privadas Habilitadas para la
Designación de Directores del INYM, establecido por resolución 59/2004
de este Instituto.
QUE, dicha convocatoria incluye a las Entidades y Asociaciones que ya
se encuentran inscriptas en el mencionado Registro, a los fines que
actualicen la documentación presentada en su oportuna inscripción,
mediante copia certificada de la Personería jurídica actualizada,
memoria y balance aprobadas correspondiente al último ejercicio y
Autoridades vigentes de la entidad.
QUE, la mencionada Resolución 144/2024 fijó como plazo para la
inscripción o actualización de las entidades en el registro pertinente,
el de CUARENTA Y CINCO (45) días hábiles a contar desde el día
siguiente a la publicación de la Resolución en el Boletín Oficial,
plazo que concluye el día 24 de Septiembre de 2024.
QUE, en fecha 18/09/2024 en el ámbito de la Subcomisión de
Fiscalización se tomó conocimiento de la marcha del proceso de
presentación de documentación y de un pedido de prórroga del plazo de
presentación solicitado por una entidad del sector productivo, pasando
el tema para su consideración en el Directorio.
QUE, desde el INYM se considera que en todo proceso institucional debe
asegurarse la mayor participación posible de propuestas, ideas e
intereses, promoviéndose la intervención efectiva de todas las
entidades que se desenvuelven en la actividad yerbatera.
QUE, la extensión del plazo de convocatoria otorgado a las entidades no
obstaculiza el recambio de los representantes de los sectores privados
del Instituto dentro del tiempo previsto en la Ley.
QUE, el Departamento de Asuntos Jurídicos y Legales ha tomado intervención para el dictado del presente instrumento.
QUE, la presente Resolución se sustenta en las disposiciones contenidas
en el Título IV, Capítulos I, II y III de la Ley 25.564 y el Art. 13º
del Estatuto del INYM.
QUE, el INYM se encuentra facultado para aplicar las medidas necesarias
a fin de hacer cumplir la Ley 25.564, su decreto reglamentario 1240/02
y las disposiciones que en su consecuencia se dicten relacionadas con
sus objetivos, según se desprende de lo dispuesto en los Arts. 4 y 5 de
la Ley 25.564.
POR ELLO,
EL DIRECTORIO DEL INYM
RESUELVE
ARTICULO 1°: PRORROGASE por única vez hasta el día 24 de octubre del
2024, la fecha límite a los efectos de la inscripción o actualización
de antecedentes, según corresponda, en el “Registro de Entidades y
Asociaciones Privadas habilitadas para la designación de Directores del
INYM”.
ARTICULO 2º: NOTIFIQUESE. Hágase conocer a los interesados. PUBLIQUESE
en el Boletín Oficial de la República Argentina por un (1) día y en
medios de publicación masiva. Cumplido, ARCHIVESE.
Nelson Omar Dalcolmo - Danis Koch - Alejandro Raúl Lucero - Antonio
Airton Rodriguez Franza - Claudio Marcelo Hacklander - Ricardo Maciel -
Gerardo Ramón Vallejos - Carmelo Paulo Rojas - Carlos Guillermo
Roussillon - Gerardo Daniel López
e. 20/09/2024 N° 65413/24 v. 20/09/2024