YACIMIENTO CARBONÍFERO DE RÍO TURBIO Y DE LOS SERVICIOS FERROPORTUARIOS CON TERMINALES EN PUNTA LOYOLA Y RÍO GALLEGOS
Decreto 841/2024
DECTO-2024-841-APN-PTE - Dispónese cese.
Ciudad de Buenos Aires, 20/09/2024
VISTO el Expediente N° EX-2024-99014485-APN-SE#MEC, la Ley N° 24.156 de
Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector
Público Nacional y sus modificatorias y el Decreto Nº 81 del 22 de
diciembre de 2023, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto Nº 81/23 se designó al ingeniero Thierry DECOUD en
el cargo de Interventor de YACIMIENTO CARBONÍFERO DE RÍO TURBIO Y DE
LOS SERVICIOS FERROPORTUARIOS CON TERMINALES EN PUNTA LOYOLA Y RÍO
GALLEGOS (YCRT) de la Provincia de SANTA CRUZ, dependiente de la
SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE ECONOMÍA.
Que resulta necesario disponer el cese del ingeniero Thierry DECOUD en el citado cargo.
Que con el objeto de asegurar la integridad y transparencia de la
gestión deviene necesario disponer la realización de una auditoría
integral a los fines de contar con información precisa y adecuada, con
el objetivo de esclarecer la situación en la cual se encuentra
involucrada actualmente YCRT.
Que por la Ley N° 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas
de Control del Sector Público Nacional y sus modificatorias se creó la
SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN (SIGEN) como entidad dependiente del
Presidente de la Nación, con competencia en el control interno de las
jurisdicciones que componen el PODER EJECUTIVO NACIONAL y los
organismos descentralizados y empresas y sociedades del Estado que de
él dependan.
Que, en consecuencia, corresponde instruir a la SIGEN para que efectúe la auditoría precedentemente referida.
Que ha tomado la intervención de su competencia el servicio de asesoramiento jurídico permanente del MINISTERIO DE ECONOMÍA.
Que este acto se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- Dispónese el cese del ingeniero Thierry DECOUD (D.N.I. N°
29.076.449) en el cargo de Interventor de YACIMIENTO CARBONÍFERO DE RÍO
TURBIO Y DE LOS SERVICIOS FERROPORTUARIOS CON TERMINALES EN PUNTA
LOYOLA Y RÍO GALLEGOS de la Provincia de SANTA CRUZ, dependiente de la
SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE ECONOMÍA.
ARTÍCULO 2°.- Instrúyese a la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN,
organismo descentralizado actuante en la órbita de la PRESIDENCIA DE LA
NACIÓN, para que en el plazo de TREINTA (30) días hábiles elabore un
Informe de Entrega y Recepción que contenga la información necesaria
para conocer el estado de situación administrativa, patrimonial y
financiera y, eventualmente, la consumación de hechos o irregularidades
que podrían configurar un acto ilícito en el ámbito penal y/o
administrativo de YACIMIENTO CARBONÍFERO DE RÍO TURBIO Y DE LOS
SERVICIOS FERROPORTUARIOS CON TERMINALES EN PUNTA LOYOLA Y RÍO GALLEGOS
de la Provincia de SANTA CRUZ, dependiente de la SECRETARÍA DE ENERGÍA
del MINISTERIO DE ECONOMÍA.
ARTÍCULO 3°.- El presente entrará en vigencia a partir de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
MILEI - Luis Andres Caputo
e. 23/09/2024 N° 65761/24 v. 23/09/2024