POLICÍA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA
Disposición 1326/2024
DI-2024-1326-APN-PSA#MSG
José María Ezeiza, Buenos Aires, 15/11/2024
VISTO el Expediente N° EX-2023-118079040-APN-DCPP#PSA del Registro de
esta POLICÍA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA, la Ley N° 26.102 de Seguridad
Aeroportuaria, la Resolución N° 1.015 del 6 de septiembre de 2012 del
MINISTERIO DE SEGURIDAD, la Disposición N° 1267 del 28 de octubre de
2024 del Registro de esta Institución, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 26.102 establece las bases jurídicas, orgánicas y funcionales de esta POLICÍA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA.
Que la Resolución MS N° 1.015/12 aprobó la estructura orgánica y
funcional de esta Institución, compuesta por la estructura de
conducción y administración, la estructura operacional y el Instituto
Superior de Seguridad Aeroportuaria.
Que de conformidad con la citada Resolución, la dirección orgánica del
sistema de seguridad aeroportuaria contempla el diseño, la elaboración,
la planificación y/o la actualización de, entre otras cuestiones, la
doctrina estratégica y operacional de esta POLICÍA DE SEGURIDAD
AEROPORTUARIA, la estructura orgánica y de despliegue de las
dependencias y unidades del sistema de seguridad aeroportuaria
preventiva y el sistema logístico e infraestructural del sistema de
seguridad aeroportuaria preventiva.
Que mediante la Disposición PSA N° 1267/24 se aprobó el Reglamento General de Sistemas de Circuito Cerrado de Televisión.
Que la publicación de la mencionada Disposición en el Boletín Oficial
de la REPÚBLICA ARGENTINA se encuentra asociada al alcance general de
la norma aprobada y la garantía de defensa de los terceros que puedan
ver afectados sus derechos y garantías por la aplicación del
procedimiento allí establecido.
Que por lo expuesto, corresponde ordenar la publicación de la mencionada norma en el Boletín Oficial de la REPÚBLICA ARGENTINA.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos de esta Institución
oportunamente ha tomado la intervención de su competencia en el marco
de la Disposición PSA N° 1267/24.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por
el artículo 18 de la Ley N° 26.102 de Seguridad Aeroportuaria y el
Decreto N° 36 del 14 de diciembre de 2023.
Por ello,
EL DIRECTOR NACIONAL DE LA POLICÍA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA
DISPONE:
ARTÍCULO 1°.- Publíquese la Disposición PSA N° 1267/24, y su Anexo II en el Boletín Oficial de la REPÚBLICA ARGENTINA.
ARTÍCULO 2°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Alfredo Hernan Gallardo
e. 20/11/2024 N° 82548/24 v. 20/11/2024