CONTRATOS
Decreto 100/2025
DECTO-2025-100-APN-PTE - Aprobación.
Ciudad de Buenos Aires, 14/02/2025
VISTO el Expediente N° EX-2024-136910331-APN-DGDA#MEC y el Modelo de
Contrato de Préstamo BID N° 5966/OC-AR propuesto para ser suscripto
entre la REPÚBLICA ARGENTINA y el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO
(BID), y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Modelo de Contrato de Préstamo BID N° 5966/OC-AR el
BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID) se compromete a asistir
financieramente a la REPÚBLICA ARGENTINA con el fin de cooperar en la
ejecución del “Programa de Fortalecimiento de la Gestión Fiscal
Federal”, por un monto de hasta DÓLARES ESTADOUNIDENSES SESENTA
MILLONES (USD 60.000.000).
Que el objetivo general del citado Programa consiste en mejorar la eficiencia técnica del gasto público.
Que el objetivo específico del mencionado Programa es mejorar la
eficiencia de los procesos y sistemas de gestión de recursos públicos.
Que el referido Programa se desarrollará a través de TRES (3)
Componentes: 1) Mejora de los procesos de la gestión presupuestaria y
financiera, 2) Modernización de la infraestructura tecnológica de apoyo
a la gestión presupuestaria y financiera y 3) Apoyo a la administración
financiera de las jurisdicciones subnacionales.
Que la ejecución del Programa y la utilización de los recursos del
financiamiento serán llevadas a cabo por el MINISTERIO DE ECONOMÍA, a
través de la SECRETARÍA DE HACIENDA, que tendrá la responsabilidad
primaria en la materia para la implementación, supervisión y gestión
técnica, en cumplimiento de las responsabilidades que le competen según
la Ley N° 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de
Control del Sector Público Nacional y sus modificatorias.
Que la formalización de esta operación requiere que la REPÚBLICA
ARGENTINA, en su carácter de Prestataria y por intermedio del
MINISTERIO DE ECONOMÍA, suscriba el Contrato de Préstamo BID N°
5966/OC-AR, así como toda otra documentación relacionada con la
operatoria de dicho Préstamo.
Que, en virtud de ello, corresponde facultar al señor Ministro de
Economía y/o al señor Secretario de Finanzas en forma indistinta para
que, en nombre y representación de la REPÚBLICA ARGENTINA, suscriban el
Contrato de Préstamo BID N° 5966/OC-AR.
Que, asimismo, corresponde facultar al señor Ministro de Economía para
que acuerde las modificaciones que sean convenientes para la ejecución
del “Programa de Fortalecimiento de la Gestión Fiscal Federal”, siempre
y cuando no constituyan cambios sustanciales al objeto y destino de los
fondos ni deriven en un incremento de su monto o una alteración en el
procedimiento arbitral pactado.
Que las condiciones generales, los plazos de amortización, las tasas de
interés y demás cláusulas contenidas en el Modelo de Contrato de
Préstamo BID N° 5966/OC-AR propuesto para ser suscripto son los usuales
que se pactan en este tipo de contratos y resultan adecuados a los
propósitos y objetivos para los que será destinado el mencionado
Préstamo.
Que los servicios jurídicos permanentes han tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades
conferidas por el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y
por el artículo 53 de la Ley N° 11.672 Complementaria Permanente de
Presupuesto (t.o. 2014).
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- Apruébase el Modelo de Contrato de Préstamo BID N°
5966/OC-AR a celebrarse entre la REPÚBLICA ARGENTINA y el BANCO
INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID) por un monto de hasta DÓLARES
ESTADOUNIDENSES SESENTA MILLONES (USD 60.000.000), destinado a
financiar el “Programa de Fortalecimiento de la Gestión Fiscal Federal”
que como ANEXO I (IF-2025-07131673-APN-SSRFI#MEC) forma parte
integrante del presente decreto. Asimismo, forman parte integrante de
la presente medida como ANEXO II (IF-2025-06136519-APN-SSRFI#MEC) las
“Políticas para la Selección y Contratación de Consultores Financiados
por el Banco Interamericano de Desarrollo” y como ANEXO III
(IF-2025-06136483-APN-SSRFI#MEC) las “Políticas para la Adquisición de
Bienes y Obras Financiadas por el Banco Interamericano de Desarrollo”.
ARTÍCULO 2°.- Facúltase al señor Ministro de Economía, o al funcionario
o a los funcionarios que este designe, y/o al señor Secretario de
Finanzas a suscribir en forma indistinta, en nombre y representación de
la REPÚBLICA ARGENTINA, el Contrato de Préstamo BID N° 5966/OC-AR y su
documentación adicional, conforme al Modelo que se aprueba en el
artículo 1° del presente decreto.
ARTÍCULO 3°.- Facúltase al señor Ministro de Economía, o al funcionario
o a los funcionarios que este designe, a convenir y suscribir, en
nombre y representación de la REPÚBLICA ARGENTINA, modificaciones al
Contrato de Préstamo BID N° 5966/OC-AR, cuyo Modelo se aprueba por el
artículo 1° de esta medida, siempre que no constituyan cambios
sustanciales en el objeto o destino de los fondos ni deriven en un
incremento de su monto o introduzcan modificaciones al procedimiento
arbitral pactado.
ARTÍCULO 4°.- Desígnase como “Organismo Ejecutor” del “Programa de
Fortalecimiento de la Gestión Fiscal Federal” al MINISTERIO DE ECONOMÍA
a través de la SECRETARÍA DE HACIENDA, que tendrá la responsabilidad
primaria en la materia para la implementación, supervisión y gestión
técnica, en cumplimiento de las responsabilidades que le competen según
la Ley N° 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de
Control del Sector Público Nacional y sus modificatorias.
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
MILEI - Guillermo Francos - Luis Andres Caputo
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 17/02/2025 N° 8676/25 v. 17/02/2025
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: AnexoI, AnexoII, AnexoIII)