MINISTERIO DE ECONOMÍA
SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y COMERCIO
Resolución 138/2025
RESOL-2025-138-APN-SIYC#MEC
Ciudad de Buenos Aires, 09/05/2025
VISTO el Expediente Nº EX-2025-21912704- -APN-DGDMDP#MEC, la Ley N°
19.511 y sus modificaciones, los Decretos Nros. 960 de fecha 24 de
noviembre de 2017 y 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus
modificatorios, las Resoluciones Nros. 73 de fecha 17 de octubre de
2003 de la ex SECRETARÍA DE COORDINACIÓN TÉCNICA del ex MINISTERIO DE
ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN, 260 de fecha 1° de septiembre de 2020 y 637 de
fecha 4 de diciembre de 2020, ambas de la ex SECRETARÍA DE COMERCIO
INTERIOR del ex MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, 611 de fecha 26 de
septiembre de 2019 de la ex SECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR del ex
MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO y 276 de fecha 12 de septiembre de
2024 de la SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y COMERCIO del MINISTERIO DE
ECONOMÍA, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 19.511 y sus modificaciones, estableció el Sistema
Métrico Legal Argentino (SIMELA) y el Servicio Nacional de Aplicación
de la Metrología Legal, regulando la vigilancia de los instrumentos de
medición, incluyendo los de oficinas públicas nacionales, aquellos
relacionados con comercio interjurisdiccional y los definidos en la
normativa aplicable.
Que el Decreto N° 960 de fecha 24 de noviembre de 2017, reglamentario
de la Ley N° 19.511, asignó a la ex SECRETARÍA DE COMERCIO del ex
MINISTERIO DE PRODUCCIÓN la facultad de regular la verificación
primitiva, verificación periódica y vigilancia de uso de los
instrumentos de medición, así como delegar el control metrológico en el
INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA INDUSTRIAL (INTI), organismo
descentralizado actualmente en el ámbito de la SECRETARÍA DE INDUSTRIA
Y COMERCIO del MINISTERIO DE ECONOMÍA, y en entidades públicas y
privadas.
Que la Resolución N° 73 de fecha 17 de octubre de 2003 de la ex
SECRETARÍA DE COORDINACIÓN TÉCNICA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y
PRODUCCIÓN, dictada en el marco del Decreto N° 788 de fecha 18 de
septiembre de 2003, posteriormente abrogado por el Decreto N° 960/17,
asignó funciones de control metrológico al INSTITUTO NACIONAL DE
TECNOLOGÍA INDUSTRIAL (INTI), estableciendo además la periodicidad de
la verificación de los instrumentos de medición reglamentados.
Que mediante la Resolución N° 260 de fecha 1° de septiembre de 2020 de
la ex SECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR del ex MINISTERIO DE DESARROLLO
PRODUCTIVO, se prorrogó el plazo de vencimiento para realizar la
verificación periódica de los instrumentos de medición reglamentados,
establecida por el Artículo 2° de la Resolución N° 73/03 de la ex
SECRETARÍA DE COORDINACIÓN TÉCNICA, hasta la fecha que se encuentre
vigente la medida de Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio
(ASPO) establecida por el Decreto N° 297 de fecha 19 de marzo de 2020 y
sus modificatorios.
Que mediante la Resolución N° 637 de fecha 4 de diciembre de 2020 de la
ex SECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR del ex MINISTERIO DE DESARROLLO
PRODUCTIVO, se prorrogó nuevamente el plazo de vencimiento para
realizar la verificación periódica de los instrumentos de medición
reglamentados, establecida por el Artículo 2° de la Resolución N° 73/03
de la ex SECRETARÍA DE COORDINACIÓN TÉCNICA, y cuyo vencimiento opere
durante la vigencia del Decreto Nº 297/20 y sus modificatorios.
Que la Resolución N° 611 de fecha 26 de septiembre de 2019 de la ex
SECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR del ex MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y
TRABAJO, modificada por la Resolución N° 276 de fecha 12 de septiembre
de 2024 de la SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y COMERCIO del MINISTERIO DE
ECONOMÍA, actualizó las normas y procedimientos de control metrológico,
estableciendo nuevas disposiciones en cuanto a las verificaciones
periódicas y permitiendo la intervención del INSTITUTO NACIONAL DE
TECNOLOGÍA INDUSTRIAL (INTI) y de laboratorios públicos o privados
acreditados por el Organismo Argentino de Acreditación (OAA).
Que la periodicidad de las Verificaciones Periódicas de los
instrumentos reglamentados está contemplada en los Reglamentos Técnicos
y Metrológicos vigentes, con actualizaciones en curso para los casos en
los que aún no se ha especificado.
Que el Decreto N° 50 de fecha 19 de diciembre de 2019, asignó a la
SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y COMERCIO la competencia de intervenir en la
regulación del comercio interno, incluyendo la supervisión y control de
los instrumentos de medición en el marco de la Ley N° 19.511 y sus
modificaciones.
Que en virtud de lo expuesto y con el objetivo de optimizar el marco
normativo, eliminar regulaciones obsoletas y simplificar procedimientos
administrativos, por la presente resolución corresponde proceder a la
derogación de las Resoluciones Nros. 73/03 de la ex SECRETARÍA DE
COORDINACIÓN TÉCNICA, 260/20 y 637/20, ambas de la ex SECRETARÍA DE
COMERCIO INTERIOR, asegurando coherencia con la normativa metrológica
actual.
Que ha tomado intervención el servicio jurídico competente.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades
conferidas por el Decreto N° 960/17, la Ley N° 19.511 y sus
modificaciones, y el Decreto N° 50/19 y sus modificatorios.
Por ello,
EL SECRETARIO DE INDUSTRIA Y COMERCIO
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Deróganse las Resoluciones Nros. 73 de fecha 17 de
octubre de 2003 de la ex SECRETARÍA DE COORDINACIÓN TÉCNICA del ex
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN, 260 de fecha 1° de septiembre de
2020 y 637 de fecha 4 de diciembre de 2020, ambas de la ex SECRETARÍA
DE COMERCIO INTERIOR del ex MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO.
ARTÍCULO 2°.- La periodicidad de la Verificación Periódica de los
instrumentos de medición se regirá por lo establecido en los
Reglamentos Técnicos y Metrológicos aplicables.
En aquellos casos en los que el Reglamento Técnico y Metrológico
aplicable no contemple un período específico para la Verificación
Periódica, esta se realizará con una frecuencia de UN (1) año.
ARTÍCULO 3°.- La presente medida entrará en vigencia a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Esteban Marzorati
e. 12/05/2025 N° 30661/25 v. 12/05/2025