MINISTERIO DE SEGURIDAD NACIONAL
Resolución 565/2025
RESOL-2025-565-APN-MSG
Ciudad de Buenos Aires, 12/05/2025
VISTO el Expediente EX-2025-35718903-APN-DNNYRPJYMP#MSG del Registro
del MINISTERIO DE SEGURIDAD NACIONAL, la Ley N° 26.538, la Resolución
Conjunta M.J. y D.H. Nº 445 y M.S. Nº 271 del 24 de junio de 2016 y sus
modificatorias, la Resolución del MINISTERIO DE SEGURIDAD N° 828 del 27
de septiembre de 2019, y
CONSIDERANDO:
Que ante la UNIDAD FUNCIONAL DE INSTRUCCIÓN DESCENTRALIZADA N° 1 DE SAN
VICENTE, Departamento Judicial de la Plata, Provincia de Buenos Aires,
a cargo de la Fiscal Subrogante Doctora Mariana Yanina ALBISU, tramita
la IPP N° PP-06-05-006423-24/00, caratulada “S/ AVERIGUACION DE
PARADERO”.
Que la mencionada UNIDAD FUNCIONAL, solicitó a este Ministerio,
mediante oficio del 18 de marzo de 2025, se ofrezca recompensa para
aquellas personas que, sin haber intervenido en los hechos delictuales,
brinden datos útiles que permitan dar con el paradero de María
Alejandra RODRIGUEZ, titular del DNI Nº 25.535.310, nacida el 25 de
enero de 1977, soltera, hija de María Elba GANDARA.
Que el 9 de diciembre de 2024, María Alejandra RODRIGUEZ fue vista por
última vez caminando sobre la calle Costa, desde la Avenida Presidente
Perón en sentido hacia la calle Raccone, localidad de Alejandro Korn,
partido de San Vicente, provincia de Buenos Aires.
Que conforme se menciona en el Oficio, María Alejandra RODRIGUEZ sufre
problemas psiquiátricos por depresión con bipolaridad y habría dejado
de tomar la medicación hace un año.
Que de los hechos investigados surge que el día de la desaparición,
María Alejandra Rodríguez se encontraba cerca de la casa ubicada en
Zeballos N° 1083 de la localidad de Alejandro Korn, lugar que habría
compartido con su ex pareja Alfredo CANTEROS y que se encuentra situado
en las inmediaciones del lugar en el que fue vista por última vez.
Que, por otro lado, también surge que habría en trámite una causa por
violencia de género caratulada “RODRIGUEZ MARIA ALEJANDRA C/ CANTERO
ADOLFO RICARDO S/ PROTECCIÓN CONTRA LA VIOLENCIA FAMILIAR (LEY
12569-SV-FI)”.
Que las características físicas de María Alejandra RODRIGUEZ son:
aproximadamente 1.65 mts. de altura, tez blanca, delgada, ojos marrones
oscuros, cabello corto de color negro y posee un lunar en el maxilar
superior.
Que el artículo 3º de la Ley Nº 26.538 establece que la autoridad de
aplicación, por sí o a requerimiento del MINISTERIO PÚBLICO FISCAL,
hará el ofrecimiento de recompensa y tendrá a su cargo el pago.
Que el artículo 1° del Anexo II de la RESOL-2019-828-APN-MSG establece
los montos sobre los cuales se determinarán los ofrecimientos de
recompensa; por su parte, el artículo 2º indica que los montos podrán
modificarse de acuerdo a la complejidad y gravedad del delito cometido,
según lo estime la titular de esta Cartera.
Que han tomado la intervención de su competencia la SUBSECRETARÍA DE
GESTIÓN ADMINISTRATIVA y la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de
este Ministerio.
Que la presente se dicta en el marco de las atribuciones conferidas en
el artículo 4°, inciso b), apartado 9, de la Ley de Ministerios (t.o.
1992) y sus modificatorias, y en los artículos 1° y 3° de la Ley N°
26.538; y de conformidad con lo dispuesto en la Resolución Conjunta
M.J. y D.H. Nº 445/16 y M.S. Nº 271/16 y sus modificatorias, y la
RESOL-2019-828-APN-MSG.
Por ello,
LA MINISTRA DE SEGURIDAD NACIONAL
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Ofrécese como recompensa, dentro del territorio de la
REPÚBLICA ARGENTINA, la suma de PESOS CINCO MILLONES ($5.000.000),
destinada a aquellas personas que, sin haber intervenido en los hechos
delictuales, brinden datos útiles que permitan lograr dar con el
paradero de María Alejandra RODRIGUEZ, titular del DNI Nº 25.535.310,
nacida el 25 de enero de 1977, soltera, hija de María Elba GANDARA.
ARTÍCULO 2°.- Quienes cuenten con información podrán comunicarse
telefónicamente con el PROGRAMA NACIONAL DE RECOMPENSAS, dependiente de
la DIRECCIÓN NACIONAL DE NORMATIVA Y RELACIONES CON LOS PODERES
JUDICIALES Y LOS MINISTERIOS PÚBLICOS de este Ministerio, llamando a la
línea gratuita 134.
ARTÍCULO 3°.- El pago de la recompensa será realizado en este
Ministerio o en el lugar que designe la representante de esta Cartera
de Estado, previo informe del representante de la autoridad
interviniente sobre el mérito de la información brindada, preservando
la identidad del aportante.
ARTÍCULO 4º.- Encomiéndase a la DIRECCIÓN DE COMUNICACIÓN INSTITUCIONAL
de este Ministerio la difusión de la parte dispositiva y el Afiche de
la presente en medios de comunicación escritos, radiales o televisivos
de circulación nacional.
ARTÍCULO 5°.- Instrúyase a las Fuerzas Policiales y de Seguridad
Federales para que procedan a la difusión y publicación, en todas sus
formas, del afiche que obra como (IF-2025-37059641-APN-DNNYRPJYMP#MSG)
correspondiente a la recompensa ofrecida, formando parte integrante de
la presente resolución.
ARTÍCULO 6º.- La presente medida entrará en vigencia el día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA.
ARTÍCULO 7º.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Patricia Bullrich
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 13/05/2025 N° 31053/25 v. 13/05/2025
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)