AGENCIA NACIONAL DE MATERIALES CONTROLADOS
Resolución 60/2025
RESOL-2025-60-APN-ANMAC#MSG
Ciudad de Buenos Aires, 15/05/2025
VISTO el Expediente EX-2025-48730663- -APN-DNAAJYM#ANMAC, la Ley N°
20.429, la Ley N° 27.192, el Decreto Nro. 395/75, la Resolución ANMAC
N°117/124, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley Nº 20.429 se encarga de regular todo lo concerniente a la
adquisición, uso, tenencia, portación, transmisión por cualquier
título, transporte, introducción al país e importación de armas de
fuego y de lanzamiento a mano o por cualquier clase de dispositivo,
agresivos químicos de toda naturaleza y demás materiales que se
clasifiquen como armas de guerra, pólvoras, explosivos y afines, y
armas, municiones y demás materiales clasificados de uso civil.
Que la Ley Nº 27.192 creó la AGENCIA NACIONAL DE MATERIALES
CONTROLADOS, con autarquía económico financiera, personería jurídica
propia y capacidad de actuación en el ámbito del derecho público y
privado, la cual tiene como misión la aplicación, control y
fiscalización de la Ley Nacional de Armas y Explosivos, 20.429, y sus
normas complementarias y modificatorias y demás normativa de
aplicación, así como la cooperación en el desarrollo de una política
criminal en la materia, el desarrollo e implementación de políticas de
prevención de la violencia armada.
Que el Decreto N° 395/75 aprueba la Reglamentación de la Ley Nacional de Armas y Explosivos.
Que el Estado Nacional se encuentra desarrollando un proceso de
simplificación en trámites administrativos en lo que respecta a la
incorporación de nuevas plataformas tecnológicas que facilitan la
vinculación y las transformaciones entre los distintos organismos que
la componen.
Que conforme lo antes dicho, y mediante Resolución N° 117/24 la ANMaC
ha generado la Plataforma “MiAnmac” (accesible desde el sitio web
“MiAnmac.minseg.gob.ar”).
Que la Dirección de Sistemas ha elevado una propuesta de unificación de
los canales de comunicación de las autoridades judiciales y
administrativas con la Agencia, simplificando la presentación de
solicitudes de informes.
Que la Dirección Nacional de Administración, Asuntos Jurídicos y Modernización ha prestado conformidad.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competencia.
Que el suscripto es competente para adoptar la presente medida, en
virtud de lo dispuesto por la Ley Nacional de Armas y Explosivos N°
20.429, la Ley N° 27.192 y el Decreto N° 80/24.
Por ello,
EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA NACIONAL DE MATERIALES CONTROLADOS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°: Apruébase el módulo OFICIOS, el cual estará disponible a
través de la plataforma “MiAnmac” (“MiAnmac.minseg.gob.ar”),
permitiendo a las autoridades judiciales y administrativas del país, la
presentación y consulta de sus requerimientos.
ARTÍCULO 2°: Establézcase que a partir del día siguiente a la
publicación de la presente Resolución no se recibirán oficios mediante
las direcciones de correo electrónico que eran utilizadas a tal efecto.
ARTÍCULO 3°: Facúltese a la Dirección de Sistemas, o la dependencia que
en un futuro la reemplace, a ampliar las funcionalidades del módulo
OFICIOS de la Plataforma Digital “MiAnmac”.
ARTICULO 4°:Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Juan Pablo Allan
e. 19/05/2025 N° 32650/25 v. 19/05/2025