INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES
Resolución 460/2025
RESOL-2025-460-APN-INCAA#SC
Ciudad de Buenos Aires, 26/06/2025
VISTO el EX-2025-65323703- -APN-SGTYC#INCAA del Registro del INSTITUTO
NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES, la Ley N° 17.741 (t.o. 2001) y
sus modificatorias, los Decretos N° 1536 de fecha 20 de agosto de 2002
y N° 202 de fecha 28 de febrero de 2024 y la Resolución INCAA N° 453 de
fecha 30 de julio de 2024, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 17.741 (t.o. 2001) y sus modificatorias, tiene como
objetivos fundamentales el fomento y la regulación de la actividad
cinematográfica en el territorio nacional.
Que dentro de las medidas de fomento previstas por la Ley N° 17.741
(t.o. 2001) y sus modificatorias, se encuentra la facultad del
presidente del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES de
auspiciar concursos y otorgar premios.
Que la producción audiovisual es un vehículo esencial para la
innovación creativa y el fortalecimiento de la identidad nacional. En
este contexto, el INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES se
compromete a fomentar el desarrollo y la excelencia de la industria
cinematográfica argentina apoyando proyectos que pueden alcanzar
reconocimiento a nivel nacional como internacional.
Que mediante Resolución INCAA N° 453/2024 se aprobaron los Lineamientos
Generales de Concursos y Premios, con el cual el INCAA establece las
bases para la realización de concursos destinados a apoyar a
productores, guionistas y directores tanto noveles como consolidados,
promoviendo la inclusión y la diversidad cultural en todo el país, con
el fin de premiar no solo la excelencia en la producción audiovisual,
sino también contribuir al crecimiento sostenido de la industria.
Que resulta necesario llamar a guionistas a presentar guiones
terminados con la finalidad de premiar a aquellos que tengan mayor
potencialidad y originalidad, impulsando el desarrollo profesional y
mejorando la calidad del contenido audiovisual.
Que por tanto, es necesario aprobar su implementación y su presupuesto
total a fin de garantizar el correcto cumplimiento de esta edición del
“CONCURSO DE GUIÓN AUDIOVISUAL TERMINADO DE FICCIÓN Y/O ANIMACIÓN y
GUIÓN TERMINADO PARA SERIES AUDIOVISUALES DE FICCIÓN Y/O ANIMACIÓN
2025”.
Que en virtud de todo lo expuesto debe dictarse el correspondiente acto administrativo.
Que la SUBGERENCIA DE PROMOCIÓN, la COORDINACIÓN DE PLANIFICACIÓN
PRESUPUESTARIA E INVERSIONES, la GERENCIA DE POLÍTICAS PÚBLICAS, la
GERENCIA GENERAL, y la GERENCIA DE ASUNTOS LEGALES han tomado la
intervención que les compete.
Que las atribuciones y competencias para la emisión de este acto se
encuentran previstas en la Ley N° 17.741 (t.o.2001) y sus
modificatorias, y en los Decretos N° 1536/2002 y N° 202/2024.
Por ello,
EL PRESIDENTE DEL INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Autorizar la implementación del “CONCURSO DE GUIÓN
AUDIOVISUAL TERMINADO DE FICCIÓN Y/O ANIMACIÓN y GUIÓN TERMINADO PARA
SERIES AUDIOVISUALES DE FICCIÓN Y/O ANIMACIÓN 2025”.
ARTÍCULO 2º.- Aprobar el presupuesto en concepto de premios identificado como IF-2025-66528807- APN-SGP#INCAA
ARTÍCULO 3º.- Llamar a GUIONISTAS a presentar guiones audiovisuales
terminados para películas de largometrajes de ficción o animación, con
un máximo de tiempo en pantalla de CIENTO VEINTE (120) minutos y
aprobar las BASES Y CONDICIONES del “CONCURSO DE GUIÓN AUDIOVISUAL
TERMINADO DE FICCIÓN Y/O ANIMACIÓN 2025” que obran como Anexo I según
IF-2025-66528965-APN-SGP#INCAA, que a todos los efectos, forman parte
integrante de la presente resolución.
ARTICULO 4º.- Llamar a GUIONISTAS a presentar guiones terminados de
series de ficción y animación de al menos 4 capítulos con un mínimo de
duración de 15 minutos por capítulo y aprobar las BASES Y CONDICIONES
del “CONCURSO DE GUIÓN TERMINADO PARA SERIES AUDIOVISUALES DE FICCIÓN
Y/O ANIMACIÓN 2025” que obran como ANEXO II según
IF-2024-66529547-APN-SGP#INCAA, que a todos los efectos, forman parte
integrante de la presente resolución.
ARTÍCULO 5º.- Establecer como plazo de presentación desde las 00 horas
del 30 de junio de 2025 hasta las 14 horas del día 31 de julio de 2025,
como fechas de apertura y cierre respectivamente, para las
presentaciones del llamado a Concurso.
ARTÍCULO 6º.- Determinar que la participación en el presente concurso
implica el conocimiento y aceptación de todo lo establecido en el
Pliego de Bases y Condiciones.
ARTÍCULO 7º.- Imputar el gasto a la partida del ejercicio financiero
correspondiente, sujeto a disponibilidad presupuestaria del Organismo.
ARTÍCULO 8º.- Establecer que se deja sin efecto cualquier otra Resolución del Organismo que contradiga a esta Resolución.
ARTÍCULO 9º.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y oportunamente archívese.
Carlos Luis Pirovano
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 30/06/2025 N° 44856/25 v. 30/06/2025
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: AnexoI, AnexoII)