AGENCIA DE RECAUDACIÓN Y CONTROL ADUANERO
Resolución General 5718/2025
RESOG-2025-5718-E-ARCA-ARCA - Régimen
de servicios extraordinarios. Resolución General Nº 665, sus
modificatorias y complementarias. Su complementaria.
Ciudad de Buenos Aires, 01/07/2025
VISTO el Expediente Electrónico N° EX-2025-01604319- -AFIP-DVSEEX#DGADUA y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 773 del Código Aduanero -Ley Nº 22.415 y sus
modificaciones- establece que las operaciones y demás actos sujetos a
control aduanero, cuya realización se autorizare en horas inhábiles,
están gravados con una tasa cuyo importe debe guardar relación con la
retribución de los servicios extraordinarios que el servicio aduanero
debe abonar a los agentes que se afecten al control de dichos actos.
Que la Resolución General N° 665, sus modificatorias y complementarias, determina las normas sobre servicios extraordinarios.
Que la Resolución General N° 5.500 aprueba el cuadro tarifario para las
prestaciones que en carácter de servicios extraordinarios realice el
personal de este Organismo, a partir del 16 de abril de 2024.
Que el artículo 6° de la Disposición N° DI-2025-60-E-AFIP-ARCA del 24
de abril de 2025 autoriza a actualizar un nuevo cuadro tarifario para
las prestaciones que en carácter de servicios extraordinarios realice
el personal comprendido en el Convenio Colectivo de Trabajo N° 56/92 -
Laudo N° 16/92 (t.o. Resolución S.T. 924/10), según los incrementos
salariales establecidos en los artículos primero y segundo de la
mencionada norma.
Que han tomado la intervención que les compete las Direcciones de
Legislación y Recursos Humanos, las Subdirecciones Generales de Asuntos
Jurídicos y Administración, y la Dirección General de Aduanas.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por
los artículos 4°, 6°, 7° y 9° del Decreto N° 618 del 10 de julio de
1997, sus modificatorios y sus complementarios, y por el Decreto N° 953
del 24 de octubre de 2024.
Por ello,
EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA DE RECAUDACIÓN Y CONTROL ADUANERO
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Aprobar los nuevos cuadros tarifarios para las
prestaciones que en carácter de servicios extraordinarios realice el
personal de este Organismo, los que se consignan en los Anexos I
(IF-2025-02044061-ARCA-SGDADVCOAD#SDGPCI) y II
(IF-2025-02044119-ARCA-SGDADVCOAD#SDGPCI), que se aprueban y forman
parte de la presente.
ARTÍCULO 2°.- Esta resolución general entrará en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO
OFICIAL para su publicación en el Boletín Oficial, difúndase a través
del Boletín de la Dirección General de Aduanas y archívese.
Juan Alberto Pazo
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución General se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 03/07/2025 N° 46367/25 v. 03/07/2025
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: AnexoI, AnexoII)