INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS
Resolución 316/2025
RESOL-2025-316-APN-INASE#MEC
Ciudad de Buenos Aires, 23/06/2025
VISTO el Expediente EX-2024-142867129--APN-DGDYD#JGM Presentación Ciudadana ante el Poder Ejecutivo, y
CONSIDERANDO:
Que con fecha 30 de diciembre de 2024 la empresa PIONEER ARGENTINA
S.R.L, ha presentado la nota solicitando la baja de las inscripciones
en el Registro Nacional de la Propiedad de Cultivares, creado por el
artículo 19 de la Ley de Semillas y Creaciones Fitogenéticas Nº 20.247,
de la creación fitogenética de alfalfa de denominación 56S82, de las
creaciones fitogenéticas de soja transgénica de denominaciones 93B36,
94M40, 94M30 y 93M92, de las creaciones fitogenéticas de maíz de
denominaciones PH7WD, PHJTM4, PHMTT1, PHBNA, PH9PH, PHM8J, PHSBS2,
PHSDC1, PH KHT1, PHK1P4, PHKOR3, PH11BG2 y PHY7M2.
Que el artículo 30 inciso a) de la Ley de Semillas y Creaciones
Fitogenéticas Nº 20.247 establece que caducará el Título de Propiedad
sobre un cultivar por renuncia del propietario a sus derechos, en cuyo
caso los cultivares serán de uso público.
Que el artículo 36 inciso a) del Decreto Nº 2.183 de fecha 21 de
octubre de 1991, Reglamentario de la Ley de Semillas y Creaciones
Fitogenéticas Nº 20.247 establece que el derecho del obtentor sobre una
variedad caducará por renuncia del obtentor a sus derechos, en cuyo
caso las variedades serán de uso público.
Que el artículo 38 del Decreto Nº 2.183 de fecha 21 de octubre de 1991,
Reglamentario de la Ley de Semillas y Creaciones Fitogenéticas Nº
20.247 establece que se publicarán a cargo del interesado en el Boletín
Oficial las renuncias a los Títulos de Propiedad otorgados.
Que la Dirección de Registro de Variedades de este INSTITUTO NACIONAL
DE SEMILLAS, organismo descentralizado de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA,
GANADERÍA y PESCA del MINISTERIO DE ECONOMÍA, ha tomado la intervención
de su competencia.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos de este INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, ha dictaminado al respecto.
Que el suscripto es competente para dictar el presente acto, en virtud
de lo establecido en los artículos 8° y 9º del Decreto Nº 2.817 de
fecha 30 de diciembre de 1991, ratificado por la Ley Nº 25.845, y el
Decreto Nº 65 de fecha 19 de enero de 2024.
Por ello,
EL PRESIDENTE DEL DIRECTORIO DEL INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Declárese la caducidad de los derechos de propiedad
pertinentes de las firmas titulares, sobre la creación fitogenética de
alfalfa de denominación 56S82, de las creaciones fitogenéticas de soja
transgénica de denominaciones 93B36, 94M40, 94M30 y 93M92, de las
creaciones fitogenéticas de maíz de denominaciones PH7WD, PHJTM4,
PHMTT1, PHBNA, PH9PH, PHM8J, PHSBS2, PHSDC1, PH KHT1, PHK1P4, PHKOR3,
PH11BG2 y PHY7M2, inscriptas en el Registro Nacional de la Propiedad de
Cultivares, creado por el artículo 19 de la Ley de Semillas y
Creaciones Fitogenéticas Nº 20.247, mediante las Resoluciones Nros. 48
de fecha 15 de marzo de 2005, 2 de fecha 5 de enero de 2005, 114 de
fecha 22 de septiembre de 2006, 255 de fecha 5 de septiembre de 2007,
378 de fecha 31 de octubre de 2008, 10 de fecha 18 de julio de 2006,
150 de fecha 18 de octubre de 2006, 8 de fecha 4 de febrero de 2008,
212 de fecha 31 de julio de 2008, todas de este INSTITUTO NACIONAL DE
SEMILLAS, organismo descentralizado en la órbita de la ex –SECRETARÍA
DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y ALIMENTOS del ex – MINISTERIO DE
ECONOMÍA y PRODUCCIÓN, y 233 de fecha 22 de julio de 2010, 156 de fecha
8 de junio de 2010 y 426 de fecha 18 de octubre de 2013 todas, de este
INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, organismo descentralizado en la órbita
del ex – MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA y PESCA, pasando las
mismas a ser de uso público, en virtud de la renuncia solicitada por el
titular (artículo 30 inciso a) de la Ley de Semillas y Creaciones
Fitogenéticas Nº 20.247 y artículo 36 inciso a) del Decreto
Reglamentario Nº 2.183 de fecha 21 de octubre de 1991).
ARTÍCULO 2º.- Comuníquese, publíquese a cargo del interesado en la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Claudio Dunan
e. 15/07/2025 N° 49600/25 v. 15/07/2025