MINISTERIO DE SEGURIDAD NACIONAL
Resolución 876/2025
RESOL-2025-876-APN-MSG
Ciudad de Buenos Aires, 18/07/2025
VISTO el Expediente EX-2025-72456721- -APN-DNNYRPJYMP#MSG del Registro
del MINISTERIO DE SEGURIDAD NACIONAL, la Ley N° 26.538, la Resolución
Conjunta M.J. y D.H. Nº 445 y M.S. Nº 271 del 24 de junio de 2016 y sus
modificatorias, y la Resolución del MINISTERIO DE SEGURIDAD N° 828 del
27 de septiembre de 2019, y
CONSIDERANDO:
Que en la UNIDAD FISCAL SANTE FE, a cargo del Doctor Walter Alberto
RODRIGUEZ, se instruye la causa N° FRO 2333/2024, caratulada
“INVESTIGACIÓN FISCALÍA FEDERAL Nº 2 Y OTROS S/INFRACCIÓN LEY 23.737
PRESENTANTE: SOUZA, ROCIO LORENA Y OTROS”, del registro del Juzgado
Federal Nº 2 de Santa Fe.
Que la mencionada UNIDAD FISCAL solicitó a este Ministerio, mediante
oficio del 13 de junio de 2025, se ofrezca recompensa para aquellas
personas que, sin haber intervenido en los hechos delictuales, brinden
datos útiles que permitan lograr la captura de Jorge Alberto MENDIETA,
alias “Turu” titular del DNI N° 32.301.542, de nacionalidad Argentina,
nacido el 10 de noviembre de 1986, con último domicilio conocido en
Azopardo Nº 10425, del barrio Punta Norte, ciudad de Santa Fe,
provincia homónima, a quien se lo vincula con un Club de bochas
identificado como “CLUB LOS 17”, ubicado en la calle Lamadrid Nº 7727
intersección con la calle Regimiento 12 de Infantería, del centro del
barrio Las Flores, de la mencionada ciudad.
Que Jorge Alberto MENDIETA se encuentra investigado por haber
intervenido en actividades vinculadas al tráfico de estupefacientes
(art. 5, inc. “C” de la Ley N° 23.737) agravado por el art. 11, inc.
“C” de la citada Ley.
Que pesa sobre Jorge Alberto MENDIETA orden de captura nacional desde el 27 de mayo del corriente año.
Que el nombrado posee las siguientes características físicas: ojos
marrones, cabello oscuro, complexión robusta, altura aproximada 1.75
mts., posee tatuajes de gran tamaño en el pecho con el nombre de
“SAMIRAH”, tatuaje tipo manga en el brazo izquierdo, tatuaje en el
bíceps derecho un tatuaje tipo manga en la parte baja de la pierna
izquierda.
Que el artículo 3º de la Ley Nº 26.538 establece que la autoridad de
aplicación, por sí o a requerimiento del MINISTERIO PÚBLICO FISCAL hará
el ofrecimiento de recompensa y tendrá a su cargo el pago.
Que el artículo 1° del Anexo II de la RESOL-2019-828-APN-MSG establece
los montos sobre los cuales se determinarán los ofrecimientos de
recompensa; por su parte, el artículo 2º indica que los montos podrán
modificarse de acuerdo a la complejidad y gravedad del delito cometido,
según lo estime la titular de esta cartera.
Que han tomado la intervención de su competencia la SUBSECRETARÍA DE
GESTIÓN ADMINISTRATIVA y la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de
este Ministerio.
Que la presente se dicta en el marco de las atribuciones conferidas en
el artículo 4°, inciso b), apartado 9, de la Ley de Ministerios (t.o.
1992) y sus modificatorias, y en los artículos 1° y 3° de la Ley N°
26.538; y de conformidad con lo dispuesto en la Resolución Conjunta
M.J. y D.H. Nº 445/16 y M.S. Nº 271/16 y sus modificatorias y la
Resolución N° 828 del 1 de octubre de 2019 de esta cartera
Por ello,
LA MINISTRA DE SEGURIDAD NACIONAL
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Ofrécese como recompensa, dentro del territorio de la
REPÚBLICA ARGENTINA, la suma de PESOS CINCO MILLONES ($5.000.000)
destinada a aquellas personas que, sin haber intervenido en los hechos
delictuales, brinden datos útiles que permitan lograr la captura de
Jorge Alberto MENDIETA, alias “Turu” titular del DNI N° 32.301.542, de
nacionalidad Argentina, nacido el 10 de noviembre de 1986, con último
domicilio conocido en Azopardo Nº 10425, barrio Punta Norte, ciudad de
Santa Fe, provincia homónima.
ARTÍCULO 2°.- Quienes cuenten con información podrán comunicarse
telefónicamente a la línea gratuita 134 del PROGRAMA NACIONAL DE
RECOMPENSAS, dependiente de la DIRECCIÓN NACIONAL DE NORMATIVA Y
RELACIONES CON LOS PODERES JUDICIALES Y LOS MINISTERIOS PÚBLICOS de
este Ministerio.
ARTÍCULO 3°.- El pago de la recompensa será realizado en este
Ministerio o en el lugar que designe el representante de esta cartera
de Estado previo informe del representante de la autoridad
interviniente sobre el mérito de la información brindada a fin de
preservar la identidad del aportante.
ARTÍCULO 4°.- Encomiéndese a la DIRECCIÓN DE COMUNICACIÓN INSTITUCIONAL
de este Ministerio la difusión de la parte dispositiva y el Anexo de la
presente en medios de comunicación escritos, radiales o televisivos de
circulación nacional.
ARTÍCULO 5°.- Instrúyase a las Fuerzas Policiales y de Seguridad
Federales para que procedan a la difusión y publicación, en todas sus
formas, del afiche que obra como (IF-2025-71468360-APN-DNNYRPJYMP#MSG)
correspondiente a la recompensa ofrecida y que forma parte integrante
de la presente resolución.
ARTÍCULO 6º.- La presente medida entrará en vigor el día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA.
ARTÍCULO 7º.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Patricia Bullrich
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 21/07/2025 N° 51694/25 v. 21/07/2025
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)