AGENCIA DE PUBLICIDAD DEL ESTADO SOCIEDAD ANÓNIMA UNIPERSONAL
Decreto 498/2025
DECTO-2025-498-APN-PTE - Dispónese el cese de la intervención.
Ciudad de Buenos Aires, 24/07/2025
VISTO el Expediente N° EX-2025-80306159-APN-CMEYGD#SCYM, la Ley Nº
19.550 T.O. 1984 y sus modificaciones, los Decretos Nros. 2507 del 5 de
diciembre de 2002 y sus modificatorios, 70 del 20 de diciembre de 2023,
117 del 2 de febrero de 2024 y su modificatorio, 548 del 28 de junio de
2024 y sus modificatorios, 576 del 3 de julio de 2024, 963 del 30 de
octubre de 2024 y la Decisión Administrativa N° 5 del 31 de enero de
2025, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto N° 2507/02 y sus modificatorios se creó la ex
TÉLAM SOCIEDAD DEL ESTADO, en jurisdicción de la entonces SECRETARÍA DE
MEDIOS DE COMUNICACIÓN de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, en los términos
de la derogada Ley N° 20.705, la cual tenía como objeto la
administración, operación y desarrollo de servicios periodísticos y de
Agencia de Noticias y de Publicidad.
Que por el citado Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 70/23, entre otras
cuestiones se declaró la emergencia pública en materia económica,
financiera, fiscal, administrativa, previsional, tarifaria, sanitaria y
social hasta el 31 de diciembre de 2025.
Que la precitada norma tuvo en consideración que, con el fin de lograr
una mayor eficiencia en el funcionamiento del sector público, resulta
necesario efectuar una profunda reorganización de las empresas públicas.
Que, en ese sentido, a través del artículo 40 del referido decreto se
derogó la Ley N° 20.705, que regulaba el régimen aplicable a las
Sociedades del Estado; y por su artículo 48 se dispuso la
transformación de las Sociedades o Empresas con participación del
Estado en Sociedades Anónimas, sujetas al régimen de la Ley General de
Sociedades N° 19.550 - T.O. 1984 y sus modificaciones.
Que por el Decreto N° 117/24 y su modificatorio se dispuso la
intervención -entre otras sociedades- de TÉLAM SOCIEDAD DEL ESTADO, por
el plazo de UN (1) año, prorrogable por única vez por idéntico plazo
por la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, a los efectos de llevar a
cabo su transformación en Sociedad Anónima y con el fin de definir su
conducción y contribuir a optimizar la eficacia y la eficiencia de las
acciones que cumple.
Que mediante el Decreto Nº 548/24 y sus modificatorios se dispuso la
transformación de la entonces TÉLAM SOCIEDAD DEL ESTADO en SOCIEDAD
ANÓNIMA UNIPERSONAL, bajo la denominación de AGENCIA DE PUBLICIDAD DEL
ESTADO SOCIEDAD ANÓNIMA UNIPERSONAL (APE S.A.U.) actualmente en la
órbita de la SUBSECRETARÍA DE VOCERÍA Y COMUNICACIÓN DE GOBIERNO de la
SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN Y MEDIOS de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN,
bajo el régimen de la Ley General de Sociedades N° 19.550, T.O. 1984 y
sus modificaciones.
Que por el artículo 2º del Decreto N° 576/24 se estableció que hasta
tanto se designen a las autoridades de la AGENCIA DE PUBLICIDAD DEL
ESTADO SOCIEDAD ANÓNIMA UNIPERSONAL (APE S.A.U.), el ingeniero Eduardo
Roberto GONZÁLEZ ejercerá las facultades dispuestas por los artículos
4° y 5° del Decreto N° 117/24 y su modificatorio y las previstas en el
artículo 8° del Decreto N° 548/24; y, a su vez, por el artículo 1º del
Decreto Nº 963/24 se dispuso, entre otros aspectos, la continuidad del
ejercicio de dichas facultades.
Que por el artículo 2° de la Decisión Administrativa N° 5/25 se
prorrogó la intervención de la AGENCIA DE PUBLICIDAD DEL ESTADO
SOCIEDAD ANÓNIMA UNIPERSONAL (APE S.A.U.) hasta tanto se designen a las
autoridades, conforme lo establecido en el Decreto N° 576/24.
Que conforme surge del Informe de gestión del 24 de julio de 2025
elaborado por el ingeniero Eduardo Roberto GONZÁLEZ y del Acta de
Intervención N° 12 del 22 de julio de 2025 por la que, entre otros
extremos, se convocó a Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria para
la designación del Directorio de la precitada sociedad, se han cumplido
los objetivos que dieron origen a la intervención de la AGENCIA DE
PUBLICIDAD DEL ESTADO SOCIEDAD ANÓNIMA UNIPERSONAL (APE S.A.U.).
Que, en consecuencia, corresponde dar por finalizada la intervención
prevista a efectos de reestablecer el giro normal y habitual de la
empresa.
Que el servicio de asesoramiento jurídico pertinente ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- Dispónese el cese de la intervención de la AGENCIA DE
PUBLICIDAD DEL ESTADO SOCIEDAD ANÓNIMA UNIPERSONAL (APE S.A.U.),
ordenada por el Decreto N° 117 del 2 de febrero del 2024 y prorrogada
por la Decisión Administrativa N° 5 del 31 de enero de 2025.
ARTÍCULO 2°.- Hasta tanto se designen a las autoridades del Directorio
de la AGENCIA DE PUBLICIDAD DEL ESTADO SOCIEDAD ANÓNIMA UNIPERSONAL
(APE S.A.U.) y este se encuentre en funcionamiento, el ingeniero
Eduardo Roberto GONZÁLEZ (D.N.I. N° 14.961.526) continuará ejerciendo
la representación legal y la dirección y administración de la referida
sociedad.
ARTÍCULO 3°.- Instrúyese a la SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN Y MEDIOS de la
PRESIDENCIA DE LA NACIÓN a arbitrar las medidas necesarias para la
regularización operativa de la AGENCIA DE PUBLICIDAD DEL ESTADO
SOCIEDAD ANÓNIMA UNIPERSONAL (APE S.A.U.) en la Asamblea General
Ordinaria y Extraordinaria convocada para la designación del Directorio
de dicha Sociedad.
ARTÍCULO 4°.- La presente medida entrará en vigencia el día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL.
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
MILEI - Guillermo Francos
e. 25/07/2025 N° 53085/25 v. 25/07/2025