JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
DIRECCIÓN NACIONAL ELECTORAL
Disposición 3/2025
DI-2025-3-APN-DNE#JGM
Ciudad de Buenos Aires, 25/07/2025
VISTO el Expediente N° EX-2025-44810848- -APN-DNE#JGM, la Ley N° 26.215
y sus modificaciones, el Decreto Nº 936 de fecha 30 de junio de 2010 y
sus modificatorios, el Reglamento de Procedimientos Administrativos
aprobado por Decreto Nº 1759/72 - (T.O. 2017) y la Disposición N° 1 de
fecha 22 de mayo de 2025 de la DIRECCION NACIONAL ELECTORAL, y
CONSIDERANDO:
Que por la Disposición mencionada en el Visto se asignaron a los
partidos políticos reconocidos el aporte para su desenvolvimiento
institucional establecido en los artículos 9°, incisos a) y b), y 10 de
la Ley N° 26.215 y sus modificatorias.
Que con posterioridad al dictado de la Disposición N° 1/25, la
Secretaria Electoral del Juzgado Federal con Competencia Electoral de
la Provincia de SALTA, notifica a esta instancia el Oficio Judicial
(DEO N°:18621114), de fecha 30 de mayo de 2025, importado al sistema de
Gestión Documental Electrónica a través del
OJ-2025-57965735-APN-DNE#JGM, el fallo dictado por la CÁMARA NACIONAL
ELECTORAL que revoca la sentencia emanada de dicho Juzgado, en el marco
de los autos caratulados “P. MOV. SOCIALISTA DE LOS TRABAJADORES -
DISTRITO SALTA c/PODER EJECUTIVO NACIONAL - MINISTERIO DEL INTERIOR -
DIRECCIÓN NACIONAL ELECTORAL s/AMPARO”, (Expte. 6568/2025).
Que la Dirección de Gestión y Financiamiento Partidario Electoral
dependiente de esta Dirección Nacional informa a través de la
PV-2025-71455067-APN-DFPYE#MI que mediante Oficio Judicial (DEO: N°
15118361), importado al sistema de Gestión Documental Electrónica a
través del OJ-2024-88852332-APN-DNE#MI, que se remitió a esta instancia
la Resolución de fecha 7 de agosto de 2024 del Juzgado Federal con
Competencia Electoral de la Provincia de SALTA que sanciona al partido
MOVIMIENTO SOCIALISTA DE LOS TRABAJADORES -distrito Salta-, con DOS (2)
multas fijas de PESOS NOVECIENTOS OCHENTA MIL ($ 980.000), por
incumplimiento del artículo 40 y de PESOS CINCUENTA Y SIETE MIL
DOSCIENTOS CUARENTA Y OCHO CON TREINTA Y SEIS CENTAVOS ($ 57.248,36)
por incumplimiento del artículo 12, ambos de la Ley N° 26.215 y sus
modificatorias, respecto del ejercicio contable 2021, las que fueron
oportunamente aplicadas el 14 de agosto de 2024 arrojando un saldo
deudor de dicha agrupación política por un monto de PESOS UN MILLON
TREINTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y OCHO CON TREINTA Y SEIS
CENTAVOS ($ 1.037.248,36).
Que mediante el Oficio Judicial (DEO N°: 15118701) importado al sistema
de Gestión Documental Electrónica a través del
OJ-2024-88853798-APN-DNE#M, ingresa otra Resolución esta vez de fecha 8
de agosto de 2024, en la cual dicho Juzgado vuelve a sancionar al
partido político mencionado esta vez con una multa fija de PESOS CIENTO
OCHENTA MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y CINCO CON CUARENTA Y CUATRO CENTAVOS
($ 180.945,44), por incumplimiento del artículo 12 de la Ley N° 26.215
y sus modificatorias respecto del ejercicio contable 2022, a tal efecto
el 14 de agosto de 2024 se procedió a la aplicación de esta nueva
multa, arrojando un saldo deudor para dicha agrupación política de
PESOS UN MILLON DOSCIENTOS DIECIOCHO MIL CIENTO NOVENTA Y TRES CON
OCHENTA CENTAVOS ($ 1.218.193,80).
Que por el Oficio Judicial (DEO N°: 18847421) importado al sistema de
Gestión Documental Electrónica a través del
OJ-2025-64236162-APN-DNE#JGM el partido MOVIMIENTO SOCIALISTA DE LOS
TRABAJADORES -distrito Salta- interpone una acción de amparo respecto
de la aplicación de las sanciones antes mencionadas.
Que en este sentido, y dado que la notificación del fallo fue en fecha
posterior a la Disposición N° 1/25, resulta necesario modificar los
Anexos II DI-2025-46490869-APN-DFPYE#MI y IV
DI-2025-47454955-APNDFPYE#MI de la misma a favor del partido MOVIMIENTO
SOCIALISTA DE LOS TRABAJADORES -distrito Salta-.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos de Interior ha tomado la intervención de su competencia.
Que el presente acto se dicta en virtud de lo dispuesto por el
Reglamento de Procedimientos Administrativos. aprobado por Decreto Nº
1759/72 - (T.O. 2017).
Por ello,
LA DIRECTORA NACIONAL ELECTORAL
DISPONE:
ARTÍCULO 1º.- Modifícase el Anexo II DI-2025-46490869-APN-DFPYE#MI de
la Disposición N° 1 de fecha 22 de mayo de 2025 de esta Dirección
Nacional, dejando sin efecto el importe de PESOS UN MILLON DOSCIENTOS
DIECIOCHO MIL CIENTO NOVENTA Y TRES CON OCHENTA CENTAVOS ($
1.218.193,80), detraído al partido MOVIMIENTO SOCIALISTA DE LOS
TRABAJADORES -distrito Salta-.
ARTÍCULO 2º.- Incorpórese en el Anexo IV DI-2025-47454955-APN-DFPYE#MI
de la Disposición N° 1 de fecha 22 de mayo de 2025 de esta Dirección
Nacional al partido MOVIMIENTO SOCIALISTA DE LOS TRABAJADORES -distrito
Salta- con un saldo a su favor de PESOS TRESCIENTOS TREINTA Y DOS MIL
SETECIENTOS SETENTA Y NUEVE CON CINCUENTA Y SEIS CENTAVOS ($
332.779,56).
ARTÍCULO 3º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente será
atendido con los créditos de la Jurisdicción 25 - Subjurisdicción 6 -
VICEJEFATURA DE GABINETE DEL INTERIOR para el Ejercicio 2025, y de la
Cuenta Especial Nº 2933/01 MINISTERIO DEL INTERIOR – 3001/325 – FPP
L25.600.
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Luz Landivar
e. 05/08/2025 N° 55174/25 v. 05/08/2025