MINISTERIO DE SALUD

DIRECCIÓN NACIONAL DE CALIDAD Y DESARROLLO DEL TALENTO EN SALUD

Disposición 61/2025

DI-2025-61-APN-DNCYDTS#MS

Ciudad de Buenos Aires, 04/08/2025

VISTO el Expediente N° EX-2025-82433784- -APN-DNCYDTS#MS, la Ley N° 22.127, la Resolución del Ministerio de Salud N° 2274 de fecha 25 de julio de 2025 y la Resolución del Ministerio de Salud N° 2303 de fecha 30 de julio de 2025 y;

CONSIDERANDO:

Que el Sistema Nacional de Residencias del Equipo de Salud, creado por la Ley N° 22.127, tiene como objetivo central complementar la formación integral de los profesionales de la salud en el ámbito de la formación en servicio, asegurando altos estándares de calidad, idoneidad y equidad.

Que mediante la Resolución Ministerial N° 2274/25 se ha dispuesto la realización de una nueva instancia evaluativa para los postulantes de medicina del Concurso Unificado de Residencias Básicas y Articuladas del Equipo de Salud que obtuvieron una calificación igual o superior a 86 puntos en el examen del 1° de julio de 2025 y que no hayan merecido el visto bueno de congruencia académica.

Que a su vez, por medio de la citada Resolución se establece que la nueva instancia evaluativa se llevará a cabo de acuerdo al cronograma que como ANEXO I forma parte integrante de la misma y de conformidad con las pautas dispuestas en su ANEXO II.

Que la Resolución Ministerial N° 2274/25, en su artículo 4° encomienda a la DIRECCIÓN NACIONAL DE CALIDAD Y DESARROLLO DEL TALENTO EN SALUD la implementación operativa, logística y normativa del nuevo examen, así como el dictado de normativa complementaria, velando por la transparencia, la objetividad y la equidad del proceso evaluativo.

Que, en razón de ello, resulta fundamental determinar con claridad las reglas y los aspectos pedagógicos que regirán la mencionada instancia evaluativa, a fin de garantizar la seriedad, equidad e integridad de los resultados.

Que en esa línea, se propicia por medio de la presente, la aprobación del Documento “PAUTAS Y CONDICIONES PARA LA REALIZACIÓN DEL EXAMEN” (ANEXO I).

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente norma se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 4° de la Resolución Ministerial N° 2274 de fecha 25 de julio de 2025 y su modificatoria Resolución Ministerial N° 2303 de fecha 30 de julio de 2025.

Por ello,

EL DIRECTOR NACIONAL DE CALIDAD Y DESARROLLO DEL TALENTO EN SALUD

DISPONE:

ARTÍCULO 1°.- Apruébese el Documento “PAUTAS Y CONDICIONES PARA LA REALIZACIÓN DEL EXAMEN” que como ANEXO I (IF-2025-84927405-APN-DNCYDTS#MS), forma parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 2°.- Difúndase a través de la DIRECCIÓN NACIONAL DE CALIDAD Y DESARROLLO DEL TALENTO EN SALUD el documento que se aprueba por el artículo 1° de la presente.

ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Juan Pablo Vivas

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 05/08/2025 N° 55325/25 v. 05/08/2025

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial)


Introducción

El presente anexo tiene por objeto establecer las pautas y condiciones para la realización del examen escrito constitutivo de la nueva instancia evaluativa dispuesta por la Resolución Ministerial N° 2274/2025, destinada exclusivamente a los médicos que rindieron el Examen Único de Medicina en el Concurso Unificado de Residencias Básicas y Articuladas del Equipo de Salud que hayan obtenido una calificación igual o superior a 86 puntos (sobre un total de 100 puntos) en el examen desarrollado el 1 ° de julio de 2025, y sobre los cuales no se haya podido verificar congruencia académica de conformidad con la mencionada norma.

Esta nueva instancia de evaluación tiene por objetivo obtener evidencias del conocimiento y desempeño de los médicos aspirantes. En ella se utilizará un examen escrito para que puedan demostrar sus conocimientos a través de la interpretación y el análisis de situaciones problemáticas de las áreas correspondientes a salud del niño, salud de la mujer, salud del adulto y salud pública.

Criterios de evaluación

Los criterios son los aspectos sustantivos que se tendrán en cuenta para valorar la información disponible acerca del desempeño de los médicos aspirantes.

En este proceso se evaluará:

• El conocimiento

• La aplicación del conocimiento

• La comprensión de los mecanismos fisiopatológicos, diagnósticos y terapéuticos

• La construcción de diagnósticos diferenciales lógicos

• La fundamentación de decisiones clínicas.

• La integración de saberes

• La claridad en la expresión

• El sostenimiento de principios éticos en las respuestas

Modalidades de evaluación

Rendirán un examen escrito aquellos médicos aspirantes que no hubieran obtenido la congruencia académica por parte del comité, conforme lo establecido en el Anexo II de la Resolución Ministerial N° 2303/2025

EXAMEN ESCRITO:

a. Formato: El examen escrito presencial consistirá en una prueba de CIEN (100) preguntas de opción múltiple.

b. Puntuación: Cada pregunta tendrá un valor de UN (1) punto.

c. Criterio de Evaluación de Nota: Se considerará un posible desvío de hasta 10% en la nota obtenida en el examen del 1 de julio de 2025, manteniéndose dicha calificación. En caso de que el postulante obtuviera una nota inferior a dicho desvío, se le asignará la nota que obtenga en esta instancia.

d. Límite de Calificación: En ningún caso un postulante podrá obtener una nota superior a la obtenida en el examen del 1° de julio de 2025, por lo que mantendrá aquella calificación a efectos de su utilización para la conformación del orden de mérito.

e. Bibliografía: La bibliografía de referencia será la misma prevista por la Resolución de la Secretaría de Gestión Sanitaria N° 1164/25, disponible en https://www.argentina.gob.ar/salud/residencias/ingreso/temario-y-bibliografia-0.

CONDICIONES GENERALES:

A. ACREDITACIÓN DE IDENTIDAD: Los médicos aspirantes deberán presentarse con Documento Nacional de Identidad (DNI) vigente a fin de acreditar su identidad, en el lugar, fecha y hora notificadas.

Los médicos aspirantes extranjeros podrán presentar certificado de residencia precaria vigente con foto. En caso de poseer recientemente la radicación temporaria o permanente, pero no se contará aún con el DNI, deberán presentar el acto dispositivo de la Dirección Nacional de Migraciones en conjunto con el DNI vencido o el Pasaporte. La no presentación de la documentación indicada impedirá al médico aspirante rendir el examen.

B. DISPOSITIVOS TECNOLÓGICOS: No estará permitido el ingreso al aula con ningún tipo de dispositivo tecnológico (celulares, relojes tipo smartwatch, anteojos inteligentes, calculadoras, etc). Los mismos serán evaluados al ingreso. La organización del presente examen no se hará responsable de ningún dispositivo electrónico propiedad de los postulantes, quienes no podrán ingresar a rendir con dichos objetos en su poder.

C. EXAMEN: El examen tiene una duración de 4 hs. Comienza a las 9:00 hs. y finaliza a las 13:00 hs.

Todos los postulantes, sin excepción, deberán entregar el examen antes de las 13:00 hs

D. En caso de que por extrema necesidad deba utilizar los sanitarios, será acompañado por personal responsable de aula.

E. REALIZACIÓN: El postulante recibirá un cuadernillo con 100 preguntas y una grilla y deberá completar las respuestas, con sus datos personales.

• Toda la grilla de respuestas debe ser completada con lapicera negra.

• Es imprescindible que el postulante marqué en la grilla de respuestas el TEMA que le tocó (A, B, C, D) de lo contrario no se podrá proceder a la corrección del examen.

• El examen será corregido en base a la grilla de respuestas entregada. Sólo se valorarán las respuestas marcadas en esa grilla.

• En la grilla de respuestas deberá rellenar, en forma completa, únicamente el círculo que consideré como opción correcta. Sólo hay una opción correcta. Si marcara más de una opción, o lo hiciere con una forma de marca no válida, la respuesta se considerará incorrecta.

• El cuadernillo de preguntas no tiene valor para la corrección. El mismo deberá ser entregado junto con la grilla de respuestas al finalizar el examen.

• El postulante deberá corroborar siempre que la opción marcada en la grilla de respuestas se corresponda con el número de pregunta y la respuesta elegida.

No se podrán procesar grillas de respuestas con tachaduras, borraduras, manchas, etc. No se entregarán grillas de respuestas adicionales.

No se podrá salir del aula donde se desarrolla el examen. En caso de ser necesario, deberá pedir permiso y será acompañado por un asistente.

• Si el postulante requiere certificado de asistencia al examen, podrá solicitarlo al responsable del aula al momento de la entrega del mismo. No se efectuarán entregas de certificados por correo electrónico ni por ningún otro medio.

F. CORRECCIÓN: Sólo se valorarán las respuestas marcadas correctamente en tu grilla.





G. AUSENCIA: Aquellos aspirantes que fueron convocados y que no se presentaren en la instancia evaluativa prevista, quedarán excluidos del orden de mérito.

H. CONDUCTAS INDEBIDAS: Quién incurra en conductas indebidas tendientes a falsear el resultado del examen será excluido automáticamente del orden de mérito.

IF-2025-84927405-APN-DNCYDTS#MS