JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES

Disposición 29/2025

DI-2025-29-APN-ONC#JGM

Ciudad de Buenos Aires, 08/08/2025

VISTO el Expediente EX-2025-85352008-APN-ONC#JGM, las Leyes Nros. 23.696 y 27.742 y el Decreto N° 416, del 17 de junio de 2025; y,

CONSIDERANDO:

Que en el CAPÍTULO II -Privatización- del TÍTULO II -Reforma del Estado- de la Ley Nº 27.742 de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos se declararon sujetas a privatización, en los términos y con los efectos de los Capítulos II y III de la Ley Nº 23.696, las empresas y sociedades de propiedad total o mayoritaria del ESTADO NACIONAL enumeradas en los artículos 7°, 8° y 9° de dicha ley.

Que, asimismo, en la precitada norma se encomendó al PODER EJECUTIVO NACIONAL llevar adelante las privatizaciones autorizadas según los procedimientos y modalidades dispuestas en los Capítulos II y III de la Ley Nº 23.696; y se previó que el proceso de privatización deberá desarrollarse de conformidad con los principios de transparencia, competencia, máxima concurrencia, gobierno abierto, eficiencia y eficacia en la utilización de los recursos, publicidad y difusión, debiendo la reglamentación establecer los plazos y modalidades específicas para garantizar la debida publicidad y difusión.

Que, por el artículo 1° del Decreto N° 416/25, se encomendó a esta OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES la implementación de un nuevo módulo del Sistema de Gestión Electrónica CONTRAT.AR como medio para efectuar en forma electrónica los procedimientos de licitación o concurso público que se efectúen para materializar las privatizaciones mediante la venta de los activos de las empresas, venta o colocación de acciones, cuotas partes del capital social o, en su caso, de establecimientos o haciendas productivas en funcionamiento; locación o administración con o sin opción a compra y permisos, de conformidad con las Leyes Nros. 27.742 y 23.696.

Que, en dicho marco, y de conformidad con su artículo 3°, se facultó a esta OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES, en su calidad de administrador del nuevo módulo del Sistema CONTRAT.AR, a dictar las normas complementarias, aclaratorias y operativas que sean necesarias a tal fin.

Que, por el artículo 4° del citado Decreto N° 416/25, se estableció que los interesados en participar en los procedimientos de licitación y concurso público, que se efectúen para materializar las privatizaciones mediante venta de los activos de las empresas, como unidad o en forma separada; la venta o colocación de acciones, cuotas partes del capital social o, en su caso, de establecimientos o haciendas productivas en funcionamiento; locación o administración con o sin opción a compra, por un plazo determinado, y concesión, licencia o permiso, deberán previamente inscribirse y validarse como usuarios externos del Sistema CONTRAT.AR conforme la normativa que dicte al efecto esta OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES.

Que en cumplimiento de lo previsto en el Decreto Nº 416/25 resulta pertinente aprobar un nuevo módulo del Sistema de Gestión Electrónica CONTRAT.AR, el que se denominará “Privatizaciones Leyes Nros. 27.742 y 23.696”.

Que, en razón de ello, resulta necesario prever la aplicación directa tanto de las Políticas, Términos y Condiciones de uso del Sistema de Gestión Electrónica CONTRAT.AR como de los restantes anexos, aprobados por la Resolución del Ministerio de Modernización Nº 197/17 y su modificatoria, al nuevo módulo del Sistema CONTRAT.AR.

Que corresponde aprobar el trámite que deberán realizar los interesados en participar en los procedimientos de licitación o concurso que se efectúen para materializar las privatizaciones mediante venta de los activos de las empresas, como unidad o en forma separada; la venta o colocación de acciones, cuotas partes del capital social o, en su caso, de establecimientos o haciendas productivas en funcionamiento; locación o administración con o sin opción a compra, por un plazo determinado; concesiones y licencias sujetas a regímenes específicos, y permisos, para la inscripción y validación como usuarios externos del Sistema CONTRAT.AR.

Que se estima conveniente, en consonancia con los principios de simplificación administrativa y razonabilidad que, en los casos de licitaciones o concursos públicos que tengan por objeto el otorgamiento de concesiones de obras e infraestructuras públicas y servicios públicos (incluidas las licencias de servicios públicos) sujetas a la Ley Nº 17.520, que se efectúen para materializar las privatizaciones dispuestas por la Ley Nº 27.742, se utilice el procedimiento de inscripción y validación de usuarios externos del Sistema CONTRAT.AR que ha sido aprobado por la Disposición N° 84, de fecha 14 de noviembre de 2024, de esta OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES.

Que, asimismo, conforme con el principio de celeridad, economía, sencillez, eficacia y eficiencia en los trámites, se considera conveniente y oportuno establecer que quienes ya se encuentren inscriptos como Concesionarios Ley N° 17.520, conforme el procedimiento aprobado por la referida Disposición ONC Nº 84/24, podrán participar, sin necesidad de una nueva inscripción y validación, en todos los procedimientos que se efectúen en el nuevo módulo del Sistema CONTRAT.AR para privatizaciones regidas por las Leyes Nros. 27.742 y 23.696.

Que, para uniformar los requisitos a exigir, se estima conveniente sustituir la declaración jurada de beneficiarios finales, oportunamente aprobada por el artículo 2° de la citada disposición y que, como Anexo IV forma parte integrante de la misma, así como incorporar el modelo de acta de Administrador Legitimado que deberán presentar los interesados en participar en los procedimientos de contratación regidos por la Ley Nº 17.520.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades emergentes de los artículos 1°, 3° y 4º del Decreto N° 416/25.

Por ello,

LA TITULAR DE LA OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES

DISPONE:

Artículo 1°.- Apruébase el nuevo módulo del Sistema de Gestión Electrónica CONTRAT.AR, denominado “Privatizaciones Leyes Nros. 27.742 y 23.696”, como medio para realizar en forma electrónica los procedimientos de licitación o concurso público que se efectúen para materializar las privatizaciones mediante la venta de los activos de las empresas, venta o colocación de acciones, cuotas partes del capital social o, en su caso, de establecimientos o haciendas productivas en funcionamiento; locación o administración con o sin opción a compra, concesiones y licencias sujetas a regímenes específicos, y permisos.

Artículo 2°.- Establécese la aplicación directa de lo dispuesto en la Resolución del Ministerio de Modernización Nº 197/17 y su modificatoria al nuevo módulo aprobado por el Artículo 1º de la presente.

Artículo 3°.- Establécese que los interesados en participar en los procedimientos incluidos en el módulo aprobado por el Artículo 1º de la presente deberán previamente inscribirse y validarse como usuarios externos del Sistema CONTRAT.AR, Módulo “Privatizaciones Leyes Nros. 27.742 y 23.696”, conforme lo previsto en el Anexo Nº I (DI-2025-86541837-APN-ONC#JGM) que forma parte integrante de la presente Disposición.

Artículo 4º.- Apruébanse los modelos de acta de Administrador Legitimado y de declaraciones juradas de habilidad para contratar con la Administración Pública Nacional, de elegibilidad y de beneficiario final, que deberán presentar los interesados en participar en los procedimientos incluidos en el módulo aprobado por el Artículo 1º, los que como Anexos Nros. II, III, IV y V (DI-2025-86540067-APN-ONC#JGM, DI-2025-86535766-APN-ONC#JGM, DI-2025-86531957-APN-ONC#JGM y DI-2025-86529915-APN-ONC#JGM), forman parte integrante de la presente Disposición.

Artículo 5°.- Establécese que los interesados en participar en procedimientos de licitación o concurso público a los fines del otorgamiento de concesiones o licencias regidas por la Ley Nº 17.520 que se efectúen para materializar las privatizaciones, de conformidad con las Leyes Nros. 27.742 y 23.696, deberán previamente inscribirse y validarse como usuarios externos del Sistema CONTRAT.AR, de conformidad con el procedimiento aprobado por la Disposición ONC N° 84/24.

Artículo 6°.- Establécese que quienes se encuentren inscriptos como Concesionarios Ley N° 17.520, conforme con el procedimiento aprobado por la Disposición ONC N° 84/24, podrán participar de todos los procedimientos que se efectúen en el nuevo módulo del Sistema CONTRAT.AR., sin necesidad de efectuar una nueva inscripción y validación.

Artículo 7°. - Sustitúyase el Anexo IV aprobado por el artículo 2° de la Disposición ONC N° 84/24, por el que como Anexo VI (DI-2025-86526555-APN-ONC#JGM) forma parte integrante de la presente disposición.

Artículo 8°.- Incorporase como Anexo VI a la Disposición ONC N° 84/24 el modelo de acta de Administrador Legitimado que deberán presentar los interesados en participar en los procedimientos de contratación regidos por la Ley Nº 17.520, el que como Anexo VII (DI-2025-86493709-APN-ONC#JGM) forma parte integrante de la presente disposición.

Artículo 9º.- La presente medida entrará en vigencia a partir del día hábil siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA.

Artículo 10.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

María Soledad Vallejos Meana

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 11/08/2025 N° 57054/25 v. 11/08/2025

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial)





ANEXO N° I

INSTRUCTIVO PARA LA INSCRIPCIÓN Y VALIDACIÓN DE LOS USUARIOS EXTERNOS DEL MÓDULO “PRIVATIZACIONES LEYES NROS. 27.742 Y 23.696” DEL SISTEMA CONTRAT.AR.

ARTÍCULO 1°. - PRE-INSCRIPCIÓN. Los interesados en participar en los procedimientos de contratación regidos por las Leyes Nros. 27.742 y 23.696 deberán realizar la preinscripción como usuarios externos del Módulo “Privatizaciones Leyes Nros. 27.742 y 23.696” del Sistema CONTRAT.AR, accediendo al sitio de Internet de CONTRAT.AR (https://www.contratar.gob.ar), donde completarán la información requerida en el formulario de pre-inscripción pertinente y constituirán domicilio electrónico a todos los efectos legales.

En tal oportunidad, deberán declarar su Administrador Legitimado, siendo el único usuario facultado para realizar propuestas en nombre del cocontratante del Estado, de conformidad con lo establecido en la Resolución N° 197/17 del Ministerio de Modernización y su modificatoria.

La información ingresada en el Sistema CONTRAT.AR revestirá el carácter de Declaración Jurada, en los términos de los artículos 109 y 110 del Reglamento de Procedimientos Administrativos, Decreto N° 1759/72 T.O. 2017 y su modificatoria.

En caso que el interesado detecte un error u omisión formal en la información suministrada en su Declaración Jurada, podrá solicitar su rectificación o incorporación, en oportunidad de presentar la documentación respaldatoria para la inscripción, mediante la presentación de una nota fundada en la que indique la información a rectificar o incorporar.

ARTÍCULO 2°. - INSCRIPCIÓN. Los interesados que hayan realizado la pre-inscripción conforme lo previsto en el artículo 1°, deberán acompañar la documentación respaldatoria que acredite dicha información conforme lo estipulado en el artículo 5° del presente Anexo.

ARTÍCULO 3°. - FORMA DE PRESENTACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN. El Administrador Legitimado declarado en el formulario de preinscripción, o bien quien tuviera poder para actuar en su representación, deberá ingresar a la plataforma de Tramitación a Distancia (TAD) con su Clave Fiscal. Allí deberá ingresar en formato digital toda la documentación detallada en el artículo 5° del presente Anexo, la que deberá ser legible y completa, y escaneada de su original.

La documentación proveniente del exterior deberá ser presentada con su debida apostilla o legalización por el Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto, según corresponda.

Asimismo, en caso de estar redactada en idioma extranjero, la documentación deberá traducirse por traductor público nacional matriculado y legalizado por su respectivo Colegio o entidad profesional habilitada al efecto.

La documentación ingresada revestirá el carácter de Declaración Jurada, en los términos de los artículos 109 y 110 del Reglamento de Procedimientos Administrativos, Decreto N° 1759/72 T.O. 2017 y su modificatoria.

ARTÍCULO 4°. - COTEJO DE LA INFORMACIÓN. La OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES cotejará los datos ingresados por los interesados en el formulario de pre-inscripción, con la documentación aportada por aquéllos. Si los datos se corresponden, inscribirá y validará al interesado como usuario externo del Módulo “Privatizaciones Leyes Nros. 27.742 y 23.696”. Caso contrario, notificará al interesado para que, en el plazo de DIEZ (10) días corridos, subsane los defectos de la presentación. Si transcurrido dicho plazo no se diera respuesta a la intimación, se archivará el expediente que se hubiera generado y el interesado deberá iniciar un nuevo trámite para gestionar la inscripción y validación como usuario externo del Módulo “Privatizaciones Leyes Nros. 27.742 y 23.696”. De la misma forma se procederá para los casos de actualización de la información y de la documentación suministrada.

ARTÍCULO 5°. - DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR PARA LA INSCRIPCIÓN Y VALIDACIÓN DE USUARIOS EXTERNOS DEL MÓDULO “PRIVATIZACIONES- LEYES NROS. 27.742 Y 23.696”. Para la inscripción y validación como usuarios externos del Módulo “Privatizaciones Leyes Nros. 27.742 y 23.696”, los interesados deberán presentar, según el caso, la siguiente documentación:

a. Licitaciones o Concursos Públicos Nacionales:

I. Sociedades

1. Contrato Social o Estatuto, inscripto en la Inspección General de Justicia o Registro Público pertinente; y sus posteriores modificaciones debidamente inscriptas. Se aceptará inicio de trámite, siempre que no exceda los SEIS (6) meses desde la fecha de la presentación ante el organismo pertinente.

2. Constancia de la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) de la Sociedad expedida por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA).

3. Constancia del libro societario de la que surja la nómina actual de socios.

4. Última acta de designación de autoridades y distribución de cargos inscripta en la Inspección General de Justicia o Registro Público correspondiente. Se aceptará inicio de trámite, siempre que no exceda los SEIS (6) meses desde la fecha de la presentación ante el organismo pertinente.

5. Documento Nacional de Identidad o Pasaporte del Representante Legal y/o Apoderado, y poder suficiente vigente en este último caso.

6. Acta de Administrador Legitimado.

7. Declaración jurada de habilidad para contratar con la Administración Pública Nacional (APN).

8. Declaración jurada de elegibilidad.

9. Declaración jurada de beneficiarios finales. A su vez, deberán informar la condición de Persona Expuesta Políticamente, conforme la normativa de la Unidad de Información Financiera, de los beneficiarios finales.

II. Sucursal de sociedad extranjera debidamente registrada en el país

1. Instrumento o acta constitutiva, estatuto social; y sus reformas, extendida en la jurisdicción de origen, conforme lo previsto en el artículo 118 de la Ley N° 19.550; e inscripción de la sucursal ante la Inspección General de Justicia o Registro Público pertinente.

2. Constancia de Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) expedida por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA).

3. Constancia del libro societario de la que surja la nómina actual de socios.

4. Última acta de designación de representante legal en los términos del artículo 118 de la Ley N° 19.550, inscripta en la Inspección General de Justicia o Registro Público correspondiente. Se aceptará inicio de trámite, siempre que no exceda los SEIS (6) meses desde la fecha de la presentación ante el organismo pertinente.

5. Pasaporte o documento que acredite la identidad del Representante Legal. En caso de actuar por Apoderado, poder suficiente vigente y documento que compruebe su identidad.

6. Acta de Administrador Legitimado.

7. Declaración jurada de habilidad para contratar con la Administración Pública Nacional (APN).

8. Declaración jurada de elegibilidad.

9. Declaración jurada de beneficiarios finales. A su vez, deberán informar la condición de Persona Expuesta Políticamente, conforme la normativa de la Unidad de Información Financiera, de los beneficiarios finales.

III. Entes públicos

1. Norma constitutiva o de creación del ente público, emanada de la jurisdicción nacional, provincial o municipal pertinente; y sus posteriores modificaciones.

2. Constancia de la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) del Ente Público expedida por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA).

3. Norma, acta o documento del que surja la actual designación de autoridades.

4. Documento Nacional de Identidad o Pasaporte del Representante Legal y/o del Apoderado, y poder suficiente vigente en este último caso.

5. Acta de Administrador Legitimado.

6. Declaración jurada de habilidad para contratar con la Administración Pública Nacional (APN).

7. Declaración jurada de elegibilidad.

8. Declaración jurada de beneficiarios finales, en caso de corresponder. A su vez, deberán informar la condición de Persona Expuesta Políticamente, conforme la normativa de la Unidad de Información Financiera, de los beneficiarios finales.

IV. Cooperativas, mutuales, fundaciones y asociaciones

1. Acta de asamblea constitutiva, estatutos u otros y sus actualizaciones, inscriptas en la Inspección General de Justicia, Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social o Registro Público pertinente, en caso de corresponder. Se acepta inicio de trámite, siempre que no exceda los SEIS (6) meses desde la fecha de la presentación ante el organismo pertinente.

2. Constancia de la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) expedida por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA).

3. Última acta de designación de autoridades inscripta en la Inspección General de Justicia, Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social o Registro Público correspondiente. Se acepta inicio de trámite, siempre que no exceda los SEIS (6) meses desde la fecha de la presentación ante el organismo pertinente.

4. Documento Nacional de Identidad o Pasaporte del Representante Legal y/o del Apoderado, y poder suficiente vigente en este último caso.

5. Acta de Administrador Legitimado.

6. Declaración jurada de habilidad para contratar con la Administración Pública Nacional (APN).

7. Declaración jurada de elegibilidad.

8. Declaración jurada de beneficiarios finales. A su vez, deberán informar la condición de Persona Expuesta Políticamente, conforme la normativa de la Unidad de Información Financiera, de los beneficiarios finales.

b. Licitaciones o Concursos Públicos Internacionales

Cuando se trate de licitaciones o concursos públicos internacionales, podrán inscribirse y validarse como usuarios externos del Módulo “Privatizaciones Leyes Nros. 27.742 y 23.696”, las personas listadas en el punto a) anterior, presentando la documentación allí expuesta, y las Sociedades extranjeras que no tengan sucursal debidamente registrada en el país, las que deberán presentar lo siguiente:

1. Instrumento o acta constitutiva, estatuto social; y sus reformas, extendida en la jurisdicción de origen.

2. Certificado que acredite la inscripción, registro o incorporación de la sociedad en el extranjero, y la vigencia de la sociedad, extendido por la autoridad registral de la jurisdicción de origen, de fecha no mayor a SEIS (6) meses a la fecha de su presentación.

3. Constancia de Clave de Identificación (CDI) expedida por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA). En su defecto, constancia de Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) expedida por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) del apoderado en el país designado por la Sociedad Extranjera que no tenga sucursal debidamente registrada en el país. En este caso, adjuntar poder suficiente vigente y Documento Nacional de Identidad o Pasaporte del Apoderado.

4. Constancia de inscripción en el ente tributario del país de origen o constancia equivalente.

5. Constancia del libro societario de la que surja la nómina actual de socios.

6. Instrumento en el que conste la designación del Representante Legal o de Apoderado con facultades suficientes para solicitar la inscripción y validación como usuarios externos del Módulo “Privatizaciones Leyes Nros. 27.742 y 23.696”.

7. Acta de Administrador Legitimado.

8. Declaración jurada de habilidad para contratar con la Administración Pública Nacional (APN).

9. Declaración jurada de elegibilidad.

10. Declaración jurada de beneficiarios finales. A su vez, deberán informar la condición de Persona Expuesta Políticamente, conforme la normativa de la Unidad de Información Financiera, de los beneficiarios finales.

c. Contratos Asociativos

En caso que los documentos contractuales prevean la participación de sujetos vinculados mediante Contratos Asociativos, todos sus integrantes deberán validarse y registrarse como usuarios externos del Sistema CONTRAT.AR -de acuerdo a lo indicado precedentemente-, pero sólo uno de ellos podrá formular propuesta u oferta en representación de los restantes.

En el supuesto de resultar adjudicatarios, deberán inscribirse en el Sistema CONTRAT.AR para lo cual se deberá presentar:

1. Según el caso, de corresponder, contrato otorgado por Instrumento Público o Privado con firma certificada notarialmente, conforme las disposiciones del Código Civil y Comercial de la Nación y constancias de Inscripción en el Registro Público pertinente.

2. Constancia de Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) expedida por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA).

3. Constancias de las que surjan la nómina actual de los miembros integrantes del contrato.

4. Instrumento donde conste la designación de Representantes Legales, inscripto en el Registro Público correspondiente. Asimismo, Documento Nacional de Identidad o Pasaporte de los Representantes Legales y, en su caso, de los Apoderados y poder suficiente vigente de estos últimos.

5. Compromiso expreso de responsabilidad principal, solidaria e ilimitada de todas y cada una de las personas asociadas, por el uso de los Sistemas Electrónicos de Contrataciones.

6. Acta de Administrador Legitimado.

7. Declaración jurada de beneficiarios finales. A su vez, deberán informar la condición de Persona Expuesta Políticamente, conforme la normativa de la Unidad de Información Financiera, de los beneficiarios finales.

ARTÍCULO 6°. - ACTUALIZACIÓN. Los inscriptos, interesados en participar en procedimientos de selección en el marco de las privatizaciones “Leyes Nros. 27.742 y 23.696”, deberán mantener actualizada la información y la documentación suministrada. En dichos casos deberán proceder conforme lo previsto en el artículo 7°.

ARTÍCULO 7°.- PROCEDIMIENTO DE ACTUALIZACIÓN. El Administrador Legitimado deberá ingresar en el portal de Tramitación a Distancia (TAD), seleccionar el trámite correspondiente a la actualización y cargar la documentación respaldatoria de las modificaciones o actualizaciones de la información y/o documentación acompañada al momento de solicitar la inscripción y validación pertinente.

A los fines de la actualización, la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES tomará intervención de la misma forma que en el proceso de inscripción.

ARTÍCULO 8°. - REQUISITOS FORMALES DE LA DOCUMENTACION. Los interesados deberán presentar toda la documentación necesaria para la inscripción y validación y para la actualización de datos, de conformidad con lo previsto en los artículos 27 y 28 del Reglamento de Procedimientos Administrativos, Decreto N° 1759/72 T.O. 2017 y modificatoria.








ANEXO II

ACTA DE ADMINISTRADOR LEGITIMADO

“PRIVATIZACIONES LEYES NROS. 27.742 Y 23.696”



A los ......días del mes de .................. de 20........., el Administrador Legitimado, Sr./a.................................................D.N.I..........................nacionalidad..................................con domicilio en la calle....................................................................................de la ciudad de.......................................presenta en forma electrónica la documentación requerida, consistente en los archivos presentados en este trámite a distancia con el objeto de acreditar su identidad, la personería invocada en representación de.......................................C.U.I.T./C.D.I........................................y su relación con ella conforme con la documentación y/o el poder respectivo.

En el acto se deja constancia que la documentación aquí adunada se corresponde con la identidad del presentante.


...............................................
Administrador Legitimado



 



ANEXO N° III

DECLARACIÓN JURADA DE HABILIDAD PARA CONTRATAR

CON LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL (APN)

“PRIVATIZACIONES LEYES NROS. 27.742 Y 23.696”


CUIT:

Razón Social o Nombre completo:

El que suscribe_______________, con poder suficiente para este acto, en mi carácter de (titular/representante legal/apoderado) declaro bajo juramento que la persona cuyos datos se detallan al comienzo, se encuentra habilitada para contratar con la Administración Pública Nacional al no estar comprendida en las inhabilidades para contratar que se enumeran a continuación; y que esta declaración es correcta, completa y fiel expresión de la verdad, hasta tanto se declare bajo juramento lo contrario.

PERSONAS NO HABILITADAS. No podrán contratar con la Administración Nacional:

a. Las personas que se encontraren suspendidas o inhabilitadas para contratar por la Oficina Nacional de Contrataciones.

b. Las personas jurídicas en las cuales agentes y/o funcionarios del Sector Público Nacional tuvieren una participación suficiente para formar la voluntad social.

c. Tener proceso concursal en trámite o quiebra.

d. Los condenados por delitos dolosos, por un lapso igual al doble de la condena.

e. Los procesados por auto firme y/o condenado por alguno de los delitos previstos en los títulos XI, XII y XIII del Libro Segundo del Código Penal de la Nación o por delitos comprendidos en la CONVENCIÓN INTERAMERICANA CONTRA LA CORRUPCIÓN aprobada por la Ley N° 24.759 y/o en la CONVENCIÓN SOBRE LA LUCHA CONTRA EL COHECHO DE FUNCIONARIOS PÚBLICOS EXTRANJEROS EN LAS TRANSACCIONES COMERCIALES INTERNACIONALES de la ORGANIZACIÓN PARA LA COOPERACIÓN Y EL DESARROLLO ECONÓMICOS (OCDE), aprobada por la Ley N° 25.319.

f. Las personas que no hubieran cumplido con sus obligaciones tributarias y previsionales, de acuerdo con lo que establezca la reglamentación.

g. Las que no hubieren cumplido en tiempo oportuno con las exigencias establecidas por el último párrafo del artículo 8° de la Ley N° 24.156.

h. Los empleadores incluidos en el Registro Público de Empleadores con Sanciones Laborales (REPSAL) durante el tiempo que permanezcan en dicho registro.

i. Las personas que no cuenten con un Programa de Integridad conforme lo previsto en el artículo 24 de la Ley N° 27.401.








ANEXO N° IV

DECLARACIÓN JURADA DE ELEGIBILIDAD

“PRIVATIZACIONES LEYES NROS. 27.742 Y 23.696”


CUIT:

Razón Social o Nombre completo:

El que suscribe_________, con poder suficiente para este acto, en mi carácter de (titular/representante legal/apoderado) declaro bajo juramento que la persona cuyos datos se detallan al comienzo, no se encuentra incursa en ninguna de las causales de inelegibilidad que se enumeran a continuación; y que esta declaración es correcta, completa y fiel expresión de la verdad, hasta tanto se declare bajo juramento lo contrario.

PAUTAS DE INELEGIBILIDAD

a. Existan indicios que hicieran presumir que la persona jurídica es una continuación, transformación, fusión o escisión de otras empresas no habilitadas para contratar con la Administración Nacional, y de las controladas o controlantes de aquellas.

b. Se trate de integrantes de personas jurídicas no habilitadas para contratar con la Administración Nacional, de acuerdo al listado incluido en la Declaración Jurada de Habilidad para contratar con la Administración Pública Nacional.

c. Ser una sociedad o entidad respecto de la cual existan indicios que por su precisión y concordancia hicieran presumir que ha concertado o coordinado posturas en el procedimiento de selección, o que media simulación de competencia o concurrencia. Se entenderá configurada esta causal, entre otros supuestos, cuando un oferente participe en más de una oferta como integrante de un grupo, asociación o persona jurídica, o bien cuando se presente en nombre propio y como integrante de un grupo, asociación o persona jurídica.

d. Se haya dictado, dentro de los TRES (3) años calendario anteriores a la solicitud de inscripción y validación de usuario externo de CONTRAT.AR, alguna sanción judicial o administrativa contra la persona solicitante, por abuso de posición dominante o dumping, cualquier forma de competencia desleal o por concertar o coordinar posturas en los procedimientos de selección.

e. Se trate de personas incluidas en las listas de inhabilitados del BANCO MUNDIAL y/o del BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID).

f. Ser una sociedad o entidad respecto de la cual existan indicios que por su precisión y concordancia hicieran presumir que media en el caso una simulación tendiente a eludir los efectos de las causales previstas en la presente Declaración Jurada y en la de Habilidad para Contratar.









ANEXO N° V

DECLARACIÓN JURADA DE BENEFICIARIOS FINALES

“PRIVATIZACIONES LEYES NROS. 27.742 Y 23.696”

El que suscribe_________, con poder suficiente para este acto, en mi carácter de (titular/representante legal/apoderado) declaro bajo juramento que la/s persona/s que se detalla/n a continuación reviste/n el carácter de beneficiario/s final/es en los términos del artículo 2° de la Resolución 112, de fecha 21 de octubre de 2021, de la UNIDAD DE INFORMACIÓN FINANCIERA, y que es correcta, completa y fiel expresión de la verdad, indicándose, además, si dicho/s beneficiario/s se encuentra/n incluido/s dentro de la nómina de Personas Expuestas Políticamente.

Datos del Cocontratante del Estado




Personas humanas que posean como mínimo el diez por ciento (10 %) del capital




Personas humanas que posean como mínimo el diez por ciento (10 %) los derechos de voto





Personas humanas que por otros medios ejerza/n el control final





Se entenderá como control final al ejercido, de manera directa o indirecta, por una o más personas humanas mediante una cadena de titularidad y/o a través de cualquier otro medio de control y/o cuando, por circunstancias de hecho o derecho, la/s misma/s tenga/n la potestad de conformar por sí la voluntad social para la toma de las decisiones por parte del órgano de gobierno de la persona jurídica o estructura jurídica y/o para la designación y/o remoción de integrantes del órgano de administración de las mismas.

Cuando no sea posible individualizar a aquella/s persona/s humana/s que revista/n la condición de Beneficiario/s Final/es conforme a la definición precedente, deberán completar lo siguiente:

Persona humana que tenga a su cargo la dirección, administración o representación





Será/n considerado/s Beneficiario/s Final/es, a los fines de la presente, a la/s persona/s referidas en el artículo 2° de la Resolución 112 de fecha 21 de octubre de 2021 de la UNIDAD DE INFORMACIÓN FINANCIERA, o por la norma de dicho organismo que en el futuro la modifique o sustituya.

Asimismo, declaro bajo juramento que el/los Beneficiario/s Final/es antes indicado/s [SI / NO] se encuentra/n incluido/s dentro de la nómina de Personas Expuestas Políticamente aprobada por la Resolución N° 192/24 de la Unidad de Información Financiera -o la que en el futuro la reemplace-.

En caso afirmativo, indicar detalladamente el/los motivo/s:_______________

Además, asumo el compromiso de informar cualquier modificación que se produzca a este respecto, dentro de los TREINTA (30) días de ocurrida, mediante la presentación de una nueva declaración jurada.








ANEXO IV

DECLARACIÓN JURADA DE BENEFICIARIOS FINALES

SISTEMA CONTRAT.AR - CONCESIONARIOS LEY N° 17.520


El que suscribe_________, con poder suficiente para este acto, en mi carácter de (titular/representante legal/apoderado) declaro bajo juramento que la/s persona/s que se detalla/n a continuación reviste/n el carácter de beneficiario/s final/es en los términos del artículo 2° de la Resolución 112, de fecha 21 de octubre de 2021, de la UNIDAD DE INFORMACIÓN FINANCIERA, y que es correcta, completa y fiel expresión de la verdad, indicándose, además, si dicho/s beneficiario/s se encuentra/n incluido/s dentro de la nómina de Personas Expuestas Políticamente.

Datos del Cocontratante del Estado



Personas humanas que posean como mínimo el diez por ciento (10 %) del capital





Personas humanas que posean como mínimo el diez por ciento (10 %) los derechos de voto



Personas humanas que por otros medios ejerza/n el control final





Se entenderá como control final al ejercido, de manera directa o indirecta, por una o más personas humanas mediante una cadena de titularidad y/o a través de cualquier otro medio de control y/o cuando, por circunstancias de hecho o derecho, la/s misma/s tenga/n la potestad de conformar por sí la voluntad social para la toma de las decisiones por parte del órgano de gobierno de la persona jurídica o estructura jurídica y/o para la designación y/o remoción de integrantes del órgano de administración de las mismas.

Cuando no sea posible individualizar a aquella/s persona/s humana/s que revista/n la condición de Beneficiario/s Final/es conforme a la definición precedente, deberán completar lo siguiente:

Persona humana que tenga a su cargo la dirección, administración o representación





Será/n considerado/s Beneficiario/s Final/es, a los fines de la presente, a la/s persona/s referidas en el artículo 2° de la Resolución 112 de fecha 21 de octubre de 2021 de la UNIDAD DE INFORMACIÓN FINANCIERA, o por la norma de dicho organismo que en el futuro la modifique o sustituya.

Asimismo, declaro bajo juramento que el/los Beneficiario/s Final/es antes indicado/s [SI / NO] se encuentra/n incluido/s dentro de la nómina de Personas Expuestas Políticamente aprobada por la Resolución N° 192/24 de la Unidad de Información Financiera -o la que en el futuro la reemplace-.

En caso afirmativo indicar detalladamente el/los motivo/s: ____________________

Además, asumo el compromiso de informar cualquier modificación que se produzca a este respecto, dentro de los TREINTA (30) días de ocurrida, mediante la presentación de una nueva declaración jurada.










ANEXO VI

ACTA DE ADMINISTRADOR LEGITIMADO

SISTEMA CONTRAT.AR - CONCESIONARIOS LEY N° 17.520

A los ......días del mes de ................ de 20........., el Administrador Legitimado, Sr./a...........................................D.N.I..................................nacionalidad........................................con domicilio en la calle..................................................................................de la ciudad de....................................presenta en forma electrónica la documentación requerida, consistente en los archivos presentados en este trámite a distancia con el objeto de acreditar su identidad, la personería invocada en representación de ............................................................. C.U.I.T./C.D.I........................................y su relación con ella conforme con la documentación y/o el poder respectivo.

En el acto se deja constancia que la documentación aquí adunada se corresponde con la identidad del presentante.

.................................................

Administrador Legitimado