MINISTERIO DE ECONOMÍA
Resolución 1180/2025
RESOL-2025-1180-APN-MEC
Ciudad de Buenos Aires, 14/08/2025
Visto el expediente EX-2024-106432578- -APN-GAF#ADIFSE, y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente mencionado en el Visto tramita la aprobación del
Plan de Acción y Presupuesto para el ejercicio 2025 formulado por
Administración de Infraestructuras Ferroviarias, actuante en el ámbito
del Ministerio de Economía.
Que la ley 24.156 y sus modificaciones, contiene en el capítulo III del
título II, el Régimen presupuestario de Empresas Públicas, Fondos
Fiduciarios y Entes Públicos no comprendidos en la Administración
Nacional.
Que obra en el expediente señalado, el informe favorable de la Oficina
Nacional de Presupuesto dependiente de la Subsecretaría de Presupuesto
de la Secretaría de Hacienda del Ministerio de Economía, sobre la
medida propiciada.
Que el servicio jurídico permanente del Ministerio de Economía ha tomado la intervención que le compete.
Que esta resolución se dicta en virtud de las facultades previstas en
el artículo 49 de la ley 24.156 y en su decreto reglamentario 1344 del
4 de octubre de 2007.
Por ello,
EL MINISTRO DE ECONOMÍA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Apruébase el Plan de Acción y Presupuesto para el
ejercicio 2025, de Administración de Infraestructuras Ferroviarias,
actuante en el ámbito del Ministerio de Economía, de acuerdo con el
detalle obrante en los anexos I (IF-2025-84769876-APN-SSP#MEC) y II
(IF-2025-84769379-APN-SSP#MEC) que integran esta medida.
ARTÍCULO 2°.- Estímanse en la suma de nueve mil quince millones
setecientos cincuenta y cinco mil ciento cuarenta y cinco pesos ($
9.015.755.145) los ingresos de operación, y fíjanse en la suma de
veintisiete mil novecientos cincuenta y dos millones novecientos cinco
mil doscientos cinco pesos ($ 27.952.905.205) los gastos de operación,
y como consecuencia de ello apruébase el Resultado Operativo (Pérdida
de Operación) estimado en la suma de dieciocho mil novecientos treinta
y siete millones ciento cincuenta mil sesenta pesos ($ 18.937.150.060),
de acuerdo con el detalle que figura en las planillas del anexo II
(IF-2025-84769379-APN-SSP#MEC).
ARTÍCULO 3°.- Estímanse en la suma de veintisiete mil novecientos
cincuenta y dos millones novecientos cinco mil doscientos cinco pesos
($ 27.952.905.205) los ingresos corrientes, y fíjanse en la suma de
veintisiete mil novecientos cincuenta y dos millones novecientos cinco
mil doscientos cinco pesos ($ 27.952.905.205) los gastos corrientes, y
como consecuencia de ello apruébase el Resultado Económico
(Equilibrado) estimado en la suma de cero pesos ($ 0), de acuerdo con
el detalle que figura en las planillas del anexo II
(IF-2025-84769379-APN-SSP#MEC).
ARTÍCULO 4°.- Estímanse en la suma de doscientos noventa y ocho mil
doscientos ochenta y cinco millones ochocientos cuarenta y cuatro mil
ochocientos treinta y ocho pesos ($ 298.285.844.838) los recursos de
capital, y fíjanse en la suma de doscientos noventa y ocho mil
doscientos ochenta y cinco millones ochocientos cuarenta y cuatro mil
ochocientos treinta y ocho pesos ($ 298.285.844.838) los gastos de
capital, y como consecuencia de ello en conjunción con el Resultado
Económico establecido en el artículo 3° de esta resolución, estímase el
Resultado Financiero (Equilibrado) para el ejercicio 2025, en la suma
de cero pesos ($ 0), de acuerdo con el detalle que figura en las
planillas del anexo II (IF-2025-84769379-APN-SSP#MEC).
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Luis Andres Caputo
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 19/08/2025 N° 58746/25 v. 19/08/2025
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: AnexoI, AnexoII)