MINISTERIO DE ECONOMÍA
Resolución 1198/2025
RESOL-2025-1198-APN-MEC
Ciudad de Buenos Aires, 18/08/2025
Visto el expediente EX-2025-88475624- -APN-DGDA#MEC, las leyes 23.696 y
sus modificatorias y 27.742, los decretos 644 del 18 de julio de 2024,
695 del 2 de agosto de 2024 y 494 del 22 de julio de 2025, y
CONSIDERANDO:
Que a través del artículo 7° de la ley 27.742 se declaró “sujeta a
privatización”, en los términos y con los efectos de los capítulos II y
III de la ley 23.696 y sus modificatorias, entre otras, a la empresa
Agua y Saneamientos Argentinos Sociedad Anónima (AySA).
Que, en cumplimiento de lo ordenado por el artículo 3° de la
reglamentación de la ley 27.742, aprobada como anexo I al decreto 695
del 2 de agosto de 2024, este Ministerio de Economía, en cuya
jurisdicción se encuentra Agua y Saneamientos Argentinos Sociedad
Anónima (AySA), elevó al Poder Ejecutivo Nacional, previa intervención
de la Unidad Ejecutora Especial Temporaria “Agencia de Transformación
de Empresas Públicas”, un informe circunstanciado con la propuesta
concreta vinculada al procedimiento y modalidad más adecuada para hacer
efectiva la privatización.
Que el mencionado informe circunstanciado propuso la privatización
total de la empresa Agua y Saneamientos Argentinos Sociedad Anónima
(AySA) mediante la venta de la totalidad de las acciones de titularidad
del Estado Nacional, cuyo porcentaje asciende al noventa por ciento (90
%) del capital social de dicha empresa.
Que la referida propuesta no prevé el otorgamiento de las preferencias
contempladas en el artículo 16 de la ley 23.696 y sus modificatorias,
ni la aplicabilidad de un nuevo programa de propiedad participada,
manteniéndose vigente el programa de propiedad participada actual.
Que por el decreto 494 del 22 de julio de 2025 se autorizó la
privatización total de Agua y Saneamientos Argentinos Sociedad Anónima
(AySA) en los términos del artículo 4°del anexo I del decreto 695/2024
y se instruyó a este Ministerio de Economía, con la asistencia de la
Unidad Ejecutora Especial Temporaria “Agencia de Transformación de
Empresas Públicas” de ese ministerio, para que adopte las medidas
necesarias a fin de dar cumplimiento a la referida privatización
debiendo para ello concretar la venta de al menos el cincuenta y uno
por ciento (51 %) del total del paquete accionario de Agua y
Saneamientos Argentinos Sociedad Anónima (AySA) a un operador
estratégico mediante el procedimiento de licitación pública de alcance
nacional e internacional, en los términos del artículo 18, inciso 1) de
la ley 23.696 y sus modificatorias y la venta en bolsas y mercados del
país del remanente de las acciones de titularidad del Estado Nacional
en dicha sociedad que no se hubieren vendido de acuerdo con el
procedimiento licitatorio mencionado, de conformidad con lo previsto en
el artículo 18, inciso 4) de la ley 23.696 y sus modificatorias.
Que, adicionalmente, se instruyó al Ministerio de Economía, en su
carácter de autoridad de aplicación, a dictar las medidas que sean
necesarias para garantizar que la modalidad de privatización dispuesta
precedentemente no afecte la continuidad de la prestación del servicio
público de provisión de agua potable y colección de desagües cloacales.
Que, asimismo, se autorizó al Ministerio de Economía a dictar las
normas complementarias que resulten necesarias para dar cumplimiento a
las disposiciones previstas en ese decreto, con la intervención de la
Unidad Ejecutora Especial Temporaria “Agencia de Transformación de
Empresas Públicas”.
Que, en virtud de lo expuesto, corresponde iniciar el proceso de
privatización de Agua y Saneamientos Argentinos Sociedad Anónima
(AySA), de acuerdo con lo ordenado por el decreto 494/2025.
Que, conforme al artículo 30 del decreto 644 del 18 de julio de 2024,
la Unidad Ejecutora Especial Temporaria “Agencia de Transformación de
Empresas Públicas” tiene entre sus objetivos dirigir, implementar y
prestar asistencia a los titulares de las dependencias del Estado
Nacional que tengan participaciones accionarias en las Empresas y
Sociedades del Estado contempladas en el inciso b del artículo 8° de la
ley 24.156, cualquiera sea su denominación o naturaleza jurídica en los
procedimientos de intervención, liquidación, cierre, privatización,
iniciativa privada, venta total o parcial de paquete accionario,
fusión, escisión, disolución y/o disposición estratégica.
Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 19 de la ley
23.696, en cualquiera de las modalidades de materialización de
privatización previstas en el artículo 17 de dicha norma, es requisito
contar con la tasación realizada por organismos públicos nacionales,
provinciales o municipales y, en caso de imposibilidad de llevar a cabo
dicha tasación, se autoriza a efectuar las contrataciones respectivas
con organismos internacionales o entidades o personas privadas
nacionales o extranjeras, las que en ningún caso podrán participar en
el procedimiento de selección previsto en el artículo 18 de dicha ley,
revistiendo la tasación en todos los casos, el carácter de presupuesto
oficial.
Que el Tribunal de Tasaciones de la Nación, organismo descentralizado
actuante en la órbita de la Secretaría de Obras Públicas del Ministerio
de Economía, manifestó que se encuentra imposibilitado actualmente de
realizar la valuación del total de la empresa solicitada por Agua y
Saneamientos Argentinos Sociedad Anónima (AySA) en un plazo razonable
(cf., NO-2025-40294232-APN-TTN#MEC).
Que, en virtud de lo expresado, a los fines de dar cumplimiento a lo
establecido en el referido artículo 19 de la ley 23.696, resulta
necesario instruir a la Unidad Ejecutora Especial Temporaria “Agencia
de Transformación de Empresas Públicas” a que lleve a cabo las acciones
conducentes para que se realice la tasación del paquete accionario de
Agua y Saneamientos Argentinos Sociedad Anónima (AySA) a través de una
entidad bancaria perteneciente al Sector Público Nacional, de
conformidad con lo expresado por el servicio jurídico permanente de
este Ministerio de Economía (cf., IF-2025-71404682-APN-DGAJ#MEC).
Que, a su vez, de acuerdo con lo expresado previamente, la Unidad
Ejecutora Especial Temporaria “Agencia de Transformación de Empresas
Públicas” deberá coordinar las medidas necesarias a los fines de
concretar la venta de las acciones del Estado Nacional en Agua y
Saneamientos Argentinos Sociedad Anónima (AySA), en los términos del
artículo 2°, inciso a del decreto 494/2025, en el plazo de ocho (8)
meses desde la entrada en vigencia de la presente medida, con sujeción
a lo establecido en los artículos 5° y siguientes del anexo I del
decreto 695/2024.
Que, asimismo, en el marco de lo establecido por el inciso b del
artículo 2° del decreto 494/2025, resulta pertinente instruir a la
citada Unidad Ejecutora Especial Temporaria “Agencia de Transformación
de Empresas Públicas” a realizar las medidas y acciones necesarias para
la venta en bolsas y mercados del país del remanente de las acciones
del Estado Nacional en Agua y Saneamientos Argentinos Sociedad Anónima
(AySA) que no sean vendidas de conformidad con lo dispuesto en el
inciso a del artículo 2°del aludido decreto.
Que, a fin de garantizar la eficiencia y eficacia del procedimiento, la
Secretaría de Obras Públicas de este ministerio deberá elaborar y
gestionar la documentación licitatoria -técnica y contractual-, la que
deberá contar con la intervención previa de la Unidad Ejecutora
Especial Temporaria “Agencia de Transformación de Empresas Públicas”,
pudiendo solicitar la asistencia técnica y operativa de la empresa en
cuestión.
Que, por otra parte, corresponde instruir a la Secretaría de Obras
Públicas a que arbitre los medios necesarios para que lo dispuesto por
la presente medida no afecte la continuidad de la prestación del
servicio público de provisión de agua potable y colección de desagües
cloacales, de conformidad con lo previsto en el artículo 3° del decreto
494/2025.
Que, por otro lado, atendiendo a lo dispuesto en el decreto 416 del 17
de junio de 2025, se considera pertinente establecer que el
procedimiento previsto en el inciso a del artículo 2° del decreto
494/2025, deberá llevarse a cabo a través de la plataforma CONTRAT.AR.
Que la Secretaría de Obras Públicas y la Unidad Ejecutora Especial
Temporaria “Agencia de Transformación de Empresas Públicas” de este
Ministerio de Economía han tomado la intervención de su competencia.
Que el servicio jurídico permanente del Ministerio de Economía ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones
conferidas por el artículo 13 de la ley 23.696, los artículos 7° y 10
de la ley 27.742, el artículo 4° del anexo I del decreto 695/2024 y los
artículos 2º, 3º y 4º del decreto 494/2025.
Por ello,
EL MINISTRO DE ECONOMÍA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Iníciase el proceso de privatización de Agua y
Saneamientos Argentinos Sociedad Anónima (AySA) en los términos del
decreto 494 del 22 de julio de 2025.
ARTÍCULO 2°.- Instrúyese a la Unidad Ejecutora Especial Temporaria
“Agencia de Transformación de Empresas Públicas” del Ministerio de
Economía a coordinar las acciones necesarias para dar cumplimiento a lo
previsto en el capítulo II del anexo I al decreto 695 del 2 de agosto
de 2024, con el propósito de:
a) Llevar a cabo la contratación de una entidad bancaria perteneciente
al Sector Público Nacional para la tasación del paquete accionario de
Agua y Saneamientos Argentinos Sociedad Anónima (AySA).
b) Concretar la venta referida en el inciso a del artículo 2° del
decreto 494/2025, dentro del plazo de ocho (8) meses contados desde la
entrada en vigencia de la presente medida.
c) Realizar las medidas y acciones necesarias para la venta en bolsas y
mercados del país del remanente de las acciones de propiedad del Estado
Nacional en Agua y Saneamientos Argentinos Sociedad Anónima (AySA) que
no hayan sido vendidas de conformidad con lo previsto en el inciso a
del artículo 2° del decreto 494/2025.
ARTÍCULO 3°.- Instrúyese a la Secretaría de Obras Públicas del Ministerio de Economía a realizar las siguientes acciones:
a) Elaborar la documentación licitatoria -técnica y contractual- del
proceso de privatización de Agua y Saneamientos Argentinos Sociedad
Anónima (AySA), la cual incluirá el contrato de concesión
correspondiente, debiendo contar con la intervención previa de la
Unidad Ejecutora Especial Temporaria “Agencia de Transformación de
Empresas Públicas”. A dicho efecto, podrá solicitar la colaboración
técnica y operativa de la sociedad.
b) Articular las acciones necesarias a fin de dar cumplimiento a lo previsto en el artículo 3° del decreto 494/2025.
ARTÍCULO 4°.- Hágase saber que la venta del paquete accionario
establecida en el inciso a del artículo 2° del decreto 494/2025 será
llevada a cabo a través de la plataforma CONTRAT.AR, conforme lo
dispuesto en el decreto 416 del 17 de junio de 2025.
ARTÍCULO 5°.- La presente medida entrará en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTÍCULO 6°.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Luis Andres Caputo
e. 19/08/2025 N° 59131/25 v. 19/08/2025