PRESUPUESTO
Decisión Administrativa 23/2025
DA-2025-23-APN-JGM - Modificación.
Ciudad de Buenos Aires, 10/09/2025
VISTO el Expediente N° EX-2025-96511598-APN-DGDA#MEC, la Ley N° 27.701
de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio
2023, vigente conforme el artículo 27 de la Ley de Administración
Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N°
24.156 y sus modificatorias, en los términos del Decreto Nº 1131 del 27
de diciembre de 2024 y la Decisión Administrativa N° 3 del 15 de enero
de 2025, y
CONSIDERANDO:
Que corresponde adecuar el presupuesto vigente de diversas
Jurisdicciones y Entidades del Sector Público Nacional, con el objeto
de afrontar gastos impostergables para su normal funcionamiento.
Que la presente adecuación presupuestaria contempla, entre otras
cuestiones, el refuerzo de los créditos de gastos en personal, con el
fin de atender necesidades vigentes en materia salarial, de gastos de
funcionamiento, equipamiento, transferencias varias y erogaciones que
hacen al cumplimiento del cometido de las Jurisdicciones y Entidades de
la Administración Nacional.
Que, asimismo, se disponen compensaciones que implican reducir los
gastos de capital e incrementar los gastos corrientes y modificar la
distribución entre finalidades del gasto.
Que resulta necesario efectuar la transferencia de créditos
presupuestarios de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN
al MINISTERIO DE DEFENSA, en cumplimiento de las disposiciones del
Decreto N° 377 del 3 de junio de 2025.
Que corresponde incorporar al presupuesto vigente los créditos y
recursos derivados de las disposiciones del Decreto N° 575 del 12 de
agosto de 2025 por el que se aprueba el “RÉGIMEN DE CONSERVACIÓN,
ADMINISTRACIÓN Y DISPOSICIÓN DE LOS BIENES PROVENIENTES DE ACTIVIDAD
ILÍCITA CAUTELADOS Y RECUPERADOS EN LOS PROCESOS PENALES DE COMPETENCIA
NACIONAL Y FEDERAL Y DE EXTINCIÓN DE DOMINIO” y se crea el CONSEJO DE
BIENES RECUPERADOS EN FAVOR DEL ESTADO NACIONAL, previendo la
distribución del remanente del producido de la venta de los bienes
recuperados a diferentes organismos de la Administración Pública
Nacional de acuerdo con lo establecido en el artículo 24 del Anexo I
del citado decreto, luego de efectuada la reparación allí mencionada.
Que resulta oportuno transferir los cargos y los créditos
presupuestarios de la Coordinación del Instituto Emilia y Manuel Patiño
a la órbita del MINISTERIO DE JUSTICIA, conforme lo dispone el artículo
1° del Decreto N° 151 del 28 de febrero de 2025.
Que resulta necesario modificar por compensación el detalle de cargos,
en virtud de la transferencia de UN (1) agente de la planta permanente
del MINISTERIO DE SEGURIDAD NACIONAL al MINISTERIO DE JUSTICIA,
dispuesta por la Decisión Administrativa N° 6 del 17 de febrero de 2025.
Que, asimismo, se adecua el detalle de cargos, en virtud de la
transferencia de UN (1) agente de la planta permanente del INSTITUTO
NACIONAL DEL TEATRO, actuante en la órbita de la SECRETARÍA DE CULTURA
de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, al TRIBUNAL FISCAL DE LA NACIÓN,
organismo descentralizado actuante en la órbita de la SUBSECRETARÍA DE
INGRESOS PÚBLICOS de la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE
ECONOMÍA, dispuesta por el Decreto N° 123 del 25 de febrero de 2025.
Que es menester readecuar los créditos presupuestarios de la
Jurisdicción 90 - SERVICIO DE LA DEUDA PÚBLICA para posibilitar la
atención de los servicios financieros de la deuda pública del presente
Ejercicio.
Que resulta oportuno adecuar los créditos presupuestarios incluidos en
la órbita de la Jurisdicción 91 - OBLIGACIONES A CARGO DEL TESORO
destinados a atender las necesidades de financiamiento del INSTITUTO
NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS, ente del
Sector Público Nacional actuante en el ámbito del MINISTERIO DE SALUD,
de ADMINISTRACIÓN DE INFRAESTRUCTURAS FERROVIARIAS SOCIEDAD ANÓNIMA
(ADIF S.A.), de BELGRANO CARGAS Y LOGÍSTICA SOCIEDAD ANÓNIMA y de
OPERADORA FERROVIARIA SOCIEDAD ANÓNIMA, empresas del Sector Público
Nacional actuantes en el ámbito de la SECRETARÍA DE TRANSPORTE del
MINISTERIO DE ECONOMÍA, de EDUC.AR SOCIEDAD ANÓNIMA UNIPERSONAL,
empresa del Sector Público Nacional actuante en el ámbito de la
SECRETARÍA DE EDUCACIÓN del MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO.
Que, asimismo, resulta necesario modificar el presupuesto vigente de la
citada Jurisdicción 91, correspondiente a AGUA Y SANEAMIENTOS
ARGENTINOS SOCIEDAD ANÓNIMA (AySA), empresa del Sector Público Nacional
actuante en el ámbito de la SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS del MINISTERIO
DE ECONOMÍA; a la ENTIDAD BINACIONAL YACYRETÁ y a NUCLEOELÉCTRICA
ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA, ente y empresa, respectivamente, del Sector
Público Nacional actuantes en la órbita de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del
MINISTERIO DE ECONOMÍA.
Que a los fines estrictamente presupuestarios, las modificaciones de
los créditos presupuestarios de las áreas involucradas en la
reorganización ministerial del PODER EJECUTIVO NACIONAL se realizan con
cargo a las denominaciones presupuestarias de origen.
Que el servicio jurídico permanente del MINISTERIO DE ECONOMÍA ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas
por el artículo 37 de la Ley de Administración Financiera y de los
Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº 24.156 y sus
modificatorias y por los artículos 6° y 9° de la Ley N° 27.701 de
Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio
2023, que rige para el Ejercicio 2025 conforme el artículo 27 de la
citada Ley N° 24.156 y sus modificatorias, en los términos del Decreto
N° 1131/24.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
ARTÍCULO 1°.- Modifícase el Presupuesto General de la Administración
Nacional para el Ejercicio 2025, de acuerdo con el detalle obrante en
las PLANILLAS ANEXAS (IF-2025-96614318-APN-SSP#MEC) al presente
artículo, que integran la presente medida.
ARTÍCULO 2º.- Modifícase el detalle de los cargos de las PLANILLAS
ANEXAS al artículo 2º de la Decisión Administrativa N° 3 del 15 de
enero de 2025, de acuerdo con el detalle obrante en las PLANILLAS
ANEXAS (IF-2025-96615160-APN-SSP#MEC) al presente artículo, que
integran la presente medida.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Guillermo Francos - Luis Andres Caputo
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decisión Administrativa se
publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 11/09/2025 N° 66742/25 v. 11/09/2025
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: AnexoI, AnexoII)