(Nota Infoleg: Norma abrogada por art. 3° de la Disposición N° 235/2004 de la AFIP B.O. 23/4/2004. Vigencia: a partir del 1° de mayo de 2004).

MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS

ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

Disposición Nº 44/97

ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS-Delegación de Facultades Direcciones Generales, Subdirecciones Generales, Direcciones y Jefaturas de Unidades de Estructura.

Bs. As., 5/8/97

VISTO el Decreto 618 del 10 de julio de 1997, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el citado acto de gobierno se han considerado disueltas la ADMINISTRACION NACIONAL DE ADUANAS y la DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA, siendo reemplazadas por la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, entidad autárquica en el orden administrativo en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS.

Que asimismo en virtud del Decreto Nº 646 del 11 de julio de 1997, fue aprobada la Estructura Organizativa, hasta el nivel de Subdirección General, del nuevo Ente constituido.

Que, por su parte, mediante Disposición Nº 16 del 23 de julio de 1997 esta Administración Federal aprobó los niveles inferiores correspondientes a la estructura de transición.

Que atendiendo a ello, resulta aconsejable la adopción de medidas tendientes a descentralizar la resolución de temas de naturaleza administrativa, con el propósito de facilitar y optimizar el accionar de este Ente.

Que a tal efecto procede delegar en las Direcciones Generales, Subdirecciones Generales, Direcciones y Jefaturas de las distintas unidades orgánicas que le dependen, facultades de decisión en asuntos de orden administrativo que, en principio, resultan de competencia de esta Administración Federal.

Que la facultad de delegar determinadas funciones y atribuciones, se encuentra contemplada en el artículo 4º del Decreto Nº 618/97, sin perjuicio de conservar esta instancia la máxima autoridad dentro del Organismo y la posibilidad de avocarse al conocimiento y decisión de cualesquiera de los asuntos delegados.

Que razones de buen orden administrativo aconsejan reunir en un solo acto la nómina de atribuciones comprendidas en la presente delegación.

Que el Servicio Jurídico competente en la materia ha tomado la pertinente intervención, expidiéndose favorablemente.

Que en ejercicio de las atribuciones conferidas por los artículos 4º y6º, punto 1, del Decreto Nº 618 del 10 de julio de 1997, procede disponer en consecuencia.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

DISPONE

ARTICULO 1º-Delegar las facultades de decisión respecto de los asuntos de orden administrativo consignadas en las planillas que como Anexos I, II y III forman parte integrante del presente artículo, en favor de las autoridades que en cada caso se indica, manteniéndose los procedimientos y circuitos de trámite existentes en los Organismos disueltos, hasta la constitución de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, mientras no se dispongan modificaciones o sustituciones de los mismos.

ARTICULO 2º-Derógase la Resolución Nº 131 del 25 de enero de 1993, sus complementarias y modificatorias, como así también toda norma administrativa que se oponga a la presente,

ARTICULO 3º-Regístrese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.-CARLOS ALBERTO SILVANI, Administrador Federal.

NOTA: Los Anexos I, II y III de la Disposición 44/97 pueden ser consultados en Boletín Oficial del día 11 de agosto de 1997. (pag.9)