CONDECORACIONES

Decreto 779/97

Apruébase un Acta Mediante la cual se acuerda una condecoración a autoridades de la República de Chile.

Bs.As., 11/8/97

B.O: 15/8/97

VISTO lo establecido por el Decreto Ley Nº 16.628 del 17 de diciembre de 1957, ratificado por la Ley Nº 14.467, por el que se creó la "ORDEN DEL LIBERTADOR SAN MARTIN", y

CONSIDERANDO:

Que el Consejo de la Orden ha prestado acuerdo a la propuesta de condecorar a autoridades de la REPUBLICA DE CHILE, quienes se han hecho acreedores al honor y al reconocimiento de la Nación.

Que toca al PODER EJECUTIVO dictar la medida aprobatoria complementaria prevista en el artículo 5º del Decreto Ley Nº 16.628 del 17 de diciembre de 1957, ratificado por Ley Nº 14.467.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1º-Apruébase el Acta del Consejo de la "ORDEN DEL LIBERTADOR SAN MARTIN", suscripta el 20 de junio de 1997 mediante la cual se acuerda la condecoración de la "ORDEN DEL LIBERTADOR SAN MARTIN", a autoridades de la REPUBLICA DE CHILE, en el grado de COMENDADOR, al señor Intendente de la II Región, D. Cesar CASTILLO, al señor Intendente de la V Región, D. Hardy KNITTEL, a la señora Intendente de la XI Región, Dña. Silvia MORENO, a la señora Intendente de la VII Región, Dña. Luz PEÑALOZA, al señor Intendente de la XII Región, D. Ricardo SALLES, al señor Alcalde de Coyhaique. D. Eduardo SANTELICES, al señor Consejero de Embajada, D. Germán GUERRERO y al señor Edecán Presidencial, Coronel D. Alessandro CARTONI.

Art. 2º-Extiéndanse los correspondientes diplomas, de acuerdo con lo estipulado por el artículo 13 de la Reglamentación de la "ORDEN DEL LIBERTADOR SAN MARTIN" aprobada por el Decreto Nº 16.643 del 18 de diciembre de 1957.

Art. 3º-Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.-MENEM.-Guido Di Tella.