PROCURADOR PENITENCIARIO

Decreto 790/97

Designación.

Bs. As., 14/8/97

B.O: 20/8/97

VISTO, que se encuentra vacante el cargo de PROCURADOR PENITENCIARIO por vencimiento del plazo del mandato de su anterior titular, y

CONSIDERANDO:

Que la índole de las funciones del mencionado cargo, determina la necesidad de cubrirlo dentro de la mayor brevedad.

Que a tal fin se han evaluado los antecedentes del candidato propuesto por el Señor Ministro de Justicia, los que acreditan las exigencias de idoneidad y capacidad requeridas para su desempeño.

Que el señor doctor Oscar Luján FAPPIANO ostenta actualmente la calidad de Miembro de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos de la Organización de Estados Americanos con mandato vigente hasta el 31 de diciembre de 1997.

Que la circunstancia apuntada no obsta -por las especiales características de la actividad del organismo internacional aludido- el eficaz cumplimiento de los deberes asignados al Procurador Penitenciario, por lo que corresponde, en este supuesto, hacer excepción a la norma contenida en el artículo 5º de! Decreto Nº 1598/93.

Que el presente se dicta en ejercicio de las facultades acordadas por el artículo 99 incisos 1 y 7 de la Constitución Nacional.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1º-Desígnase PROCURADOR PENITENCIARIO al señor doctor Oscar Luján FAPPIANO (L.E. Nº 4.144.959).

Art. 2º-Exceptúase al funcionario designado de la incompatibilidad prevista por el artículo 5º del Decreto Nº 1598/93, en tanto dure su mandato vigente como Miembro de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos de la Organización de Estados Americanos.

Art. 3º-Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.-MENEM.-Raúl E. Granillo Ocampo.