BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA

COMUNICACION "B" 6187. 31/7/97. Ref.: Circular OPRAC - 1. Publicidad de las tasas de interés activas.

B.O: 22/8/97

A LAS ENTIDADES FINANCIERAS:

Nos dirigimos a Uds. con relación al tema de la referencia, para recordarles la vigencia de las disposiciones difundidas por la Comunicación -A" 2147 y complementarias, en las que se establece que en la publicidad-por cualquier medio-de operaciones de crédito específicas, debe informarse en forma legible y destacada las tasas de interés nominal y efectiva anual, reflejando además, de corresponder, el costo financiero total. Sólo podrán utilizarse siglas o abreviaturas para identificar los aludidos u otros conceptos luego de haberlos citado con la respectiva aclaración en forma completa.

Por otra parte, les señalamos que es responsabilidad de las entidades hacer observar esa exigencia en los casos en que empresas constructoras, inmobiliarias, industriales, comerciales, etc., publiciten la venta de inmuebles o de otros bienes o prestación de servicios en avisos en que se mencione su posible financiación a través de alguna entidad financiera comprendida en la Ley 21.526.

e. 22/8 Nº 196.180 v. 22/8/97