Secretaría de Hacienda

ADMINISTRACION FINANCIERA Y DE LOS SISTEMAS DE CONTROL DEL SECTOR PUBLICO NACIONAL

Resolución 365/97

Introdúcense modificaciones en los clasificadores por objeto de gastos, y económico de los gastos y en la metodología para la confección de la clasificación económica de los mismos, a partir del 1 de enero de 1998.

Bs. As., 21/8/97

B.O: 28/8/97

VISTO la Ley Nº 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional y los Decretos Nº 866 y 1815 de fechas 28 de mayo y 29 de setiembre de 1992, aprobatorios de los clasificadores presupuestarios de gastos por objeto y recursos por rubro, y la Resolución Nº 891 del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS de fecha 23 de julio de 1992, y

CONSIDERANDO:

Que resulta oportuno introducir modificaciones en el clasificador por objeto del gasto a fin de poder identificar apropiadamente las transacciones presupuestarias que se realizan con las universidades nacionales.

Que en función de lo expresado, resulta necesario incorporar nuevas partidas en el mencionado clasificador, para identificar las transferencias corrientes y de capital que reciban las universidades nacionales.

Que las modificaciones en el clasificador por objeto del gasto, asimismo, requiere la adecuación de la clasificación económica de los gastos, así como la de la metodología para su elaboración.

Que la presente normativa se dicta en función de las disposiciones del artículo 6º del Decreto Nº 2666/92, del artículo 4º del Decreto Nº 866/92 y del artículo 5º de la Resolución Nº 891/92 del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS.

Por ello,

EL SECRETARIO DE HACIENDA

RESUELVE:

Artículo 1º-Modificase a partir del 1 de enero de 1998 el clasificador por objeto del gasto de acuerdo al detalle obrante en la planilla anexa al presente artículo.

Art. 2º-Modificase a partir del 1 de enero de 1998 el clasificador económico de los gastos de acuerdo al detalle obrante en la planilla anexa al presente artículo.

Art. 3º-Modificase a partir del 1 de enero de 1998 la metodología para la confección de la clasificación económica de los gastos de acuerdo al detalle obrante en la planilla anexa al presente artículo.

Art.4º-Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.-Pablo E. Guidotti.

ANEXO AL ARTICULO 1º

CLASIFICADOR POR OBJETO DEL GASTO

Incorpóranse como partidas parciales de la partida principal 56 - Transferencias a universidades nacionales las siguientes:

561 Transferencias a universidades nacionales para financiar gastos corrientes.

562 Transferencias a universidades nacionales para financiar gastos de capital.

Incorpóranse las leyendas descriptivas de las siguientes partidas parciales:

561 Transferencias a universidades nacionales para financiar gastos corrientes.

Transferencias otorgadas a universidades nacionales para atender sus erogaciones corrientes.

562 Transferencias a universidades nacionales para financiar gastos de capital

Transferencias otorgadas a universidades nacionales para atender sus erogaciones de capital.

ANEXO AL ARTICULO 2º

CLASIFICADOR ECONOMICO DE LOS GASTOS

Incorporase a la versión analítica, dentro de las transferencias de capital al sector público, a la Administración Nacional, el siguiente código:

2.2.2.2.1.4.0. A las universidades nacionales

ANEXO AL ARTICULO 3º

METODOLOGIA PARA LA ELABORACION DEL CLASIFICADOR ECONOMICO DE LOS GASTOS

Modificase la correspondencia con el clasificador por objeto del gasto del código referido a las transferencias corrientes a las universidades nacionales.
CODIGOCORRESPONDENCIA CON EL CLASIFICADOR POR OBJETO DEL GASTO
2.1.7.2.1.3.0. A las universidades nacionales
561

Incorporase la correspondencia con el clasificador por objeto del gasto del código referido a las transferencias de capital a las universidades nacionales.
CODIGOCORRESPONDENCIA CON EL CLASIFICADOR POR OBJETO DEL GASTO
2.2.2.2.1.4.0. A las universidades nacionales
562