Secretaría de Industria, Comercio y Minería
INDUSTRIA AUTOMOTRIZ
Resolución 830/97
Apruébase un plan de intercambio compensado presentado por la firma "Maet Argentina S. A."
Bs. As., 26/8/97.
B. O.: 1/9/97.
VISTO el expediente N° 060-001612/97, del registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, por el que la firma "MAET ARGENTINA S.A.", con domicilio en Ruta 30 y 226, Parque Industrial, Tandil, Provincia de Buenos Aires, solicita la aprobación de un plan de intercambio compensado que proyecta desarrollar como empresa autopartista independiente de la industria automotriz, y
CONSIDERANDO:
Que la solicitud presentada cumple con los objetivos y requisitos de la legislación aplicable.
Que la Subsecretaría de Industria ha evaluado el pedido de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 1° de la Resolución ex-S.M. e I. N° 190 del 29 de abril de 1.996 y sus modificatorias Resolución S.I.C. y M. N° 175 del 26 de setiembre de 1.996y Resolución S.I.C. y M. N° 291 del 11 de abril de 1.997.
Que la Delegación III de la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVCIOS PUBLICOS ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente resolución se dicta en virtud de lo establecido en los artículos 6° y 14 del Decreto N° 33 del 15 de enero de 1.996 y en el articulo 1° de la Resolución ex-S. M. e I. N° 190 del 29 de abril de 1.996 y sus modificatorias Resolución S.I.C. y M. N° 175 del 26 de septiembre de 1.996 y Resolución S.I.C. y M. N° 291 del 11 de abril de 1.997.
Por ello,
EL SECRETARIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA
RESUELVE:
Artículo 1°- Apruébase el plan de intercambio compensado presentado por la Firma "MAET ARGENTINA S.A." con domicilio en Ruta 30 y 226, Parque Industrial, Tandil, Provincia de Buenos Aires, con las condiciones que se indican en el Anexo de UNA (1) foja que forma parte integrante de la presente Resolución.
Art. 2°- Los derechos y obligaciones emergentes de la solicitud a que se refiere la presente resolución se regirán por el Decreto N° 33 del 15 de enero de 1.996, por la Resolución ex-S. M. e I. N° 190 del 29 de abril de 1.996 y sus modificatorias Resolución S.I.C. y M. N° 175 del 26 de setiembre de 1.996 y Resolución S.I.C. y M. N° 291 del 11 de abril de 1.997, y por la presente, como así también por los compromisos asumidos por la beneficiaria en el expediente M. E. y O. y S. P. N° 060-001612/97.
Art. 3°- Déjase establecido que a los efectos que hubiere lugar, la firma "MAET ARGENTINA S.A." constituye domicilio especial en Tucumán 862, Piso 2°, Oficina "B", Capital Federal, donde serán validas todas las notificaciones judiciales o extrajudiciales que se le practiquen, siendo competente para el caso de divergencia o controversia la jurisdicción de la Justicia Nacional en lo Federal de la Capital Federal.
Art. 4°- La presente resolución comenzará a regir a partir del día siguiente de su notificación.
Art. 5°- Remítase copia de la presente resolución a la DIRECCION GENERAL DE ADUANAS dependiente de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS.
Art. 6°- Notifíquese a la interesada.
Art. 7°- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.- Aileto A. Guadagni.
ANEXO A LA RESOLUCION S.I.C. y M. N° 830
Expediente N° 060-001612/97 Empresa: MAET ARGENTINA S.A. Productos a Exportar: Posición N.C.M. Descripción 8409.99.12 Tapas de cilindro 8409.99.15 Múltiple de escape 8708.99.00 Engranaje para cajas de cambio Productos a Importar: Posición N.C.M. Descripción 8708.99.00 Engranajes de cajas de cambio 8708.99.00 Piñones y Corona 8708.99.00 Crucetas de Transmisión 8708.99.00 Partes de diferencial