Administración Nacional del Seguro de Salud

OBRAS SOCIALES

Resolución 2246/97

Información que deberán presentar las Obras Sociales acreedoras del importe de cobertura al titular y su grupo familiar fijado en el Programa de Cobertura Asistencial para Desocupados.

Bs. As., 27/8/97

B.O: 2/9/97

VISTO la Ley 24.013, Título IV, Capítulo Unico, el Decreto Nº 492/95, y las Resoluciones Nros. 125/95 MTSS, 486/97 MTSS y 544/97 MISS; y

CQNSIDERANDO:

Que por la citada Resolución Nº 486/97 MTSS se creó el "Programa de Cobertura Asistencial para Desocupados", para atender por medio de la Obra Social a la que aportaba el beneficiario hasta el momento de acceder a la prestación por desempleo, a los trabajadores mayores de cuarenta (40) años, jefes de hogar con carga de familia, que hayan dejado de percibir dicha prestación entre el 30 de junio de 1996 y el 30 de junio de 1997 o estén percibiéndola desde hace mas de noventa (90) días, no se encuentren cotizando al Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones (SIJP) y mantengan la condición de desempleados.

Que por la misma norma antes aludida, se prevé que la gestión de la cobertura asistencial estará a cargo de la Administración Nacional del Seguro de Salud.

Que por la Resolución Nº 544/97 MTSS se fijó en pesos cuarenta ($ 40) mensuales, que serán imputados al Fondo Nacional de Empleo, como cobertura al titular y a su grupo familiar primario dentro del marco del Programa Médico Obligatorio, por cada grupo familiar que acrediten haber atendido hasta el 31 de diciembre de 1997.

Que se dicta la presente en función de las atribuciones reconocidas en las normas del Visto, en las Leyes 23.660 y 23.661 y en los Decretos Nros. 784/93 y 785/93.

Por ello,

EL INTERVENTOR EN LA ADMINISTRACION NACIONAL DEL SEGURO DE SALUD

RESUELVE:

Artículo 1º-Las OBRAS SOCIALES acreedoras del importe de cobertura al titular y su grupo familiar fijado en el Programa de Cobertura Asistencial para Desocupados, según lo previsto en las Resoluciones Nros. 486/97 MTSS y 544/97 MTSS, deberán gestionar su liquidación y pago a la Administración Nacional del Seguro de Salud, presentando por la Mesa de Entradas la solicitud y la nómina completa de los beneficiarios que hayan recibido las prestaciones con arreglo a aquel, con identificación del número de CUIL, nombre y apellido, fecha de nacimiento, sexo y fecha de inicio y finalización de la asistencia médica brindada. La información deberá presentarse en diskettes de tres y medio pulgadas (3.5 ") de alta densidad, en formato ASCII, cumpliendo con el diseño que se expresa en el Anexo de la presente, siendo acompañados en sobre cerrado.

Art. 2º-La Gerencia de Prestaciones analizará que se hayan observado los requisitos establecidos por las normas de este Programa y certificará el número de inscripción de la reclamante en el Registro Nacional de Obras Sociales.

Art. 3º-Verificada la adecuación a las disposiciones citadas, Ia misma Gerencia remitirá el Expediente a la Subsecretaría de Empleo y Formación Profesional para su liquidación.

Art. 4º-Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y, oportunamente, archívese.-Jose L. Lingeri.

ANEXO

1. Diseño de Registro

1.1 Tabla de Registro


Nº del    Longitud   Tipo       Nombre           Observaciones                
Campo                                                                         

1         11         N         Cuil                                           

2         2          AN        Tipo de           _-Según Tabla                
                               Documento                                      

3         8          N         Nro de Documento                               

4         30         AN        Apellido y        -Se deberá dejar un blanco   
                               nombres           entre Apellido/s y           
                                                 Nombre/s, informándose en    
                                                 ese orden.                   
                                                 En caso de mujeres casadas   
                                                 el apellido debe ser de      
                                                 soltera.                     

5         1          A         Sexo              - Según Tabla                

6         8          N         Fecha de          El formato utilizado es el   
                               Nacimiento        siguiente: DDMMAAA,          
                                                 dónde D= Día, M=Mes y A=     
                                                 Año. Ej. 04/10/1996 =        
                                                 04101996                     
                                                                              

7         8          N         Fecha de inicio   DDMMAAAA - Idem campo        
                               de cobertura      Nº 8                         

8         8          N         Fecha de          DDMMAAAA - Idem campo        
                               finalización de   Nº 8                         
                               cobertura                                      



1.2 Significado de columnas

Nº del Campo: Indica la posición del campo dentro del registro. Longitud: Indica el tamaño del campo correspondiente.

Tipo de datos:


 Código              Descripción      Alineación    Caracteres Permitidos    

N                     Numérico         Derecha      Números                  

        A            Alfabético       Izquierda     Mayúsculas, apóstrafe o  
                                                    blancos                  

AN                  Alfanuméricos     Izquierda     Mayúsculas,              
                                                    números,apóstrofes o     
                                                    blancos                  



Nombre: Expresa el significado del campo correspondiente.

Observaciones: Comentarios sobre los formatos o valores del campo.

IMPORTANTE:

2. Tablas de referencia

2.1 Tabla de Tipo de Documento


Código                     Descripción                      

LC                         LIBRETA CIVICA                   

LE                         LIBRETA DE ENROLAMIENTO          

DU                         DOCUMENTO UNICO                  



2.2 Tabla de Sexo


 Código                              Descripción            

 M                        MASCULINO                         

 F                        FEMENINO