Secretaría de Culto

CULTO

Resolución 2319/97

Reconócese a las Hermanas de Santa Dorotea de Cemmo como persona jurídica y entidad de bien público.

Bs. As., 22/8/97

B.O: 2/9/97

VISTO lo solicitado por las HERMANAS DE SANTA DOROTEA DE CEMMO, y

CONSIDERANDO:

Que las HERMANAS DE SANTA DOROTEA DE CEMMO, es un Instituto de Vida Consagrada de Derecho Pontificio y como tal ha acreditado su carácter de persona jurídica pública dentro de la IGLESIA CATOLICA APOSTOLICA ROMANA, conforme las normas del Código de Derecho Canónico.

Que la solicitante ha cumplido con todos los requisitos exigidos por la normativa vigente, acompañando sus constituciones, decreto de erección memoria y constancia de su admisión en la REPUBLICA ARGENTINA, debidamente aprobadas por la autoridad eclesiástica.

Que la presente se dicta en virtud de lo dispuesto en el artículo 1º de la ley 24.483.

Por ello,

EL SECRETARIO DE CULTO

RESUELVE:

Artículo 1º-Reconócese como persona jurídica a las HERMANAS DE SANTA DOROTEA DE CEMMO, con sede legal y domicilio especial en calle Juan Agustín García, número TRES MIL CUARENTA Y DOS (3042), CAPITAL FEDERAL, la que queda inscripta bajo el número NOVENTA Y NUEVE (99) del Registro de Institutos de Vida Consagrada.

Art. 2º-Reconócese a dicho Instituto de Vida Consagrada el carácter de entidad de bien público, a todos los efectos que correspondan.

Art. 3º-Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial, y archívese.-Angel M. Centeno.