Secretaría de Empleo y Seguridad Social

PROGRAMAS DE EMPLEO

Resolución 405/97

Modificase el Reglamento del Programa de apoyo a los Talleres Protegidos de Producción.

Bs. As., 27/8/97

B.O: 3/9/97

VISTO las Leyes Nros. 22.431, 24.013, 24.147 y 24.452; los Decretos Nº 498 de fecha 1º de marzo de 1983, Nº 1027 de fecha 29 de junio de 1994, Nº 153 de fecha 16 de febrero de 1996, Nº 197 de fecha 7 de marzo de 1997, la Resolución M.T. y S.S. Nº 355 de fecha 3 de junio de 1997, la Resolución S.E. y C.L. Nº 386 de fecha 11 de agosto de 1997, las Actas del COMITE COORDINADOR DE PROGRAMAS PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD Nº 5 de fecha 15 de abril de 1997, Nº 21 de fecha 31 de julio de 1997 y Nº 23 de fecha 21 de agosto de 1997, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 13 de la Resolución M.T. y S.S. Nº 355/97 establece que la SECRETARIA DE EMPLEO Y CAPACITACION LABORAL será la responsable de la instrumentación del Programa de APOYO A TALLERES PROTEGIDOS DE PRODUCCION en todo el país.

Que por Resolución S.E. y C.L. Nº 386/97 se ha procedido a reglamentar los aspectos operativos del Programa.

Que en dicha Resolución, punto 6.2, se fijo como fecha tope para la recepción de propuestas y para el acto de apertura de las solicitudes de subsidio correspondientes al primer llamado el día 19 de septiembre de 1997.

Que se ha considerado conveniente modificar dicha fecha, ampliando el plazo para la presentación de solicitudes para el primer llamado, estableciéndose una nueva fecha.

Que además se ha considerado pertinente aclarar como habrá de calcularse el porcentaje de autofinanciamiento de los Talleres Protegidos de Producción en funcionamiento, a los efectos de la incorporación de dicho monto para establecer el orden de mérito.

Que por otra parte es pertinente efectuar algunas correcciones de errores de tipeo y aspectos formales, y modificar el formulario de inscripción en el REGICE, introduciendo dentro del mismo el criterio a utilizar para el cálculo del porcentaje de autofinanciamiento.

Que de acuerdo a lo establecido por el artículo 14 de la Resolución M.T. y S.S. Nº 355/97, estas modificaciones, en cuanto aspectos de fondo, han sido sometidas a la consideración del COMITE COORDINADOR DE PROGRAMAS PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD, habiendo sido aprobadas por Acta Nº 23 de fecha 21 de agosto de 1997.

Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por la Resolución M.T. y S.S. Nº 355/97.

Por ello,

EL SECRETARIO DE EMPLEO Y CAPACITACION LABORAL

RESUELVE:

Artículo 1º-Modificar el punto 3 del Reglamento del Programa de Apoyo a los Talleres Protegidos de producción (Anexo I de la Resolución S.E. y C.L. Nº 386/97), aclarándose que donde dice "Anexo VI, deberá decir "Anexo II". quedando el párrafo redactado de la siguiente manera:

"3. REGISTRO DE INSTITUCIONES PARTICIPANTES EN EL PROGRAMA."

Las entidades que participen en el Programa deberán inscribirse en EL REGISTRO DE INSTITUCIONES DE CAPACITACION Y EMPLEO (REGICE) del MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL (M.T. y S.S.) (Ver Anexo II, solicitud de inscripción al REGICE)".

Art. 2º-Modificase el punto 6.2., primer párrafo, del Reglamento del Programa de Apoyo a los Talleres Protegidos de Producción (Anexo I de la Resolución S.E. y C.L. Nº 386/97), el que quedará redactado de la siguiente manera:

"Las fechas de cierre de recepción de propuestas y los actos de apertura de las solicitudes de subsidio para cada llamado se establecen en el siguiente cuadro:"


LLAMADO                              CIERRE DE RECEPCION ,                

1º                                   17 de octubre                        

2º                                   15 de noviembre                      



Art. 3º-Modificase el punto 6.4.3. del Reglamento del Programa de Apoyo a los Talleres Protegidos de Producción (Anexo I de la Resolución S.E. y C.L. Nº 386/97), agregándose a continuación del tercer párrafo del punto citado, los siguientes párrafos:

"A los efectos de establecer el porcentaje de ingresos provenientes de la comercialización de los productos del Taller, no deberán incluirse en la sumatoria de egresos, aquellos que correspondan al pago de ayudas económicas, asignaciones no remunerativas, becas y/o salarios destinados a las personas discapacitadas que desarrollan tareas en el Taller, que no sean financiados por Programas Nacionales, Provinciales o Municipales.

En caso de igualdad de puntaje entre ofertas se priorizará, en primer término a la oferta correspondiente a la provincia con menor cantidad de proyectos seleccionados, en segundo término a los proyectos con mayor cantidad de beneficiarios involucrados, de persistir la igualdad se seleccionará en primer lugar a los de categoría A, en segundo a los de categoría B y en tercer lugar a los de categoría C".

Art. 4º-Modificase el punto 8, párrafo cuarto del Reglamento del Programa de Apoyo a los Talleres Protegidos de Producción (Anexo I de la Resolución S.E. y C.L. Nº 386/97), el que quedará redactado de la siguiente manera:

"La DIRECION DE ADMINISTRACION de JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS requiere para la ejecución de pagos la siguiente documentación, que deberá ser entregada por las entidades adjudicatarias a la SECRETARIA DE EMPLEO Y CAPACITACION LABORAL como requisito previo al pago de todos los tipos de subsidios:

* Fotocopia de Acta de Constitución.

* Fotocopia de personería jurídica.

* Fotocopia de inscripción en la D.G.I., excepción si correspondiese certificada por Escribano Público.

* Fotocopia de número de CUIT.

* Fotocopia de Estatuto, autenticada por Escribano Público.

* Fotocopia de última acta de asamblea con nómina de autoridades vigentes, autenticadas por Escribano Público, y su correspondiente inscripción en la INSPECCION GENERAL DE JUSTICIA o autoridad provincial equivalente.

* Fotocopia de último Balance y Memoria certificado por Contador Público Nacional.

* Solicitud de alta de beneficiarios de pago. Disposición T.G.N. Nº 10/95 y C.G.N.Nº 21/95".

Art. 5º-Modificanse los puntos 8.1 a 8.2.3 del Reglamento del Programa de Apoyo a los Talleres Protegidos de Producción (Anexo I de la Resolución S.E. y C.L. Nº 386/97), los que quedarán redactados de la siguiente manera:

"8.1 REQUISITOS PARA LA EFECTIVIZACION DE PAGOS

"En un plazo no mayor de TREINTA (30) días corridos, contados a partir de la fecha de haber recibido la entidad adjudicataria la Notificación de Otorgamiento del Subsidio (Apartado 7.9), deberá presentar en las GECAL la documentación consignada en los apartados 8.1 a 8.1.3.

Los Talleres Protegidos de Producción en creación deberán presentar en las GECAL como requisito previo al pago, independientemente de los requeridos para cada tipo de subsidio:

* Fotocopias de DOCUMENTO NACIONAL DE IDENTIDAD (DNI) que justifique la identidad de los discapacitados que atiende el Taller.

* Fotocopias de certificado de discapacidad de los beneficiarios, para su acreditación en los términos del Decreto Nº 498/83.

* Solicitud de alta de beneficiarios de pago. Disposición T.G.N. Nº 10/95 y C.G.N. Nº 21/95.

Las copias de las facturas podrán ser autenticadas por el contador de la entidad adjudicataria.

"8.1.1 SUBSIDIOS PARA ASISTENCIA TECNICA EN COMERCIALIZACION

* Las entidades deberán presentar en las GECAL el presupuesto establecido y firmado por el consultor contratado y la Solicitud de alta de beneficiarios de pago. Disposición T.G.N. Nº 10/95 y C.G.N. Nº 21/95.

8.1.2 SUBSIDIOS PARA INVERSIONES EN BIENES DE CAPITAL E INSUMOS

Las entidades deberán presentar en las GECAL, la copia de las facturas correspondientes al VEINTE POR CIENTO (20 %) de los bienes a adquirir, según lo establecido en el compromiso de cofinanciación y la Solicitud de alta de beneficiarios de pago. Disposición T.G.N. Nº 10/95 y C.G.N. Nº 2i/95. Las copias de las facturas podrán ser autenticadas por el contador de la entidad adjudicataria.

8.1.3 SUBSIDIOS PARA PROYECTOS DE CAPACITACION

* Las entidades deberán presentar en las GECAL, copia de las facturas correspondientes al VEINTE POR CIENTO (20 %) del costo del/los cursos, según lo establecido en el compromiso de cofinanciación y la Solicitud de alta de beneficiarios de pago, Disposición T.G.N. Nº 10/95 y C.G.N. Nº 21/95.

Las copias de las facturas podrán ser autenticadas por el contador de la entidad adjudicataria.

8.2 PLAZOS PARA INICIO DE ACTIVIDADES

Las entidades adjudicatarias deberán iniciar las actividades propuestas por el Plan de Desarrollo Empresarial dentro de los plazos que a continuación se consignan en los apartados 8.2.1 a 8.2.3. Los plazos en todos los casos serán contados a partir de la fecha en que se haya efectuado el pago por el Programa a la adjudicataria. La presentación de la documentación requerida en dichos apartados será considerada a los fines de Notificación de inicio de Actividades y luego remitida al COMITE COORDINADOR DE PROGRAMAS PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD en carácter de rendición de cuentas. Asimismo las altas de los beneficiarios para la cobertura del seguro se realizarán a partir de esta Notificación de Inicio.

8.2.1 INVERSIONES EN BIENES DE CAPITAL E INSUMOS

Las entidades adjudicatarias deberán presentar, en la GECAL de su provincia, copia de las facturas correspondientes a la totalidad de las inversiones solicitadas, dentro de los SESENTA (60) días contados a partir de la fecha en que se haya efectuado el pago por el Programa a la adjudicataria. La DIRECCION NACIONAL DE POLITICAS DE EMPLEO Y CAPACITACION (DNPEyC) remitirá una copia de la documentación recibida al COMITE COORDINADOR DE PROGRAMAS PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD. Las copias de las facturas podrán ser autenticadas por el contador de la entidad adjudicataria.

8.2.2 ACCIONES DE ASISTENCIA TECNICA EN COMERCIALIZACION

La entidad adjudicada deberá presentar, en la GEGAL de su provincia en un plazo de SESENTA (60) días contados a partir de la fecha en que se haya efectuado el pago por el Programa a la adjudicataria, el Diagnóstico de Mercado y Proyecto de Comercialización y copia de la factura del consultor correspondiente a la totalidad de los honorarios comprometidos. La DNPEyC remitirá una copia de la documentación recibida al COMITE COORDINADOR DE PROGRAMAS PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD. Las copias de las facturas podrán ser autenticadas por el contador de la entidad adjudicataria.

8.2.3 EJECUCION DE PROYECTOS DE CAPACITACION

La entidad adjudicataria deberá presentar, en la GECAL de su provincia en un plazo no mayor de CIENTO VEINTE (120) días las copias de las facturas correspondientes a la totalidad de los costos comprometidos. La DIRECCION NACIONAL DE POLITICAS DE EMPLEO Y CAPACITACION remitirá una copia de la documentación recibida al COMITE COORDINADOR DE PROGRAMAS PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD. Las copias de las facturas podrán ser autenticadas por el contador de la entidad adjudicataria".

Art. 6º-Modificase el Anexo II del Reglamento del Programa de Apoyo a los Talleres Protegidos de Producción (Anexo I de la Resolución S.E. y C.L. Nº 386/97), el que quedará reemplazado por el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución.

Art. 7º-Suprimese el punto 8.5, "Rendición", del Reglamento del Programa de Apoyo a los Talleres Protegidos de Producción (Anexo I de la Resolución S.E. y C.L. Nº 386/97), debiendo eliminarse dicho ítem también del Indice del citado Reglamento.

Art. 8º-Regístrese, comuníquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación, remítase copia autenticada al Departamento Publicaciones y Biblioteca y archívese.-Hernán Cornejo.

ANEXO II

INSCRIPCION EN EL REGISTRO DE INSTITUCIONES DE CAPACITACION Y EMPLEO (REGICE)

PROGRAMA DE APOYO A LOS TALLERES PROTEGIDOS DE PRODUCCION

FORMULARIOS DE INSCRIPCION

2. PROGRAMA DE APOYO A LOS TALLERES PROTEGIDOS DE PRODUCCION

2.1 DENOMINACION


Nombre legal de la Institución                                           

Nombre de fantasía                                                       



2.2 CONSTITUCION


Adjuntar fotocopia certificada del estatuto                              

Adjuntar fotocopia certificada o legalizada del instrumento leal que     
acredite la constitución de la Institución.                              

Indicar denominación del instrumento y fecha de constitución             



2.3 INSCRIPCION


Adjuntar fotocopia certificada o legalizada de la documentación que      
acredite la inscripción en el Registro correspondiente                   



2.4 DOMICILIO


Calle y número                                                           

Localidad                Depto/Partido            Código postal            

Provincia.                           País                                 

Teléfono                             Fax                                  



2.5 CUIT Y POSICION FRENTE AL IVA


Nº de CUIT                           Posición frente al IVA               



2.6 REPRESENTANTES LEGALES


Nombre y Apellido                                                        

Tipo y número de documento                                               

Adjuntar fotocopia certificada o legalizada de la 1ra. y 2da. pagina     

                                                                         

Nombre y Apellido                                                        

Tipo y número de documento                                               

Adjuntar fotocopia certificada o legalizada de la 1ra. y 2da. pagina     

                                                                         

Nombre y Apellido                                                        

Tipo y número de documento                                               

Adjuntar fotocopia certificada o legalizada de la 1ra. y 2da. pagina     



2.7 CURRICULUM VITAE DEL DIRECTOR, RESPONSABLE DE LA ADAPTACION LABORAL Y SOCIAL


Adjuntar Curriculum indicando:                                           

-Datos personales, estudios realizados, asistencia y/o dictado de        
cursos de especialización profesional                                    

-Experiencia profesional en actividades de gerenciamiento.               

-Experiencia de más de tres años.                                        



2.8 INFORMACION DE INGRESOS PROVENIENTES DE LA COMERCIALIZACION DE PRODUCTOS


Porcentaje de recursos provenientes de la comercialización de sus        
productos                                                                

Adjuntar copia simple del último balance general, firmado por el         
presidente y secretario, con mención es copia fiel.                      



Para establecer la relación ingresos - egresos, no deberán incluirse en la sumatoria de egresos, aquellos que correspondan al pago de ayudas económicas, asignaciones no remunerativas, y/o salarios a las personas discapacitadas que desarrollan tareas en el Taller, que no sean financiados por Programas Nacionales, Provinciales o Municipales.

2.9 PORCENTAJE DE DISCAPACITADOS EN RELACION AL TOTAL DE PERSONAL DE LA ENTIDAD


Consignar porcentaje de discapacitados                                   



2.10 ANTECEDENTES EN ACTIVIDADES DESARROLLADAS CON POBLACION DE DISCAPACITADOS

Indicar las actividades educativas / capacitación / empleo y su fecha   
de inicio                                                               


2.11 RECURSOS HUMANOS (Adjuntar fotocopia autenticada por escribano o por el organismo otorgante, de los certificados de discapacidad expedidos conforme a la Ley 22.431, su reglamentación y/o leyes provinciales análogas)


                                               Planta Permanente          

Directivos                                                                

Profesores                                                                

Técnicos                                                                  

Administrativos                                                           

Maestranza                                                                

Discapacitados                                                            

Otros                                                                     

TOTAL                                                                     



DECLARACION JURADA

La información consignada precedentemente y la documentación que se anexa revisten carácter de Declaración Jurada.

Los firmantes se responsabilizan de su veracidad y se comprometen a facilitar su verificación por parte de la Secretaría de Empleo y Capacitación Laboral.

Manifiestan además conocer el reglamento del REGICE y que ni la institución ni sus representantes legales están incursos en las incompatibilidades detalladas en el artículo 7 del mismo.

Manifiestan también cumplir con las normas impositivas, laborales y previsionales y las que pudieran corresponderles en el orden nacional, provincial y municipal, de acuerdo a su actividad.


Firma del Representante Legal                                            

Aclaración                                                               

                                                                         

Firma del Representante Legal                                            

Aclaración                                                               

                                                                         

Firma del Representante Legal                                            

Aclaración                                                               




Certifico que las firmas que anteceden y sus respectivas aclaraciones    
fueron puestas ante mi, de lo que doy fe.                                

Firma y sello del Escribano Público o autoridad competente