Administración Federal de Ingresos Públicos

FACTURACION Y REGISTRACION

Resolución General 14/97

Procedimiento. Emisión de comprobantes. Controladores Fiscales. Resolución General N° 4104, (DGI) sus modificatorias y complementarias. Nómina de equipos homologados y empresas proveedoras autorizadas.

Bs. As., 3/9/97

B.O: 8/9/97

VISTO el régimen de emisión de comprobantes a través del empleo de Controladores Fiscales, establecido por la Resolución General N° 4104 (DGI), sus modificatorias y complementarias, y

CONSIDERANDO:

Que conforme a lo dispuesto por el Apartado C del Capitulo XI del Anexo I de la referida norma, este Organismo debe homologar, mediante el dictado de una resolución general, los equipos que resulten aprobados para su comercialización, e informar las respectivas empresas proveedoras autorizadas.

Que el mencionado pronunciamiento es indicativo del cumplimiento de los requisitos y condiciones que han reunido los Controladores Fiscales que se homologan, cuya aptitud surge del análisis de los Informes de Evaluación Técnica del Instituto Nacional de Tecnología Industrial, así como que las empresas proveedoras inscriptas han constituido los avales necesarios que requiere la norma citada en el visto.

Que lo expuesto, es sin perjuicio del cumplimiento de las demás obligaciones que el régimen prevé, durante el lapso de validez de la homologación.

Que ha tomado la intervención que le compete la Dirección de Legislación.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el articulo 7° del Decreto N° 618 de fecha 10 de julio de 1997.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

RESUELVE:

Artículo 1°-De acuerdo con lo dispuesto en el Apartado C del Capitulo XI del Anexo I de la Resolución General N° 4104 (DGI), sus modificatorias y complementarias, se homologan los equipos denominados "Controlador Fiscal" cuyas marcas, modelos y códigos asignados, con las respectivas denominaciones de las empresas proveedoras y sus Claves Unicas de Identificación Tributaria (C.U.I.T.), se indican en el Anexo que forma parte integrante de esta resolución general.

Art. 2°-La homologación dispuesta en el artículo anterior, así como la autorización de venta por parte de las empresas proveedoras, tendrá una validez de CINCO (5) años contados a partir del día de la publicación de la presente en el Boletín Oficial, inclusive, siempre que se cumpla durante dicho plazo, con los requisitos establecidos por la Resolución General N° 4104 (DGI), sus modificatorias y complementarias.

Art. 3°-Regístrese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.-Carlos A. Silvani.

ANEXO RESOLUCION GENERAL N° 14
MARCA
MODELO
CODIGO ASIGNADO
EMPRESA PROVEEDORA
C.U.I.T.
HASAR
SMH/P-950 F
HHA
COMPAÑIA HASAR S.A.I.C.
30-61040056-2
HASAR
SMH/P-614 F
HHB
COMPAÑIA HASAR S.A.I.C.
30-61040056-2
CRAMS
UN 1310-MFA
ZVA
JORGE PEREZ VALIÑO
20-04192267-3