Ministerio de Economía y Servicios Públicos

DEUDA PUBLICA

Resolución 965/97

Apruébanse los Formularios de Requerimiento de Pago y Requerimiento global de Pago de la Ley N° 24.411, Decreto N° 726/97 y el Acta de Conformidad que debe ser suscripta por los beneficiarios causahabiente ante la Secretaría de Hacienda.

Bs. As., 10/9/97

B.O: 15/9/97

VISTO la Ley N° 23.982, la Ley N° 24.411 y los Decretos N° 2140 del 10 de octubre de 1991, N° 403 del 29 de agosto de 1995, y N° 726 del 4 de agosto de 1997, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° 24.411 se dispone un beneficio extraordinario a las personas que se encuentren en situación de desaparición forzada a ser percibido a través de sus causahabientes, que el artículo 8° del Decreto N° 403/95 determina que el importe del beneficio se hará efectivo de conformidad a los términos de la Ley N° 23.982.

Que el artículo 1° del Decreto N° 726/97 dispone la emisión de BONOS DE CONSOLIDACION DE DEUDA EN MONEDA NACIONAL SEGUNDA SERIE y que el artículo 2° del citado Decreto, dispone la emisión de BONOS DE CONSOLIDACION EN DOLARES ESTADOUNIDENSES SEGUNDA SERIE, destinados a cancelar los beneficios dispuestos por la Ley N° 24.411.

Que resulta necesario instrumentar la entrega de los BONOS DE CONSOLIDACION SEGUNDA SERIE a través de la creación del Formulario de Requerimiento de Pago Global, así como también del Formulario de Requerimiento de Pago Individual.

Que el artículo 36 del decreto N° 2140/91 dispone que el MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS será la Autoridad de Aplicación del Régimen de Consolidación y en tal carácter esta facultado para dictar las normas aclaratorias, interpretativas, o complementarias que requiera su reglamentación.

Por ello,

EL MINISTRO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS

RESUELVE:

Artículo 1°-Aprobar el Formulario de Requerimiento de Pago de la Ley N° 24.411, Decreto N° 726/97, que como Anexo I forma parte de la presente Resolución, cuya tramitación se realizará conforme a los procedimientos administrativos establecidos por el Decreto N° 2140/91 y la Resolución N° 1463/91 de este MINISTERIO y demás normas complementarias.

Art. 2°-Aprobar el Formulario de Requerimiento Global de Pago de la Ley N° 24.411, Decreto N° 726/97, que como Anexo II forma parte de la presente Resolución, cuya tramitación se realizará conforme a los procedimientos administrativos establecidos por la Resolución N° 258/94 de este MINISTERIO.

Art. 3°-Aprobar el Acta de Conformidad que como anexo III forma parte de la presente Resolución.

La misma debe ser suscripta ante la SECRETARIA DE HACIENDA, por los beneficiarios causahabientes que hayan integrado el Formulario de Requerimiento de Pago de Deuda Consolidada con anterioridad a la entrada en vigencia del Decreto N° 726/97.

Art. 4°-Los BONOS DE CONSOLIDACION SEGUNDA SERIE se acreditarán en la CAJA DE VALORES S.A. a la orden de los Juzgados intervinientes, los que arbitrarán las medidas necesarias a efectos de poner los mismos a disposición de los beneficiarios causahabientes.

Art. 5°-Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.-Roque B. Fernández.

ANEXO I

ANEXO II

ANEXO III

Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos

Secretaría de Hacienda

BUENOS AIRES,___________                                                 


ACTA DE CONFORMIDAD

Por la presente ____________D.N.I._________________

beneficiario causahabiente de Autos: _________________

que se tramitan en el juzgado: ______________________

______________________________________________

manifiesta conformidad respecto a la liquidación en Bonos de Consolidación Serie II emitidos por el Decreto 726/97, en el porcentaje que corresponda según obra en el Oficio Judicial pertinente, en los siguientes términos

1 - La cancelación de la obligación de los beneficios comprendidos en la Ley 24.411 y el Decreto 726/97 mediante el Formulario de Requerimiento de Pago de Bonos de Consolidación Serie II individualizado a través de:

(1) Liquidación N° ___________________

(2) Importe: 224.000

(3) Expresado al VT de la fecha ____/____/____

(4) V.N. a entregar: ____BONOS DE CONSOLIDACION SERIE 11 = (1)/ (3)

Con la puesta a disposición de los Bonos de Consolidación Serie II a la orden del Juzgado interviniente en la Información Sumaria o en los autos Sucesorios, se cancela el 100 % de la deuda, renunciando en forma total expresa y absoluta a toda acción judicial o extrajudicial por las obligaciones que se cancelan con los Bonos Serie II (conforme a lo dispuesto en la ley 24.411 y el decreto 726/97).

Firma:___________________                                                

Aclaración:________________                                              

Doc. N°__________________                                                


se firma en presencia de:

Firma:__________________                                                

Aclaración:_______________