Ministerio de Trabajo y Seguridad Social

PROGRAMAS DE EMPLEO

Resolución 583/97

Asígnase una determinada suma para la ejecución del Programa de Apoyo a la Reconversión de la Esquila. Modificación de la Resolución Nº 631/96.

Bs. As., 5/9/97

B.O.: 16/09/97

VISTO la Ley N° 24.013, la Resolución M.T. y S.S. N° 631 de fecha 31 de julio de 1996, la Resolución S.E. y C. L. N° 23 de fecha 9 de agosto de 1996; y

CONSIDERANDO:

Que el MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL tiene la responsabilidad de diseñar y ejecutar políticas de empleo y capacitación laboral para el empleo.

Que resulta oportuno promover el incremento de las contrataciones laborales en el sector privado, reduciendo los costos que estas generan, durante el período inicial de las mismas.

Que, en tanto, y debido a la estacionalidad de la actividad, es necesario encarar un proceso de reconversión de la mano de obra de las empresas contratistas de esquila con el objeto de mejorar la calidad del trabajo realizado, incorporando nuevas prácticas tecnológicas y de manejo de producto, y asegurar la continuidad y permanencia de la fuente de trabado, así como la competitividad del sector.

Que la ejecución del PROGRAMA DE APOYO A LA RECONVERSION DE LA ESQUILA durante 1996, indica la necesidad de dar continuidad a las acciones realizadas en el mismo durante el año 1997.

Que acorde a lo convenido con la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION dependiente del MINISTERIO DE ECONOMIA, OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS es necesario introducir algunas modificaciones a la Resolución M.T. y S.S. N° 631/96.

Que el artículo 143 de la Ley N° 24.013 crea el FONDO NACIONAL DE EMPLEO con la finalidad de proveer financiamiento a las acciones antes mencionadas y el artículo 150 de la misma norma faculta al MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL a administrar y gestionar dicho Fondo.

Que es procedente asignar recursos provenientes del FONDO NACIONAL DE EMPLEO para la ejecución del Programa de APOYO A LA RECONVERSION DE LA ESQUILA, durante el ejercicio 1997.

Que el Decreto N° 1076/96 crea la DIRECCION NACIONAL DE POLÍTICAS DE EMPLEO Y CAPACITACION.

Que la Resolución M.T. y S.S. N° 995/96 sustituye las GERENCIAS REGIONALES DE EMPLEO por GERENCIAS DE EMPLEO Y CAPACITACION LABORAL.

Por ello,

EL MINISTRO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

RESUELVE:

Artículo 1º-Modifícase el artículo 3° de la Resolución M.T. y S.S. N° 631/96, el que quedara redactado:

"Podrán participar del Programa empresas contratistas de esquila que estén habilitadas por el PROGRAMA DE ASISTENCIA PARA EL MEJORAMIENTO DE LA CALIDAD DE LA LANA (PROLANA), o empresas que encaren un proceso de reconversión de la mano de obra en los nuevos sistemas técnicos de la actividad en el marco del mencionado Programa".

Art. 2º-Modifícase el artículo 4° de la Resolución M.T. y S.S. N° 631/96, el que quedará redactado:

"EL MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL brindará una ayuda económica de PESOS CIEN ($ 100) mensuales por cada trabajador, financiando hasta el OCHENTA POR CIENTO (80 %) de los trabajadores que tengan relación laboral con la empresa contratista de esquila, bajo cualquiera de las modalidades previstas en la legislación vigente y que estén certificados ocupacionalmente por el PROLANA. Dicha ayuda económica podrá ser por un mínimo de DOS (2) meses y un máximo de CUATRO (4) meses."

Art. 3º-Asignar hasta el 31 de diciembre de 1997 la suma de PESOS TRESCIENTOS MIL ($ 300.000) para la ejecución del PROGRAMA DE APOYO A LA RECONVERSION DE LA ESQUILA. Dicho Programa se ejecutará con recursos provenientes del FONDO NACIONAL DE EMPLEO correspondientes al ejercicio 1997.

Art. 4º-Regístrese, comuníquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación, remítase copia autenticada al Departamento de Publicaciones y Biblioteca y archívase.-José A. Caro Figueroa.