Secretaría de Comunicaciones.

TELECOMUNICACIONES

Resolución 2603/97

Asígnase una numeración adicional con carácter transitorio, a la Cooperativa Integral de Provisión de Beneficios Públicos, Vivienda y Consumo de Villa Carlos Paz Limitada.

Bs. As., 4/9/97

B.O: 17/9/97

VISTO lo dispuesto por el Decreto N° 1620/96, lo tramitado en el Expediente N° EXPCNC E.004297/

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución N° 46/97 se aprobó el Plan Fundamental de Numeración Nacional.

Que de acuerdo al Decreto N° 1620/96 corresponde a esta Secretaría administrar los Planes Técnicos Fundamentales.

Que el operador independiente COOPERATIVA INTEGRAL DE PROVISION DE SERVICIOS PUBLICOS, VIVIENDA Y CONSUMO DE VILLA CARLOS PAZ LIMITADA ha solicitado numeración adicional para ser utilizada en el servicio básico telefónico dentro de su área de exclusividad.

Que la numeración actual de la mencionada Cooperativa ocupa el nivel CINCO (5) del indicativo Interurbano 541, donde tiene asignado un bloque de un mil números.

Que en base a los datos disponibles, la cantidad de líneas de abonado en funcionamiento a fines del año 1996 es ligeramente mayor que OCHOCIENTOS (800), resultando un grado de ocupación efectivo de la numeración mayor que OCHENTA por ciento (80 %), que fundamenta la ampliación que se propone.

Que las cantidades solicitadas son razonables y acordes con la utilización que se prevé.

Que tanto la Gerencia de Ingeniería de la COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES como el Servicio Jurídico Permanente de este organismo han tomado la intervención que les compete.

Que la presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Anexo II del Decreto 1620/96.

Por ello,

EL SECRETARIO DE COMUNICACIONES

RESUELVE:

Artículo 1°-Asígnase, con carácter transitorio-ya que el operador independiente deberá cumplir con el procedimiento de migración dispuesto en el Plan Fundamental de Numeración Nacional-a la COOPERATIVA INTEGRAL DE PROVISION DE SERVICIOS PUBLICOS, VIVIENDA Y CONSUMO DE VILLA CARLOS PAZ LIMITADA la numeración adicional para ser usada según el Anexo I que forma parte de la presente.

Art. 2º-Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.-Germán Kammerath.

ANEXO I

Numeración asignada a la COOPERATIVA INTEGRAL DE PROVISION DE SERVICIOS PUBLICOS, VIVIENDA Y CONSUMO DE VILLA CARLOS PAZ LIMITADA.
LOCALIDAD
CANTIDAD DE NUMEROS
INDICATIVO INTERURBANO
NUMERO LOCAL
SAN ANTONIO DE ARREDONDO
1.000
541
96 CDU