ADMINISTRACION DE PARQUES NACIONALES

Resolución Nº 124/97

Bs. As., 2/9/97

B.O.: 18/09/97

VISTO el proyecto de Reglamento General de la Pesca Deportiva Continental Patagónica para la temporada 1997/98, y

CONSIDERANDO:

Que el mismo ha sido elaborado de común acuerdo entre esta Administración y las provincias del Neuquén, Río Negro, Chubut y Santa Cruz, estableciéndose pautas para el manejo del recurso aplicables a todas las jurisdicciones, generalizando y simplificando las normas que lo reglamentan.

Que, por otra parte, se ha acordado una división de la reglamentación en partes diferenciadas, en la cual se incluye como Parte Cuarta un único listado alfabético de aquellos ambientes sujetos a restricciones distintas a las contempladas en los reglamentos generales.

Que tajes modificaciones redundarán en beneficio de los pescadores, quienes contarán con una normativa de más fácil comprensión y mayor claridad.

Que la presente se dicta de acuerdo a las facultades conferidas por el artículo 23, inciso f), de la Ley Nº 22.351.

EL HONORABLE DIRECTORIO DE LA ADMINISTRACION DE PARQUES NACIONALES

RESUELVE:

ARTICULO 1º-Aprobar el Reglamento General de Pesca Deportiva Continental Patagónica para la temporada 1997/98 (Partes Primera, Segunda y Tercera), el cual, como Anexo I, forma parte integrante de la presente.

ARTICULO 2º-Aprobar el listado alfabético de ambientes sujetos a restricciones distintas a las contempladas en el Reglamento General, correspondiente a los Parques y Reservas Nacionales Lanín, Nahuel Huapi, Los Alerces, Lago Puelo, Los Glaciares y Tierra del Fuego, comprendido en la Parte Cuarta del mencionado Reglamento y que, como Anexo II, forma parte integrante de la presente.

ARTICULO 3º-Por la Dirección de Administración se gestionará la publicación en el BOLETIN OFICIAL DE LA NACION, de la documentación aprobada en los artículos precedentes.

ARTICULO 4º-Regístrese, dése al Boletín Informativo. Comuníquese a las Intendencias de los Parques Nacionales citados en el artículo 2º de la presente y a la Delegación Regional Patagónica. Tome intervención la Dirección de Administración, a los efectos de cumplimentar lo dispuesto en el artículo anterior. Tomen conocimiento la Unidad de Auditoria interna, la Dirección Nacional de Conservación de Areas Protegidas y las Direcciones de Coordinación Operativa y de Asuntos Jurídicos.-Dr. FELIPE C. LARIVIERE, Presidente del Directorio.-FERNANDO ARDURA, Vice Presidente del Directorio.-Dr. HORACIO JOSE GUARDADO, Vocal del Directorio.-Dr. JORGE ALBERTO FONSECA, Vocal del Directorio.-Dr. ANGEL C. PACHECO SANTAMARINA, Vocal del Directorio.-Dr. ARMANDO BLASCO, Vocal del Directorio.

NOTA: Esta Resolución se publica sin Anexos. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central del Boletín Oficial (Suipacha 767 - Capital Federal).

e. 18/9 Nº 199.357v. 18/9/97