CONDECORACIONES

Decreto 934/97

Apruébase un Acta mediante la cual se acuerda una condecoración a la Agregada Agrícola de la República Francesa en la República.

Bs. As., 15/9/97

B.O: 19/9/97

VISTO lo establecido por el Decreto Ley N° 16.629 del 17 de diciembre de 1957, ratificado por la Ley N° 14.467, por el que se creó la "ORDEN DE MAYO", y

CONSIDERANDO:

Que el Consejo de la Orden ha prestado acuerdo a la propuesta de condecorar a la señora Agregada Agrícola de la REPUBLICA FRANCESA en la República, Dna. Evelyne NAESSENS, quien se ha hecho acreedora al honor y al reconocimiento de la Nación.

Que toca al PODER EJECUTIVO NACIONAL dictar la medida aprobatoria complementaria prevista en el artículo 6° del Decreto Ley Nº 16.629 del 17 de diciembre de 1957, ratificado por Ley N° 14.467.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1°-Apruébase el Acta del Consejo de la "ORDEN DE MAYO", suscripta el 22 de agosto de 1997, mediante la cual se acuerda la condecoración de la "ORDEN DE MAYO AL MERITO", en el grado de COMENDADOR, a la señora Agregada Agrícola de la REPUBLICA FRANCESA en la República, Dna. Evelyne NAESSENS.

Art. 2°-Extiéndase el correspondiente diploma, de acuerdo con lo estipulado por el artículo 19 de la Reglamentación de la "ORDEN DE MAYO" aprobada por el Decreto N° 16.644 del 18 de diciembre de 1957.

Art. 3°-Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.-MENEM.-Guido Di Tella.