Administración Federal de Ingresos Públicos

NOMENCLATURA COMUN DEL MERCOSUR

Resolución General 21/97

Clasificación arancelaria de un producto.

Bs. As., 16/9/97

B.O.: 19/9/97

VISTO el expediente EAAA N° 441.730/96 (A.N.A.), por el que se solicita la clasificación en la Nomenclatura Común del Mercosur (N.C.M.) de una mercadería de la cual se adjunta información técnica y que el interesado entendiendo que podría ubicarse en la Posición Arancelaria de la Nomenclatura Común del Mercosur (PA.N.C.M.) 3004.50.30 define como "Medicamento a base de Vitamina Bl, Vitamina B2, Vitamina B6, Nicotinamida y Vitamina B12. Denominado MULTMT Iny. x 500 ml presentado en envases para la venta al por menor", y

CONSIDERANDO:

Que el caso ha sido analizado a través del Dictamen N° 118/97 obrante a fs. 3/5, por la División Clasificación Arancelaria cuyas conclusiones son aprobadas por el Departamento Técnica de Nomenclatura y Clasificación Arancelaria y que, por razones de brevedad, se dan por reproducidas.

Que el producto a clasificar resultó ser: "Medicamento de uso veterinario inyectable,

Que contiene cianocobalamina (vitamina B12) en ampolla con su correspondiente solución reconstituyente de vitaminas B1, B2, B6. nicotinamida, aminoácidos y minerales, con equipo de aplicación, acondicionado para su venta al por menor".

Que ha tomado la intervención que le compete la Subdirección General de Legal y Técnica Aduanera.

Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 8° del Decreto N° 618 de fecha 10 de julio de 1997.

Por ello;

EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

RESUELVE:

Artículo 1°-Ubicar en la Posición Arancelaria N.C.M. 3004.50.30 a la siguiente mercadería: "Medicamento de uso veterinario inyectable, que contiene cianocobalamina (vitamina B 12) en ampolla con su correspondiente solución reconstituyente de vitaminas B1, B2, B6, nicotinamida, aminoácidos y minerales, con equipo de aplicación, acondicionado para su venta al por menor".

Art. 2°-Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial y en el de la Dirección General de Aduanas. Remítase copia a la Secretaria de Hacienda y al Comité Técnico N° 1 de Aranceles, Nomenclatura y Clasificación de Mercaderías de la Comisión de Comercio del MERCOSUR y archívese.-Carlos A. Silvani.