POLICIA FEDERAL ARGENTINA

Decisión Administrativa 528/97

Prorrógase el plazo establecido por el artículo 2°, primer párrafo, de la Decisión Administrativa N° 12/97, para la citada fuerza de seguridad.

Bs. As., 17/9/97

B.O.: 23/09/97

VISTO el expediente N° 665-77000030/97 del registro de la POLICIA FEDERAL ARGENTINA, y

CONSIDERANDO:

Que por Decisión Administrativa N° 12 de fecha 16 de enero de 1997, se aprobaron los cargos y las horas cátedra correspondientes a las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Nacional.

Que el artículo 2° de la citada norma legal establece asimismo que las plantas de personal correspondientes a las Fuerzas Armadas, de Seguridad, del Servicio Penitenciario Federal y de la Administración Federal de Ingresos Públicos tienen carácter de provisorias. Si antes del 30 de abril de 1997 no se aprueban nuevas plantas de personal, aquellas adquirirán carácter de definitivas.

Que la POLICIA FEDERAL ARGENTINA es la única Institución que regula y coordina en materia de prevención y represión de delitos federales, la seguridad de las personas y cosas de la Nación y con carácter de Policía de Estado para preservar mediante sus funciones específicas el sistema de vida democrático.

Que ante la necesidad de mantener la seguridad general en todos sus estamentos, la POLICIA FEDERAL ARGENTINA, en pos de continuar con sus servicios y funciones acorde a la demanda de la sociedad en su conjunto, se debe modificar la planta de personal asignada en la Decisión Administrativa N° 12 del 16 de enero de 1997, adecuándola a las necesidades del servicio.

Que además se debe implementar el régimen de promociones ordinarias estatuido por la Ley N° 21.965, Titulo II, Capítulo VI, las cuales deben tener efecto a partir del 1° de enero de 1997 respondiendo a su estructura orgánica-funcional perteneciente a la planta permanente y no permanente de la Institución.

Que la citada Ley prevé también ascensos extraordinarios en casos determinados, que resultan de situaciones imposibles de preestablecer y que, por su naturaleza, no deben limitarse.

Que se deja establecido que la valorización anual de los cargos y horas de cátedra que se requieren se ajustan estrictamente a los créditos del Inciso 1 - Gastos en Personal, aprobados por la Ley N° 24.764.

Que ha tomado la intervención que le compete la UNIDAD DE REFORMA Y MODERNIZACION DEL ESTADO, considerando que no existen observaciones que formular a la propuesta presentada por dicha Institución.

Que la medida propuesta se halla amparada en las disposiciones del artículo 15 de la Ley N° 24.764 y el punto II, inciso d) de la planilla anexa al artículo 6° de la Decisión Administrativa N° 12 de fecha 16 de enero de 1997.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

Articulo 1° -Prorrógase el plazo establecido por el artículo 2°, primer párrafo, de la Decisión Administrativa N° 12 del 16 de enero de 1997 hasta la fecha de entrada en vigencia de la presente Decisión Administrativa, para la Policía Federal Argentina.

Art. 2° -Apruébanse los cargos y las horas de cátedra de la POLICIA FEDERAL ARGENTINA, de acuerdo al detalle obrante en las planillas anexas a la presente decisión y que forman parte integrante de la misma, quedando sustituidas las planillas anexas pertinentes del artículo 2° de la Decisión Administrativa N° 12 del 16 de enero de 1997.

Art. 3° -Los cargos y horas de cátedra aprobados por el artículo 1° tendrán vigencia a partir del dictado del presente acto.

Art. 4° -Las erogaciones que demande el cumplimiento de la presente medida, se afectarán con cargo a los créditos específicos asignados para la Jurisdicción 30 - MINISTERIO DEL INTERIOR, contemplados en el Presupuesto General de la Administración Nacional para el año 1997.

Art. 5° -Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -Jorge A. Rodríguez. -Carlos V. Corach.

NOTA: Este Decreto se publica sin planillas anexas. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central del Boletín Oficial (Suipacha 767, Capital Federal).