Administración Nacional del Seguro de Salud

AGENTES DEL SEGURO DE SALUD

Resolución 2431/97

Déjase sin efecto la Resolución Nº 166/97, por la que se adoptaron medidas en relación a subsidios destinados a la reducción de pasivos.

Bs. As., 11/9/97

B.O: 23/9/97

VISTO la ley de Presupuesto Nº 24.764 y la Resolución Nº 0166/97-ANSSAL; y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución citada en el VISTO se dispuso la suspensión de los expedientes y actuaciones en los que los Agentes del Seguro de Salud reclamarán apoyos financieros en carácter de subsidio destinados a la reducción de pasivos, que no hubieran tenido principio de ejecución a través de un acto administrativo de otorgamiento.

Que si bien se mantiene la reducción presupuestaria que sirvió de fundamento del dictado de esa Resolución, es menester acudir en auxilio de las entidades en cumplimiento de lo dispuesto por la ley 23.661, a cuyo efecto se reasignarán las partidas presupuestarias.

Que, en consecuencia, se hace necesaria una distribución de la asignación de esos créditos presupuestarios para satisfacer los requerimientos de las obras sociales y por ende optimizar las prestaciones médico asistenciales a los beneficiarios del sistema.

Por ello, y en ejercicio de las facultades emanadas de las leyes 23.660 y 23.661 y los Decretos 784/93 y 785/93 PEN,

EL INTERVENTOR EN LA ADMINISTRACION NACIONAL DEL SEGURO DE SALUD

RESUELVE:

Artículo 1º- Déjase sin electo la Resolución Nº 166/97-ANSSAL.

Art. 2º-Los otorgamientos quedarán sujetos a la disponibilidad presupuestaria de esta Administración.

Art. 3º - Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y oportunamente archívese. José L. Lingeri.