Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación

PESCA

Resolución 706/97

Suspendése la pesca de la especie Corvina Rubia (Micropogonias furnieri) para los buques de bandera nacional.

Bs. As., 18/9/97

B.O: 24/9/97

VISTO el expediente Nº 800-007585/97 del registro de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION, el Decreto Nº 2236 del 24 de octubre de 1991, y la Resolución Nº 245 del 13 de diciembre de 1991 del registro de la ex-SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, y

CONSIDERANDO:

Que atento lo expuesto en el Informe Técnico Nº 92 de fecha 21 de agosto de 1997 del registro del INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACION Y DESARROLLO PESQUERO (INIDEP), se ha llegado al máximo de captura permisible para la especie CORVINA RUBIA (Micropogonias furnieri).

Que la DELEGACION II de la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades emergentes del artículo 11 del Decreto Nº 2236 de fecha 24 de octubre de 1991.

Por ello,

EL SECRETARIO DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION

RESUELVE:

Artículo 1º-Suspendése a partir del día de la fecha y hasta el 31 de diciembre del corriente año la pesca de la especie CORVINA RUBIA (Micropogonias furnieri) para los buques de bandera nacional, por haberse alcanzado la captura máxima permisible.

Art. 2º-La violación a la medida dispuesta hará pasible al infractor de las sanciones previstas en la legislación vigente, para cuya graduación se tendrá especialmente en cuenta la situación actual del recurso cuya pesca se veda.

Art. 3º-Las infracciones a la presente serán sancionadas con arreglo a lo dispuesto por la Ley Nº 22.107.

Art. 4º-Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.-Felipe C. Solá.