DUELO NACIONAL

Decreto 982/97

Decláranse los días 23, 24 y 25 de septiembre de 1997, con motivo del fallecimiento del Senador Nacional Deolindo Felipe Bittel.

Bs. As., 23/9/97

B.O: 26/9/97

VISTO el fallecimiento del señor Senador Nacional D. Deolindo Felipe BITTEL ocurrido el 22 de septiembre de 1997, y

CONSIDERANDO:

Que el referido legislador desarrolló una intensa actividad política dentro del marco democrático, habiendo sido elegido en tres oportunidades para desempeñarse como Gobernador de la Provincia del Chaco.

Que asimismo se desempeñó como Intendente de la Ciudad de Resistencia, cargo para el que fuera elegido también por el voto de sus conciudadanos.

Que sostuvo los valores y principios democráticos aun en aquellos períodos en que dicho sistema institucional no se encontraba vigente, realizando valiosos aportes para la defensa de los derechos humanos.

Que el nombrado prestaba importantes y señalados servicios al país desde las funciones que le tocó desempeñar, siendo un deber del Gobierno Nacional honrar su memoria con motivo de su lamentable desaparición.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 99, inciso 1 de la Constitución Nacional.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1º-Decláranse días de duelo nacional el 23. 24 y 25 de septiembre de 1997, con motivo del fallecimiento del Señor Senador Nacional D. Deolindo Felipe BITTEL.

Art. 2º-Por el MINISTERIO DEL INTERIOR se expresarán a la familia del extinto las condolencias del Gobierno Nacional.

Art. 3º-Durante los días de duelo nacional la Bandera Nacional permanecerá izada a media asta en todos los edificios públicos.

Art. 4º-Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.-MENEM.-Carlos V. Corach.