POBLACIONES INDIGENAS DEL MUNDO

Ley 24.874

Declárase de interés nacional, cultural, educativo y legislativo, el Decenio Internacional de Las Poblaciones Indígenas del Mundo.

Sancionada: Septiembre 3 de 1997.

Promulgada: Septiembre 23 de 1997.

B.O.: 29/09/97

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:

ARTICULO 1° -Declárase de interés nacional, cultural, educativo y legislativo, el Decenio Internacional de Las Poblaciones Indígenas del Mundo, de la Organización de las Naciones Unidas.

ARTICULO 2° -El Poder Ejecutivo, por intermedio del Ministerio de Cultura y Educación, determinará en los contenidos básicos comunes de la currícula de los niveles de educación general básica y polimodal, la divulgación de los aspectos sustantivos de la legislación indígena, incluyendo el artículo 75, inciso 17 de la Constitución Nacional y las actividades del "decenio" reforzando los conocimientos sobre las culturas y la realidad económico -social de los pueblos indígenas.

ARTICULO 3° -Invítase a los gobiernos provinciales y municipios de la Nación a adecuar los planes de estudio del área educativa en consonancia con la presente ley.

ARTICULO 4° -Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES A LOS TRES DIAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SIETE.

-REGISTRADA BAJO EL N° 24.874-

ALBERTO R PIERRI. -EDUARDO MENEM. -Esther H. Pereyra Arandia de Pérez Pardo. -Edgardo Piuzzi.

Decreto 981/97

Bs. As.. 23/9/97

POR TANTO:

Téngase por Ley de la Nación N° 24.874, cúmplase, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archivase. -MENEM. -Jorge A. Rodríguez. -Susana B. Decibel.